Límites que la administración puede invocar para denegar el acceso a información pública.
El interesado solicitó datos detallados de las actas de actuaciones en festejos taurinos de Guadalajara (2017-2018) a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. La administración inadmitió la solicitud alegando que la información requiere una reelaboración manual. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno desestima la reclamación al confirmar la existencia de reelaboración.
El interesado solicitó información sobre los modelos de calidad, planes y perfiles profesionales del departamento de calidad del SEPIE al Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. Tras una respuesta inicial incompleta y demoras en los plazos, el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno estima parcialmente la reclamación, ordenando la entrega de la información sobre el perfil profesional solicitado.
Se solicitó a la Consejería de Hacienda y Administración Pública de la Junta de Extremadura información estadística sobre el Registro de Limitaciones de Acceso a salas de juego (número de inscritos, inspectores, inspecciones y sanciones). La administración denegó el acceso alegando protección de datos sensibles. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno estimó la reclamación por ser datos agregados.
Se solicitó al Cabildo de Gran Canaria el acceso al contrato de patrocinio entre el Club Baloncesto Gran Canaria y Poema del Mar, S.A. La administración denegó el acceso alegando confidencialidad y secreto empresarial. El Comisionado de Transparencia estima parcialmente la reclamación, obligando a entregar la información pública y aquella cuya confidencialidad no esté acreditada.
La Asociación Acción Enfermera solicitó al Colegio Oficial de Enfermería de Huelva actas de los dos últimos procesos electorales y fechas de inscripción de sus juntas. El Colegio no respondió, alegando abuso de derecho y protección de datos. El Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía estima la reclamación, obligando a entregar la información con datos personales disociados.
La sol·licitud s’empara en el dret d’accés a la informació pública, que amb caràcter general té per objecte la informació que es troba “en poder” de l’Administració (article 2.b LTAIPBG), amb independència de què els procediments o les actuacions que la contenen estiguin oberts o tancats, de manera que limitar l’abast temporal de la sol·licitud als projectes vigents, sense que aquesta limitació es pugui deduir clarament dels termes de la sol·licitud, que òbviament no és el cas, suposa una restricció injustificada del dret d’accés. La investigadora principal dels projectes de recerca concernits ha al·legat en el procediment de sol·licitud d’informació (antecedent 5) que l’LTAIPBG únicament empara el dret d’accés a informació que hagi entrat en poder de les administracions públiques amb posterioritat a l’entrada en vigor d’aquesta Llei (juliol de 2015); aquesta interpretació ha de ser descartada, per diversos motius; en primer lloc, per la literalitat de l’LTAIPBG, l’article 2.b de la qual defineix el concepte d’informació pública, als efectes de l’exercici del dret d’accés, com tota la informació que està en poder de l’Administració, sense fer cap restricció ni matisació, ni en aquest ni en cap altre dels seus preceptes, en funció de la data d’adquisició de la informació per part de les Administracions públiques; en segon lloc, perquè el dret de la ciutadania a accedir als documents públics, en el nostre ordenament jurídic, té empara legal anterior a l’LTAIPBG, ja que és reconegut (si bé sense les garanties proporcionades per la legislació de transparència) per l’article 105 de la Constitució Espanyola de 1978 i per l’article 37 de la Llei 30/1992, de 27 de novembre, de règim jurídic de les administracions públiques i del procediment administratiu comú; en tercer lloc, perquè una interpretació com la propugnada per la professora afectada podria dur a l’absurd d’excloure l’accés a arxius històrics. La normativa de dades personals no impedeix facilitar a la persona rec
El interesado solicitó al Colegio Oficial de Enfermería de Melilla las actas de los dos últimos procesos electorales y la fecha de inscripción de las juntas. El Colegio inadmitió la solicitud alegando carácter abusivo, régimen especial y protección de datos. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno estimó la reclamación al considerar que la actividad electoral es función pública.
