Causas que permiten inadmitir a trámite una solicitud de acceso a información pública.
La reclamante solicitó a la Consejería de Educación y Cultura de la Región de Murcia los horarios y criterios de realización de los profesores de un Conservatorio de Danza de los últimos 10 años. La administración inadmitió la solicitud alegando carácter abusivo y necesidad de reelaboración. El Consejo de Transparencia de la Región de Murcia estimó la reclamación y anuló la inadmisión.
El interesado solicitó a la Consejería de Educación de la Región de Murcia los enunciados de los exámenes de oposiciones docentes de 2018 y sus plantillas correctoras. Tras una denegación parcial por parte de la Administración, el Consejo de Transparencia de la Región de Murcia estima parcialmente la reclamación, ordenando la entrega de los enunciados por falta de motivación en la denegación.
La reclamante solicitó a Radio Televisión Madrid (RTVM) copias de los informes anuales de 2017 y 2018 del Director General. La administración inadmitió la solicitud alegando que era abusiva y requería reelaboración. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno desestima la reclamación al constatar que la información solicitada no existe, al no haberse elaborado tales informes en los periodos indicados.
Un ciudadano solicitó la contabilidad completa (2014-2017) al Colegio Oficial de Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales de Málaga. El Colegio denegó el acceso alegando protección de datos y falta de disociación de la información. El Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía inadmitió la reclamación por considerar que dicha información no es pública.
Un grupo de colegiados solicitó la contabilidad completa (2014-2017) al Colegio Oficial de Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales de Málaga. La administración denegó el acceso alegando protección de datos y falta de disociación de la información. El Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía inadmitió la reclamación por falta de competencia material.
El ciudadano solicitó a la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes datos detallados sobre contratos de impresión de títulos académicos (2010-2019). La administración remitió enlaces genéricos al perfil del contratante. El Comisionado de Transparencia estima la reclamación por considerar que la remisión genérica no satisface el derecho de acceso.
Se solicitó al Servicio Canario de la Salud el porcentaje de utilización de medicamentos biosimilares en hospitales. La administración inadmitió la solicitud alegando la necesidad de reelaboración de los datos. El Comisionado de Transparencia desestimó la reclamación al confirmar la inexistencia de sistemas informáticos que permitan obtener dicha información actualmente.
La Fundación Ciudadana Civio solicitó al Ministerio del Interior datos detallados sobre programas de intervención de ONGs en centros penitenciarios. Tras el silencio administrativo y una respuesta parcial, el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno desestima la reclamación al considerar que la obtención de los datos restantes requeriría una reelaboración de la información.
Se solicitó al SEPE información sobre las cantidades reclamadas al Banco Santander por la "Enmienda Telefónica" y el número de trabajadores mayores de 50 años despedidos. El SEPE inadmitió la solicitud alegando que la información estaba en curso de elaboración y requería reelaboración. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno estima parcialmente la reclamación, obligando a entregar la mayoría de los datos.
Se solicitó al Ministerio de Trabajo y Economía Social (SEPE) información detallada sobre las cantidades reclamadas y pagadas por 47 empresas debido a la "Enmienda Telefónica". La administración inadmitió la solicitud alegando necesidad de reelaboración. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno estima parcialmente la reclamación, obligando a entregar casi todos los datos excepto las fechas de ingreso.
El ciudadano solicitó al Ministerio de Sanidad datos desagregados sobre evaluaciones anuales de médicos residentes de Pediatría desde 2015. El Ministerio inadmitió la solicitud alegando necesidad de reelaboración. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno desestima la reclamación, considerando que la solicitud implica la confección de un informe no disponible directamente.
