Causas que permiten inadmitir a trámite una solicitud de acceso a información pública.
El solicitante pidió a la Confederación Hidrográfica del Cantábrico información sobre retribuciones por productividad y gratificaciones de 2019, incluyendo identificación nominal. La administración denegó parcialmente alegando causa de inadmisión por reelaboración y protección de datos. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno estimó la reclamación, entendiendo que la información ya existe, que no requiere reelaboración y que el interés público prima sobre la protección de datos para personal de libre designación y directivo.
El ciudadano solicitó a la AEMET la cuantía y criterios de reparto de productividades y gratificaciones de 2019, incluyendo la identificación nominal de ciertos cargos. La AEMET denegó la identificación de los perceptores alegando protección de datos y reelaboración. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno estima la reclamación, obligando a entregar la información nominal de los cargos directivos y de confianza.
El solicitante pidió al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana un informe de accesibilidad en trenes y estaciones de cercanías de la Comunidad Valenciana. Alegó que la información ya existía y que hubo precedentes similares atendidos. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno desestimó la reclamación porque la información no existe y requeriría una reelaboración.
Se solicitó a la Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad información sobre nombramientos de interinos y el procedimiento para salvaguardar derechos de funcionarios de carrera. El reclamante alegó la necesidad de los datos para una valoración judicial. El Comisionado de Transparencia estima parcialmente la solicitud, obligando a entregar solo el dato numérico de nombramientos.
El solicitante pidió al Ministerio de Hacienda datos sobre presentados y aprobados en las últimas 20 convocatorias de diversos cuerpos. El Ministerio inadmitió parcialmente la solicitud alegando necesidad de reelaboración. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno desestima la reclamación al considerar que la información no existe en el formato solicitado y requiere una reelaboración excesiva.
Una entidad vecinal solicitó al Ayuntamiento de Pallejà información sobre actuaciones ante operadoras de telefonía y Localret. El Ayuntamiento alegó que la elaboración de dicha relación sería una tarea compleja. La GAIP estima la reclamación al considerar que la búsqueda de comunicaciones escritas no es compleja y que operó el silencio administrativo positivo.
La notificació parcial de la informació es produeix el 10 de febrer, un cop depassat àmpliament el termini per resoldre, i per tant, havent-se generat ja els efectes presumptament estimatoris derivats del silenci administratiu d’acord amb l’article 35.1 LTAIPBG. I escau, per tant, recordar que l’apreciació de les possibles causes d’inadmissibilitat de les sol·licituds d’informació, com la complexitat de la tasca d’elaboració, s’ha de realitzar dins del termini per resoldre i que les inadmissions s’han de motivar i justificar en una resolució expressa, cosa que no s’ha produït, de manera que les al·legacions que conté l’informe del cap del Servei de Salut, que no revesteix forma de resolució ni indica vies de garantia, i que és extemporani al termini de resolució, no pot desvirtuar el sentit de la resolució presumpta produïda pel silenci de l’Ajuntament. Tampoc es pot considerar que pugui ser vàlida la finalització del procediment de sol·licitud amb la comunicació informal de la informació en substitució d’una resolució, ja que l’article 34.8 LTAIPBG estableix que només pot utilitzar-se aquesta via en cas d’estimació plena, i dins del mateix termini per resoldre. La desestimació parcial de la informació i la inadmissió parcial de la sol·licitud requeririen una resolució expressa i motivada (article 34.4.a LTAIPBG), de l’alcalde o l’òrgan en qui hagi delegat aquesta funció (article 32.b LTAIPBG) i notificada dins del termini d’un mes (article 33.3 LTAIPBG), i no complint cap d’aquests requisits legals, cal concloure que l’informe del cap del Servei de Salut notificat a la persona reclamant és incapaç jurídicament de limitar el dret d’accés de la persona reclamant prèviament estimat per acte presumpte, de vincular l’Ajuntament i de posar fi al procediment de sol·licitud d’accés a la informació. Discrepant del parer de l'APDCAT, vist que el seu informe no és vinculant per al sentit de la resolució de la GAIP, i en concordança amb les resolucions anteriors sobre el tema, la GAIP considera que no resulta d’aplicació al cas l’article 23 LTAIPBG, ja que la persona reclamant, ni demana dades personals, ni