Un ciudadano solicitó al Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social un certificado de exclusividad de la empresa Oracle Ibérica, S.R.L. La empresa se opuso alegando intereses económicos y secreto profesional. El Ministerio concedió el acceso, lo que motivó una reclamación de Oracle ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno. El Consejo decide archivar el expediente tras el desistimiento del solicitante original.
El interesado solicitó información detallada sobre los asesores provisionales de la Red de Formación del Profesorado de la Comunidad de Madrid. La administración denegó parte de los datos alegando necesidad de reelaboración y protección de datos personales. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno estimó parcialmente la reclamación, instando a la entrega de la información desglosada y de los procedimientos de selección.
Se solicitó al Ayuntamiento de Mengíbar la copia íntegra de dos expedientes de licencias de apertura. El Ayuntamiento denegó la entrega de los proyectos técnicos alegando propiedad intelectual. El Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía decidió inadmitir la reclamación debido a que el solicitante no acreditó válidamente su representación.
Se solicitó acceso a expedientes sancionadores previos a la Universidad Carlos III de Madrid. La Universidad denegó la información alegando la protección de datos especialmente protegidos sin consentimiento. Tras la reclamación, el tercero afectado otorgó su consentimiento, pero la Universidad informó de que no existen tales expedientes. El Consejo de Transparencia desestima la reclamación por falta de objeto.
El reclamante solicitó a la Consejería de Educación e Investigación de la Comunidad de Madrid copias de actas de una comisión de seguimiento, el número de profesores con un complemento de antigüedad y el coste anual de dicho concepto. La administración alegó que las actas eran informes internos y que los datos requerían reelaboración. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno estimó la reclamación.
El reclamante solicitó información técnica y contractual sobre la construcción de viviendas en El Rosón al Ayuntamiento de Getafe (EMSV). La administración alegó que ciertos documentos no existían, eran información auxiliar o estaban protegidos por intereses comerciales. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno estimó parcialmente la reclamación, ordenando entregar el proyecto y el contrato.
El reclamante solicitó al Ayuntamiento de Villamediana de Iregua copia digital del Libro Mayor de Cuentas (Capítulo 62) de los años 2015 a 2018. La administración alegó ambigüedad y la existencia de límites por protección de datos. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno estimó la reclamación al considerar que dicha información es de carácter público.
La Fundación Ciudadana CIVIO solicitó al Ministerio para la Transición Ecológica especificaciones técnicas, resultados de pruebas y el código fuente de la aplicación para el bono social. Ante el silencio administrativo, el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno estima parcialmente la reclamación, ordenando la entrega de la documentación técnica pero denegando el código fuente por propiedad intelectual.
La reclamante solicitó a la Consejería de Agricultura de Castilla-La Mancha la identificación del titular de una explotación ganadera con código REGA. La administración denegó el acceso alegando protección de datos personales. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno desestima la reclamación al considerar que no existe un interés público que justifique la divulgación.
Se solicitó al Consell de Col·legis d'Infermeria de la Comunitat Valenciana (CECOVA) las actas de los dos últimos procesos electorales y la fecha de inscripción de sus juntas en el registro. La administración alegó falta de legitimación, carácter abusivo de la solicitud, régimen jurídico especial y protección de datos. El Consell de Transparencia de la Comunitat Valenciana estimó la reclamación.
Se solicitó al Colegio Oficial de Enfermería de Valencia el acceso a las actas de los dos últimos procesos electorales y la fecha de inscripción de las juntas de gobierno. El Colegio no respondió, alegando silencio. El Consejo de Transparencia de la Comunidad Valenciana estima la reclamación, al considerar que los procesos electorales son materia de derecho administrativo y sujeto a transparencia.
Una representante de una asociación solicitó al Col·legi Oficial d'Infermeria de Castelló las actas y datos de inscripción de los dos últimos procesos electorales. El Colegio no respondió, incurriendo en silencio administrativo. El Consejo de Transparencia de la Comunidad Valenciana estimó la reclamación, argumentando que los colegios profesionales están sujetos a la normativa de transparencia en sus funciones públicas.