Des del punt de vista temporal, la petició de concreció es formula havent depassat àmpliament el termini per resoldre, de manera que resulta extemporània i transgredeix l’exigència implícita en l’article 28 LTAIPBG, que en preveure que la petició de concreció d’una sol·licitud suspèn el termini per resoldre-la, de manera implícita però inequívoca estableix que no es pot produir quan el termini per resoldre ja s’ha esgotat. D’altra banda, l’apartat 2 d’aquest article 28 LTAPBG disposa expressament que “l’Administració ha de prestar assessorament i assistència al sol·licitant perquè pugui concretar la petició”. L’apreciació de les possibles causes d’inadmissibilitat de les sol·licituds d’informació s’ha de realitzar dins del termini per resoldre i que les inadmissions s’han de motivar i justificar en una resolució expressa, cosa que no s’ha produït, de manera que les al·legacions en aquest sentit fetes en l’informe jurídic emès en el marc de la tramitació de la reclamació no podrien desvirtuar el sentit de l’estimació presumpta produïda per silenci, sens perjudici de què que la concurrència d’algun límit a l’accés, singularment en relatiu a la protecció de dades personals, sí que pugui tenir efectes restrictius i comportar la desestimació presumpta per silenci d’aquella part de la informació (article 35.2 LTAIPBG), tal i com s’analitzarà en el FJ següent. La finalitat general de la transparència exigeix permetre un major control d’aquelles decisions administratives que són preses amb un marge, major o menor, de discrecionalitat. Seria el cas, en matèria de personal, de les places de personal eventual i de lliure designació, tenint en compte que en la selecció del personal que les ha d’ocupar hi intervenen criteris subjectius de valoració personal, de confiança i d’idoneïtat per a la plaça, per tal de garantir que se’n ret comptes i que es permet l’exigència de responsabilitats de l’ús o l’abús que els poders públics fan d’aquest marge de discrecionalitat en l’adjudicació de places públiques, i de les decisions en matèria retributiva d’aquest personal. És per això que, a més de permetre un especial control d’aquelles places que tenen un alt nivell de retributiu (igual o superior al nivell 28), estaria justificat també sotmetre a una especial exposició i escrutini aquelles altres places ocupades per personal eventual (assessors, caps d’àrea, secretariat d’alts càrrecs, caps de gabinet,...) o proveïdes amb personal funcionari pel sistema de lliure designació (llocs singulars, responsables,...), sigui quin sigui el seu nivell retributiu, per garantir que es permet el control de l’exercici de la potestat discrecional en la provisió de llocs de treball públics. Aquest criteri és especialment rellevant en aquest cas, en què el què es vol controlar és l’atorgament de complements retributius a aquestes persones a les què prèviament se’ls havia nomenat per un lloc d’alt nivell retributiu, o d’eventual, o de lliure designació, amb la finalitat que, tot i ser-ne remogudes o cessades, mantinguin un nivell retributiu igual o similar al què percebien quan l’ocupaven. Aquesta informació seria, en principi, suficient per comprovar si aquests llocs han tingut un tracte preferencial en el cobrament d’aquests complement retributiu en relació amb la resta de personal funcionari d’escala més bàsica, dels quals, si n’hi ha, seria suficient per a aquest control conèixer el lloc que ocupaven i el que passen a ocupar, informació que també s’ha estimat i facilitat ja en execució de l’acord de mediació. D’acord amb això, no quedaria justificat l’accés a les dades identificatives d’aquest personal, no tant perquè mereixin una especial protecció (són dades merament econòmiques i de l’esfera professional, ni privades ni íntimes) sinó perquè serien desproporcionades i innecessàries per a la finalitat d’investigació periodística expressada per la persona reclamant. Nogensmenys, en atenció a aquest dret reforçat de la persona reclamant, en tant que periodista en exercici del seu dret fonamental a rebre informació veraç i comunicar-la, ex article 20.1 CE, podria quedar justificat l’accés a la identitat d’algun d’aquests perceptors si, a la llum de la informació rebuda d’acord amb les especificacions anteriors, la seva investigació requereix fer aquesta comprovació per contrastar adequadament la informació. En aquest cas, però, haurà de tenir cura de protegir adequadament aquestes dades personals, evitant fent-ne una difusió indiscriminada, tret del cas que la investigació desvetlli alguna circumstància d’interès informatiu que justifiqui la divulgació singular d’aquell cas. Els criteris anteriors poden orientar l’accés a la identificació de la persona traspassada, per bé que en aquets cas, les dades personals queden excloses del règim de protecció legal, d’acord amb el considerant 27 RGPD i l’article 2 LOPDGDD. En relació amb les al·legacions de terceres persones afectades, cal dir que el tràmit de trasllat no té per finalitat obtenir la seva autorització o saber si consenten a què es permeti l’accés a les seves dades identificatives. El consentiment només resultaria exigible si es tractés de dades especialment protegides per l’article 23 LTAIPBG, i aquestes no ho són. També ha quedat ja establert que el consentiment només és una de les bases jurídiques legitimants de l’accés (article 6.1.a RGPS), però que en el marc d’aquest procediment no és aquesta la què opera, sinó la prevista a l’article 6.1.c RGPD i l’article 8 i la DA LOPDGDD, en concordança amb l’article 24 LTAIPBG.