la informació demanada és relativa a la comissió d'infraccions administratives, si es té en compte la reducció de l’objecte acceptada durant el procediment. La invocació d’aquest límit relatiu als perjudicis econòmics i comercial està previst a la legislació estatal (article 14.1.h de la Llei 19/2013, de 9 de desembre, de transparència, accés a la informació pública i bon govern) però tanmateix no el reprodueix la llei catalana de transparència, que és l’aplicable al cas, si bé, aquesta Comissió ve interpretant des del seu Dictamen 1/2016 que pot ser ponderat i aplicat a Catalunya per la via de l’article 21.1.f LTAIPBG, que preveu que el dret d’accés pugi ser limitat si lesiona drets privats legítims. Doncs bé, aquesta legitimitat que ha de qualificar els drets privats que s’oposen al dret d’accés per fer-los prevalents a un dret d’accés a la informació reconegut de manera expansiva per l’article 18 LTAIPBG, és un element determinant per a l’aplicació del límit, de manera que resultaria adequat aplicar-lo si la difusió de la informació desvetllés secrets empresarials o si la informació sobre l’empresa s’utilitzés pels competidors per posicionar-se millor competitivament en detriment d’ella. En canvi, difícilment es podria justificar aplicar aquest límit perjudicant el dret d’accés si el perjudici econòmic o el dany reputacional deriva directament de la divulgació de la conducta infractora de l’empresari. D’altra banda, la ponderació de la protecció dels interessos econòmics i comercials invocada per l’informe del cap del Servei de Salut de l’Ajuntament de Badalona, haurà de tenir en compte, també i especialment, els interessos econòmics dels establiments que compleixen rigorosament amb els requisits normatius per a la venda d’aliments, als què la difusió del resultat favorable de la inspecció beneficia i que es veurien perjudicats amb la desestimació de l’accés. En aquest punt, cal deixar palesa la voluntat de la Comissió de consultar i permetre participar en el procediment als gremis i organitzacions representatives de les persones físiques o jurídiques titulars dels establiments afectats per la sol·licitud, vista que el trasllat directe a cadascuna d’elles resultava inviable i inassumible, segons manifesta l’Ajuntament. Amb aquesta finalitat, la GAIP ha demanat a l’Ajuntament la identificació d’aquestes organitzacions i els ha traslladat la reclamació, emplaçant-les a fer arribar al·legacions en defensa dels drets o interessos dels seus representats. Però només s’ha rebut una al·legació, del Gremi d’Hotels de Barcelona, que no ha aportat cap element de valoració que pugui modificar el resultat de la ponderació genèrica aquí realitzada, i que ni tan sols ha manifestat el seu criteri, favorable o desfavorable, a l’accés (antecedent 14). Hi ha un interès públic inqüestionable en la protecció del dret a la informació de les persones consumidores en un àmbit tan sensible com ho és la salut alimentària. D'altra banda, a l'interès de la persona reclamant en obtenir la informació, considerant que és periodista, cal afegir-hi l'interès públic en la garantia del dret fonamental a obtenir i comunicar informació veraç (article 20.1.d CE). Resulta, per tant, justificat per a la finalitat de la transparència facilitar l'accés a informació que permeti avaluar l'actuació de l’Ajuntament en l’exercici de les seves competències inspectores de vigilància i control sanitari dels establiments minoristes que venen o distribueixen aliments, d’acord amb l’article 52 de la Llei de Salut Pública 18/2009, de 22 d’octubre, i la normativa local.
Un periodista solicitó a la Diputació de Barcelona los resultados detallados de inspecciones sanitarias en locales de alimentación (2016-2019). La administración estimó parcialmente la solicitud pero inadmitió el resto por complejidad técnica. La GAIP desestima la reclamación al considerar justificada la carga desproporcionada que supondría la extracción manual de los datos.
El solicitante pidió al INAP la relación de presentados y aprobados de las últimas 20 convocatorias de diversos cuerpos. El INAP facilitó solo la información disponible en su sede electrónica. El interesado reclamó por falta de motivación en la denegación parcial. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno desestima la reclamación porque el organismo no dispone de la información antigua.
Un concejal del Grupo Municipal del PP de Algete solicitó el expediente completo de la nómina general del Ayuntamiento de junio y julio de 2020. Ante la falta de respuesta, presentó reclamación ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno. El Consejo inadmitió la reclamación por extemporánea y por no ser la vía legal adecuada para un cargo público en ejercicio de sus funciones.