Una asociación presentó una solicitud de acceso a las actas y datos de inscripción de los dos últimos procesos electorales al Colegio Oficial de Enfermería de Alicante. Ante la falta de respuesta, presentó reclamación. El Colegio alegó falta de legitimación, interferencia en su actividad, carácter abusivo de la petición y protección de datos. El Consejo de Transparencia estimó la reclamación.
El ciudadano solicitó al Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades el acuerdo de colaboración de un proyecto de investigación. La administración denegó el acceso alegando intereses económicos y propiedad intelectual. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno estima parcialmente la solicitud, ordenando la entrega del documento previa eliminación de datos personales e información científica confidencial.
El reclamante solicitó a la Universidad Complutense de Madrid la relación de docentes que perciben el complemento del art. 33.2 de la Ley 31/1990, detallando cuerpo y fechas. La Universidad denegó el acceso alegando protección de procesos judiciales y datos personales. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno estimó la reclamación, ordenando la entrega de la información de forma anonimizada.
El interesado solicitó al Ayuntamiento de Madrid datos detallados sobre inspecciones sanitarias en locales de hostelería entre 2016 y 2018. La administración alegó que la información requería una reelaboración compleja y que estaba protegida por secreto profesional y protección de datos. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno estimó la reclamación, ordenando la entrega de los datos.
El interesado solicitó a la Universidad Rey Juan Carlos datos estadísticos sobre solicitudes de convalidación de créditos de máster entre 2007 y 2018. La universidad alegó protección de datos personales y necesidad de reelaboración de la información. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno estimó la reclamación, indicando que la información puede entregarse mediante anonimización.
El ciudadano solicitó al Ministerio de Hacienda los informes de auditoría de la IGAE sobre contratos de colaboración público-privada (2011-2017). La administración inadmitió la solicitud alegando confidencialidad según la Ley General Presupuestaria. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno desestima la reclamación basándose en el límite del secreto profesional.
El reclamante solicitó copias de expedientes administrativos de asociaciones culturales en Asturias para una investigación histórica. La Consejería de Hacienda y Sector Público del Principado de Asturias entregó la documentación anonimizando datos sensibles. El reclamante impugnó la anonimización alegando que vacía de contenido la investigación. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno desestimó la reclamación.
El Sindicato CSIF solicitó al Ayuntamiento de Alcalá de Henares las titulaciones académicas de los Subinspectores de la Policía Local. La administración denegó el acceso alegando protección de datos. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno estimó la reclamación, indicando que no son datos especialmente protegidos y que la administración no realizó la ponderación legal necesaria.
La reclamació conté nombroses peticions per a que el Consorci es pronunciï sobre hipòtesis, sobre la valoració del compliment de la llei, o per a que s'emetin opinions, la qual cosa excedeix clarament de l'àmbit d'aquest procediment, que empara només l'obtenció d'informació pública preexistent. L'al·legació de la reclamant sobre la rellevància o interès públic que pugui tenir aquesta opinió no modifica ni altera la valoració de que no encaixa, pel seu objecte, en aquest procediment, que no pot emparar la pretensió que l'Administració elabori ex novo, a partir de la sol·licitud i per a la seva satisfacció, una valoració jurídica, que emeti una opinió o analitzi supòsits, si prèviament no van ser objecte de consideració o d’elaboració d'estudis o dictàmens que, només i exclusivament en la mesura en què fossin preexistents a la sol·licitud, podrien ser estimada. El requisit de què estiguin mancades de rellevància, que la persona reclamant considera que no ha justificat adequadament l’Administració, s’exigeix per l’LTAIPBG en relació amb la informació pública ja elaborada i preexistent a la sol·licitud, però de caràcter intern (art. 29..1.a LTAIPBG), com ara esborranys, resums, documents de treball interns i opinions ja elaborades i escrites (notes de valoració o que recullin l’opinió crítica en relació amb alguna qüestió) que l’Administració vulgui sostreure de l‘accés públic per considerar que tenen un caràcter intern i que han de romandre en “l’espai per pensar” de què ha de disposar l’Administració) per preservar el seu procés de presa de decisions. Però en aquest cas es demana que l’Administració valori i opini sobre determinades qüestions que la reclamant li planteja a la sol·licitud, la qual cosa és inadmissible en el marc d’aquest procediment - amb independència de la rellevància que aquesta valoració o opinió mereixi a la persona reclamant-, pel sol fet que no és informació preexistent, sinó una consulta jurídica, amb els efectes d’inadmissibilitat que en deriv
El solicitante pidió al Ministerio de Economía y Empresa la identificación del responsable de una correduría de seguros privada y copias de documentos suscritos por él. El Ministerio denegó el acceso alegando secreto profesional y exigiendo el pago de una tasa. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno desestima la reclamación por considerar que no se busca la rendición de cuentas pública.