El solicitante pidió al Ministerio de Asuntos Exteriores el detalle de gastos e ingresos de las celebraciones de fin de año en embajadas y consulados (2014-2019). El Ministerio denegó la información alegando que requeriría una reelaboración compleja. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno desestima la reclamación al considerar que la información no existe de forma agregada y su obtención sería desproporcionada.
El ciudadano solicitó al Ministerio de Justicia el número de expedientes de nacionalidad por opción resueltos desde mayo de 2019. El Ministerio inadmitió la solicitud alegando que requería reelaboración y era abusiva. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno estima la reclamación, obligando al Ministerio a facilitar la información.
El ciudadano solicitó al Ministerio de Trabajo y Economía Social documentación detallada sobre 18 expedientes de contratación pública. Tras una respuesta insuficiente que remitía a la web, el interesado alegó que la información no estaba disponible. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno estima parcialmente la reclamación, obligando a entregar la mayoría de los documentos anonimizados.
Se solicitó a Radio Televisión Madrid acceso a informes, contratos y expedientes de contratación de la productora La Fábrica de la Tele para los programas "El madroño" y "Aquí hay madroño". La administración alegó la inexistencia de informes del Consejo y la necesidad de reelaboración. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno estimó la reclamación al detectar que se emitieron más programas de los previstos.
El interesado solicitó al Ayuntamiento de Madrid un detalle exhaustivo de las multas impuestas por los Agentes de Movilidad en los últimos cinco años en formato Excel. La administración alegó que la información requería una reelaboración excesiva y protección de datos. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno desestimó la reclamación por considerar que la solicitud exige una labor de análisis y agregación no obligatoria.
El ciudadano solicitó a la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública la motivación y fundamentos de derecho de una base específica de un concurso de méritos. El Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía inadmitió la reclamación porque la solicitud no busca acceder a documentos preexistentes, sino que requiere la creación de un informe ad hoc.
El interesado solicitó al Ministerio de Cultura y Deporte información detallada y desagregada sobre los expedientes de la Sección Segunda de la Comisión de Propiedad Intelectual. Alegó que la administración solo proporcionó datos agregados y totales. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno desestimó la reclamación porque la información solicitada requiere una acción previa de reelaboración.
El ciudadano solicitó al Ministerio del Interior un listado detallado de operaciones de deportación de migrantes (2009-2019), incluyendo costes y nacionalidades. El Ministerio denegó parcialmente la información alegando perjuicio a las relaciones exteriores y necesidad de reelaboración de datos. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno estima parcialmente la reclamación.
El ciudadano solicitó al Ministerio del Interior un listado detallado de operaciones de deportación de migrantes (2009-2019). El Ministerio denegó parcialmente la información alegando perjuicio a las relaciones exteriores y necesidad de reelaboración de datos. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno estima parcialmente la reclamación, instando a completar la información.
El ciudadano solicitó al Departamento de Polítiques Digitals i Administració Pública las plantillas correctoras y niveles mínimos de superación de exámenes de un proceso selectivo. La administración alegó que el acceso previo a los resultados vulneraría la igualdad y que eran documentos de trabajo. La GAIP estima la reclamación basándose en el silencio administrativo positivo y el derecho de acceso del interesado.
El ciudadano solicitó al Ministerio de Política Territorial y Función Pública comunicaciones de manifestaciones y concentraciones (2015-2019). Alegó que la información es pública y que la anonimización no es reelaboración. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno desestima la reclamación por protección de datos personales y necesidad de reelaboración de la información.
El ciudadano solicitó a la Secretaría Xeral de Universidades el número de ayudas posdoctorales (modalidad A, 2019) concedidas a personas sin estudios en el Sistema Universitario de Galicia. La administración inadmitió la solicitud alegando necesidad de reelaboración. La Comisión da Transparencia estima la reclamación al considerar que revisar unos 50 expedientes no constituye reelaboración.