Se solicitó a la Diputación de Barcelona copia de sentencias judiciales sobre el IVTNU (enero-julio 2020) con datos anonimizados. La administración inadmitió la solicitud alegando complejidad técnica y abuso de derecho. La GAIP estima la reclamación, declarando la nulidad de la denegación y obligando a la entrega de la información previa dissociación de datos personales.
El reclamante solicitó al Ayuntamiento de Ciempozuelos información sobre sus actividades de bienestar y protección animal mediante una encuesta. Ante la falta de respuesta, interpuso reclamación. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno estimó la reclamación, al considerar que la información es pública y no requiere una reelaboración que justifique la inadmisión.
El interesado solicitó a la EMT de Madrid un histórico de datos (enero 2018 - enero 2020) sobre la disponibilidad de plazas en parkings públicos. La administración alegó que no disponía de dicho histórico y que su obtención requeriría una reelaboración de datos. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno desestimó la reclamación por considerar que se pretendía la confección de un informe ad hoc.
Una docente solicitó a la Delegación Territorial de Educación y Deporte de Málaga información sobre la asignación de alumnas de prácticas a una profesora de apoyo. Tras una respuesta incompleta, el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía estima la reclamación, obligando a la administración a facilitar los datos omitidos.
El solicitante pidió al Ministerio de Justicia copia de los informes de la Abogacía General del Estado sobre el Covid-19 (marzo-mayo 2020). La administración denegó el acceso alegando perjuicio a la tutela judicial efectiva. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno estima la reclamación por motivos formales, ya que la información se entregó fuera de plazo y tras la reclamación.
El ciudadano solicitó al Ministerio de Trabajo y Economía Social el número de remisiones al Ministerio Fiscal por infracciones laborales contra inmigrantes entre 2012 y 2018. El Ministerio inadmitió la solicitud alegando necesidad de reelaboración. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno desestima la reclamación al considerar que la extracción manual de datos de expedientes constituye una reelaboración.
Una asociación solicitó acceso a la documentación sobre el yacimiento arqueológico Cova de Furada dos Cas a la Consellería de Cultura y Turismo de Galicia. La administración denegó el acceso alegando falta de concreción y carga excesiva. La Comisión da Transparencia de Galicia estimó la reclamación, señalando que la administración debe facilitar medios para que el interesado concrete su petición.
El interesado solicitó al Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática el detalle de las cuantías de productividad y gratificaciones extraordinarias de 2019, incluyendo la identificación de los perceptores. El Ministerio denegó la identificación individual alegando carga excesiva y régimen especial. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno estimó la reclamación.
El solicitante pidió al Ministerio de Defensa el listado de altos cargos que acompañan a autoridades en aviones oficiales desde junio de 2018. Ante el silencio administrativo, el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno estima la reclamación, obligando al Ministerio a entregar la información al no justificarse límites legales ni causas de inadmisión.
El ciudadano solicitó al Departamento de Seguridad del Gobierno Vasco una certificación de su calendario laboral. La administración alegó que se trata de un derecho de acceso del interesado a su expediente y no de transparencia. La Comisión Vasca de Acceso a la Información Pública inadmitió la reclamación por no ser el cauce adecuado para solicitar certificaciones.
El ciudadano solicitó a la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local de la Junta de Andalucía información sobre la cualificación y colegiación de profesionales de equipos psicosociales y respuestas a cuestionamientos jurídicos. La solicitud fue inadmitida por la administración, decisión que el Consejo de Transparencia mantiene al considerar que se pedía la elaboración de un informe ad hoc.
La Asociación Estatal del Cine solicitó a la CNMC las cifras de costes de producción de dos películas en 2016. La CNMC denegó el acceso alegando confidencialidad. La Asociación reclamó ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, pero el Consejo inadmitió la reclamación por haber sido presentada fuera del plazo legal de un mes.
La Fundación Civio solicitó un listado de pasajeros que acompañan a autoridades en vuelos oficiales. El Ministerio de Industria, Comercio y Turismo denegó la identidad de los acompañantes alegando protección de datos y no aportó copias de solicitudes por considerar que requerían reelaboración. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno estima parcialmente la reclamación, ordenando facilitar la identidad nominal de los acompañantes (excluyendo seguridad).
Un ciudadano solicitó al Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales (IASS) organigramas detallados con RPT, niveles y teléfonos. La administración concedió acceso parcial, denegando los organigramas por requerir reelaboración. El Consejo de Transparencia de Aragón desestima la reclamación al considerar que la solicitud implica una tarea compleja de elaboración.