El reclamante solicitó al Ayuntamiento de Torres de la Alameda copia digital de los apuntes contables del Libro Mayor (Capítulo 62) de los años 2015-2018. La administración denegó el acceso alegando excesivo volumen y necesidad de reelaboración. Tras recibir la información, el interesado presentó un desistimiento, por lo que el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno procedió al archivo.
El reclamante solicitó a la Universidad Rey Juan Carlos copia de informes jurídicos, el convenio sobre un hangar y datos sobre una auditoría de materiales. La universidad alegó que los informes eran información auxiliar de apoyo. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno estimó la reclamación, considerando que dichos informes no son auxiliares, sino que de ellos depende la actuación institucional.
El reclamante solicitó al Ayuntamiento de Picanya la copia de los planos y el detalle de financiación de un proyecto de remodelación de una plaza. La administración denegó el acceso alegando la protección de la propiedad intelectual. El Consejo de Transparencia de la Comunidad Valenciana estimó la reclamación por falta de motivación del daño y por tratarse de información urbanística de interés público.
Se solicitó acceso a un expediente informativo de la Fundación IMDEA Materiales, incluyendo nombres de instructores, entrevistados y documentos recabados. La administración alegó que la solicitud era abusiva, que la información era auxiliar, que afectaba a procesos judiciales y que contenía datos personales. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno estimó la reclamación por considerar que la información es pública y no concurren los límites alegados.
La Comunidad de Propietarios Urbanización Atalaya del Alberche solicitó al Ayuntamiento de Cardiel de los Montes documentación sobre un proyecto de reparcelación. Ante la falta de respuesta y una reiteración fallida, el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno estima la reclamación, al considerar que la certificación y los justificantes de notificación son información pública.
El interesado solicitó a la Universidad Rey Juan Carlos la copia digital de la designación por sorteo del personal corrector de la EvAU. La universidad denegó el acceso alegando la protección de datos personales. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno estimó la reclamación al considerar que existe un interés público relevante en conocer la idoneidad de los correctores.
El interesado solicitó al Colegio Oficial de Enfermería de Madrid la relación nominal de los colegiados que asistieron a una Junta General. La administración alegó la extemporaneidad de la reclamación y la protección de datos. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno desestimó la reclamación al considerar que no existe un interés público que prevalezca sobre el derecho a la protección de datos.
El ciudadano solicitó a la Consejería de Hacienda y Administración Pública el gasto total en honorarios de abogados y procuradores para la defensa de altos cargos de la Junta de Andalucía desde 2010. La administración inadmitió la solicitud alegando reelaboración y límites de confidencialidad. El Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía estima la reclamación y ordena entregar la información.
El ciudadano solicitó al Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades los resultados y datos de subcontratación del proyecto Innpacto (2011-2013). El solicitante alegó que la empresa titular está en concurso y que existen patentes. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno desestima la reclamación por prevalecer la protección de la propiedad intelectual y la confidencialidad pactada.