El ciudadano solicitó a la Consellería de Sanidad los resultados de inspecciones higiénico-sanitarias de locales de comida entre 2016 y 2019. Tras el silencio administrativo, la Comisión da Transparencia de Galicia desestima la reclamación debido a que la administración carece de medios técnicos para extraer la información sin reelaborarla y anonimizarla manualmente.
El reclamante solicitó al Concello de Lugo las direcciones de locales que solicitaron licencias de obra para hostelería entre octubre y diciembre de 2018. Ante la falta de respuesta (silencio administrativo), interpuso reclamación. La Comisión da Transparencia de Galicia estima la reclamación por motivos formales, al constatar que la administración ya había procedido a remitir la información.
El ciudadano solicitó expedientes y documentos de cinco licitaciones de limpieza y seguridad a la Inspección de Trabajo. La administración denegó parte de la información alegando reelaboración, abuso y secreto comercial. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno estima parcialmente la reclamación, obligando a entregar la mayoría de los documentos previa anonimización.
El ciudadano solicitó al Ministerio de Trabajo y Economía Social expedientes detallados de diversas licitaciones de servicios de seguridad y vigilancia. La administración denegó parte del acceso alegando reelaboración, carácter abusivo y protección de intereses comerciales. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno estima parcialmente la reclamación, obligando a entregar la documentación anonimizada.
El reclamante solicitó información detallada sobre concesiones de transporte de viajeros por carretera a la Consejería de Presidencia y Fomento de la Región de Murcia. La administración inadmitió la solicitud alegando complejidad y necesidad de reelaboración. El Consejo de Transparencia de la Región de Murcia estimó la reclamación por falta de motivación y pruebas de la necesidad de reelaboración.
El ciudadano solicitó a la Secretaría General de la Presidencia del Gobierno la agenda detallada, los gastos y la identidad de la comitiva del viaje del Presidente a Nueva York. Tras una respuesta insuficiente, el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno estima la reclamación, obligando a la administración a facilitar la información detallada por prevalecer el interés público y la rendición de cuentas.
Un regidor solicitó al Ayuntamiento de Gavà los informes de Secretaría e Intervención de 2019. El Ayuntamiento denegó el acceso alegando una tarea compleja de elaboración y genericidad de la solicitud. La GAIP estima la reclamación al considerar que operó el silencio administrativo positivo y que el régimen de acceso de los electos locales es un derecho fundamental con límites muy restringidos.
El solicitante pidió al Ministerio de Educación y Formación Profesional información sobre vacantes docentes en centros concertados de Ceuta y Melilla y la verificación de sus procesos de selección. El interesado alegó que la Administración posee dicha información al tener la obligación de verificarla. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno desestima la reclamación por reelaboración y protección de datos.
La interesada solicitó al Ayuntamiento de Torremolinos certificaciones sobre licencias, sanciones e informes sanitarios de un local. El Ayuntamiento inadmitió las solicitudes alegando que requerían reelaboración de información. El Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía inadmitió la reclamación por considerar que la petición de certificados no es acceso a información pública.
La Asociación San Roque Vivo solicitó documentación sobre la adjudicación de plazas de comedor escolar a la Delegación Territorial de Educación de Cádiz. Tras una denegación parcial basada en protección de datos y reelaboración de información, el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía estima parcialmente la reclamación, obligando a entregar la información de los puntos 1 y 2.
El solicitante pidió al Ministerio del Interior la ocupación diaria de los CIE de España en 2018 y 2019. Alegó que los datos mensuales previamente recibidos eran insuficientes para conocer la ocupación real. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno desestimó la reclamación por considerar que la información mensual ya garantiza la rendición de cuentas y el acceso al derecho.
El reclamante solicitó a la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid datos detallados (fecha, temática, tipo de centro, etc.) sobre quejas de padres de alumnos entre 2017 y 2019. La administración alegó que la información no se registra con esos campos específicos. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno desestimó la reclamación por considerar que la solicitud requiere una reelaboración.
El reclamante solicitó al Ayuntamiento de Pozo de Guadalajara la relación de actos y acuerdos comunicados (y los que debieron comunicarse) a la Subdelegación del Gobierno y a la Comunidad Autónoma desde 2007. El Ayuntamiento inadmitió la solicitud por abusiva y por requerir reelaboración. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno estimó parcialmente la reclamación, limitando el periodo de acceso al año 2016.