Un ciudadano solicitó datos estadísticos detallados sobre solicitudes de acceso a la información al Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales de Aragón. Tras recibir acceso parcial, reclamó la falta de datos sobre sexo, calidad del solicitante y motivación legal. El Consejo de Transparencia de Aragón desestima la reclamación por inexistencia de datos y requerimiento de reelaboración.
El Sindicat Professional de Policies Municipals d'Espanya solicitó al Ajuntament d'Alaquàs información sobre resoluciones de complementos de productividad de trabajadores (activos y jubilados) y los criterios de suspensión de un acuerdo regulador. El Ayuntamiento no respondió. El Consell de Transparència de la Comunitat Valenciana estimó la reclamación, alegando que la información es pública y necesaria para la actividad sindical.
El ciudadano solicitó al Ayuntamiento de Tarragona respuestas concretas (sí/no) sobre la seguridad del plan de autoprotección del Mercat de Bonavista. El Ayuntamiento inadmitió la solicitud por requerir una elaboración de informe previa. La GAIP decide inadmitir la reclamación al considerar que no se solicita información pública preexistente, sino la elaboración de respuestas complejas.
El solicitante pidió a la Consejería de Agricultura, Ganadería y Pesca de Canarias datos detallados sobre convalidaciones de títulos de buceo profesional (2008-2020). El Comisionado de Transparencia desestima la reclamación, validando la inadmisión previa debido a que la información requeriría una reelaboración manual exhaustiva y presenta un carácter abusivo.
Se solicitó al Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria un listado de licencias de ocupación de vía pública para terrazas. El Ayuntamiento inadmitió la solicitud alegando que el volumen de datos requeriría una reelaboración excesiva y sería abusivo. El Comisionado de Transparencia desestimó la reclamación, validando la postura del Ayuntamiento.
Se solicitó a la Diputació de Barcelona información sobre subvenciones a diversas asociaciones. Tras un requerimiento de aclaración y el posterior silencio administrativo, el ciudadano reclamó ante la GAIP. La Comisión de Garantía del Derecho de Acceso a la Información Pública decide finalizar el expediente por pérdida de objeto, ya que la administración facilitó la información durante el proceso.
Se solicitó al Ayuntamiento de Begues información detallada sobre la limpieza viaria, contratos y actuaciones policiales. El solicitante alegó que la administración denegó parte de la información usando la excusa de la complejidad de elaboración. La GAIP decidió finalizar la reclamación por pérdida de objeto, ya que la administración facilitó la información durante el proceso.
El reclamante solicitó al Ayuntamiento de Madrid un plano oficial de infraestructuras de transporte y una certificación sobre la ubicación de un vehículo en una foto. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno estima la reclamación del plano por motivos formales (incumplimiento de plazos), pero inadmite la solicitud de certificación por ser una actuación material y no información pública.
La parte reclamante solicitó al Ayuntamiento de Madrid un plano de infraestructuras de transporte y una certificación sobre la ubicación de un vehículo en una foto. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno estima la reclamación por motivos formales respecto al plano (por entrega fuera de plazo), pero inadmite la solicitud de certificación por ser una actuación material ajena a la Ley de Transparencia.
El solicitante pidió al Ministerio de Asuntos Exteriores información sobre directivas pendientes de transposición y planes de transposición de 2020. El Ministerio denegó la primera parte alegando necesidad de reelaboración. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno estima la reclamación, considerando que la información ya existe y es recopilada semanalmente por el Ministerio.
El solicitante pidió al Ministerio del Interior datos estadísticos sobre traslados bajo el Reglamento de Dublín (2013-2019). El Ministerio denegó parcialmente la información alegando falta de competencia y necesidad de reelaboración de datos. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno estima la reclamación, instando a facilitar los datos y a remitir la solicitud al órgano competente.
Un periodista solicitó al Ayuntamiento de Girona los resultados detallados de inspecciones sanitarias en locales de alimentación (2016-2019). Tras una estimación parcial del Ayuntamiento basada en la protección de datos y complejidad, el solicitante reclamó. La GAIP finaliza el procedimiento mediante un acuerdo de mediación satisfactorio para el reclamante.
El solicitante pidió al Ministerio del Interior el número de denuncias por no usar mascarilla en la provincia y municipio de Salamanca. El Ministerio inadmitió la solicitud alegando carácter abusivo. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno estima la reclamación, considerando que la información es pública, existe en bases de datos y su recopilación no constituye una reelaboración prohibida.