El interesado solicitó copia del informe de intervención y parte de actuación de los Bomberos de Asturias sobre un incendio en Oviedo. El Servicio de Emergencias del Principado de Asturias (SEPA) alegó que la información ya había sido facilitada mediante un informe previo y que el acceso estaba limitado por el secreto profesional. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno estimó la reclamación.
El reclamante solicitó copia de los expedientes de contratación de personal interino del FOGAIBA a la Consellería de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca de las Islas Baleares. Tras una respuesta incompleta, la Comisión de Garantía de Transparencia de las Islas Baleares estimó la reclamación, argumentando que los méritos pueden entregarse anonimizados sin afectar la privacidad de terceros.
El interesado solicitó al Ministerio de Justicia copias de una consulta del Ministerio de Fomento sobre la regulación del taxi y el informe de la Abogacía del Estado. La administración denegó el acceso alegando que la información afectaba a un proceso judicial en curso. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno estimó la reclamación al considerar que no se justificó debidamente el perjuicio.
El interesado solicitó detalles sobre incidentes adversos de productos sanitarios a la Consejería de Sanidad de Castilla-La Mancha. La administración denegó el acceso alegando confidencialidad. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno acuerda suspender el plazo de resolución debido a la existencia de un proceso judicial pendiente por idéntico objeto (litispendencia).
El ciudadano solicitó acceso a los documentos de un expediente de investigación previa ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Cádiz. Tras la denegación administrativa basada en el sigilo profesional y la protección de datos, el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno estima parcialmente la reclamación, obligando a entregar la información sobre hechos constatados y medidas adoptadas, previa anonimización.
Un ciudadano solicitó al Colegio Oficial de Enfermería de A Coruña las actas de los dos últimos procesos electorales de la entidad. El Colegio inadmitió la solicitud alegando falta de acreditación de identidad, carácter abusivo y la existencia de un régimen jurídico específico. La Comisión de Transparencia de Galicia estimó la reclamación, ordenando al Colegio facilitar la información en 15 días.
El interesado solicitó acceso a la documentación obtenida por la administración tras denuncias sobre incompatibilidades de socios de la empresa Grupo Itevelesa S.L. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno inadmitió la reclamación porque consideró que la solicitud tenía un carácter abusivo, al no estar justificada con la finalidad de la Ley de Transparencia.
El interesado solicitó datos del personal de la Administración de Madrid seleccionado para un Máster en la Universidad Rey Juan Carlos (URJC) en 2011. La URJC denegó el acceso alegando protección de datos personales y la existencia de una investigación judicial sub iudice. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno resuelve retrotraer el procedimiento para que se consulte a los terceros afectados.
El interesado solicitó a la Comunidad de Madrid documentación sobre convocatorias y listados (nombres y baremos) de personas en comisión de servicios humanitarias. La administración denegó el acceso a los nombres y baremos alegando protección de datos. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno desestima la reclamación por no existir un interés público que prevalezca sobre la privacidad.
El solicitante pidió a la Dirección General de Seguros copias de resoluciones e informes jurídicos sobre una correduría de seguros. La administración denegó el acceso alegando secreto profesional. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno inadmitió la reclamación por haber sido presentada fuera del plazo legal de un mes.
El solicitante pidió al Ministerio de Defensa los enunciados y plantillas de resultados de exámenes de diversos cuerpos militares de los últimos cinco años. El Ministerio denegó el acceso alegando confidencialidad y propiedad intelectual. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno estima la reclamación, obligando a entregar la información.
El interesado solicitó documentación de expedientes instruidos contra la empresa Grupo Itevelesa S.L. tras haber presentado denuncias previas. La Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Comunidad de Madrid denegó el acceso. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno decide inadmitir la reclamación por considerarla abusiva y no justificada en la finalidad de la Ley.
951–1000 de 1321