El interesado solicitó documentación sobre el Plan Parcial "La Atalaya Real" a la Comunidad de Madrid. Alegó que la administración no le había entregado los documentos vigentes y aprobados. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno desestimó la reclamación porque la administración ya había facilitado toda la información disponible en sus archivos.
El ciudadano solicitó a la Diputación Provincial de Almería información sobre las herramientas de tramitación electrónica. Ante la falta de respuesta, reclamó al Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía. El Consejo decide archivar el expediente por pérdida de objeto, ya que la administración facilitó la información el 11 de diciembre de 2018.
El solicitante pidió al Ministerio de Justicia diversos informes de la Abogacía del Estado sobre entregas a cuenta a CCAA y la aplicación del art. 155 con gobierno en funciones. La administración alegó perjuicio a la igualdad procesal y reelaboración. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno estima parcialmente la reclamación, obligando a entregar los informes sobre entregas a cuenta.
El solicitante pidió al Ministerio de Hacienda los datos anonimizados y el balance anual de usuarios de los informes 'Análisis del perfil del jugador online' (2014-2017). El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno desestima la reclamación por considerar que la información no existe en bruto y su obtención requeriría una reelaboración de los datos.
El solicitante pidió a GIAHSA aclaraciones sobre personal de alta dirección y desglose de retribuciones. GIAHSA denegó alegando que la información ya estaba en su web. El Consejo de Transparencia de Andalucía estimó parcialmente la reclamación, inadmitiendo la petición conceptual por ser ajena al derecho de acceso, pero ordenó a GIAHSA facilitar los enlaces a la información publicada.
Se solicitó al Ministerio del Interior un registro de matrículas por distintivo ambiental en seis ciudades y barrios. La administración denegó los números de matrícula por protección de datos y la desagregación por barrios por requerir reelaboración. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno estima parcialmente la reclamación, ordenando entregar datos estadísticos anonimizados por ciudad.
La parte reclamante solicitó copias íntegras de todos los decretos dictados por la Alcaldesa de Móstoles desde mayo de 2019. El Ayuntamiento entregó un listado en lugar de los documentos, alegando que la entrega de copias supondría una carga de trabajo desproporcionada. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno estima la reclamación por motivos formales al considerar que la información facilitada cumple los fines de la ley.
El reclamante solicitó a la Consejería de Educación y Juventud de la Comunidad de Madrid los datos sobre el número de aulas que superan la ratio legal de alumnos por aula en diversas etapas educativas para los cursos 2017-2020. La administración alegó que la información era repetitiva y requería reelaboración. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno estimó parcialmente la reclamación.
El reclamante solicitó conocer la titulación académica de los funcionarios que ocupan o están vacantes en una lista específica de puestos de la RPT de la Junta de Extremadura. La administración denegó el acceso alegando que la información requería una reelaboración y que afectaba a la esfera personal. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno estimó la reclamación, ordenando la entrega de los datos.
El reclamante solicitó a la Consejería de Educación y Juventud de la Comunidad de Madrid información sobre anuncios de vacantes docentes en centros concertados y los procesos de verificación de selección. La administración alegó que la información requería reelaboración. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno estima parcialmente la reclamación, denegando solo la información sobre hechos futuros.
La solicitante pidió al Ministerio de Defensa el desglose anual por provincias de solicitudes y plazas de reservistas voluntarios desde 2004. El Ministerio inadmitió la solicitud alegando necesidad de reelaboración. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno desestima la reclamación por considerar que la petición implica la confección de un informe ad hoc no amparada por la ley.
El solicitante pidió al Ministerio del Interior estadísticas municipales de tráfico de Asturias (2016-2018). La administración inadmitió la solicitud alegando que requeriría una reelaboración de los datos. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno desestima la reclamación al considerar que la DGT carece de los medios técnicos actuales para extraer dicha información.
Se solicitó al Ministerio del Interior el coste promedio de internamiento de extranjeros en los CIE de España. El interesado alegó que dicha información es presupuestada anualmente. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno desestimó la reclamación porque la información no existe de forma agregada y su obtención requeriría una acción de reelaboración.
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