El ciudadano solicitó al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana el listado detallado de reuniones del ministro José Luis Ábalos. Alegó que la agenda pública de Moncloa está incompleta. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno desestima la reclamación porque la Administración ya facilitó la información disponible y no posee registros de los detalles específicos adicionales solicitados.
El ciudadano solicitó al Ministerio de Igualdad información sobre las agendas de los altos cargos y sus retribuciones. El Ministerio inadmitió la solicitud alegando reelaboración y publicación pendiente. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno estima parcialmente la reclamación, obligando a entregar las retribuciones pero denegando los documentos de soporte de las reuniones.
La Fundación IDEC solicitó al Ministerio de Justicia datos estadísticos anonimizados (aprobados, suspensos, notas medias y procedencia por universidad) de las pruebas de acceso a la abogacía entre 2015 y 2019. El Ministerio inadmitió la solicitud alegando necesidad de reelaboración. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno estimó la reclamación al considerar que la inadmisión carecía de motivación.
La Fundación Civio solicitó un listado de pasajeros que acompañan a autoridades en vuelos oficiales. El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación proporcionó datos limitados al periodo 2018-2020. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno estima la reclamación, instando al Ministerio a entregar toda la información disponible independientemente de cambios de gobierno o denominación ministerial.
La Fundación Civio solicitó al Ministerio de Política Territorial y Función Pública un listado de pasajeros que acompañaron a autoridades en vuelos oficiales. El Ministerio concedió acceso parcial limitado a su fecha de creación y sin nombres. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno estima la reclamación por considerar insuficiente el periodo temporal y la falta de identificación nominal.
Se solicitó información sobre plazas estructurales y contratación de personal a la Agencia Pública Empresarial Sanitaria Hospital Alto Guadalquivir. El reclamante alegó que la denegación basada en carácter abusivo o necesidad de reelaboración era injustificada. El Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía acuerda el desistimiento por no acreditar la representación ni concretar la información solicitada.
El interesado solicitó al Parque Móvil del Estado instrucciones sobre el abono de servicios de automovilismo y datos detallados sobre la participación de conductores en la COP25. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno estima parcialmente la reclamación, obligando a entregar los criterios de selección y distribución de servicios, pero mantiene la denegación del resto por ser información auxiliar o requerir reelaboración.
La Fundación Civio solicitó al Ministerio de Defensa copias de las solicitudes de transporte aéreo de organismos públicos. El Ministerio duplicó la solicitud a otros departamentos alegando reelaboración. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno desestima la reclamación, validando que la recopilación y anonimización de datos de seguridad implicaría una reelaboración excesiva.
El interesado solicitó al Ministerio de Igualdad microdatos detallados de las llamadas al número 016 (ID, perfil del llamante, duración, ubicación y desgloses municipales). La administración inadmitió la solicitud por requerir una reelaboración previa y por protección de datos. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno desestimó la reclamación al considerar que la información solicitada requiere una labor de confección no amparada por el derecho de acceso.
El solicitante pidió al Ministerio de Ciencia e Innovación datos desagregados de cada caso de COVID-19 (microdatos) y la encuesta individualizada utilizada. El Ministerio denegó los datos alegando protección de datos y necesidad de reelaboración. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno estimó parcialmente la reclamación: denegó los microdatos por requerir reelaboración, pero ordenó entregar la encuesta.
El reclamante solicitó al Ayuntamiento de Santa Pola copias de las manifestaciones de la alcaldesa en un pleno y datos sobre nombramientos de la Policía Local. Alegó falta de respuesta tras su petición de noviembre de 2019. El Consell de Transparència de la Comunitat Valenciana estima parcialmente la reclamación, reconociendo el acceso a la información pero aclarando que no incluye la emisión de certificados.
Se solicitó al Ministerio del Interior el número de denuncias de la Guardia Civil por no usar mascarilla desde junio de 2020. La administración inadmitió la solicitud alegando carácter abusivo. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno estima la reclamación, considerando que la información es pública, útil para el control ciudadano y que no constituye un uso abusivo del derecho.
Se solicitó al Ministerio del Interior el número de denuncias por no usar mascarilla desde junio de 2020. La administración inadmitió la solicitud alegando carácter abusivo. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno estima la reclamación, considerando que la información es pública, útil para el control ciudadano y que su obtención no requiere reelaboración.
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