Causas que permiten inadmitir a trámite una solicitud de acceso a información pública.
El interesado solicitó al Ministerio de Cultura información sobre la relación institucional y administrativa con Google. El Ministerio inadmitió la solicitud por requerir reelaboración y por ser abusiva. El usuario reclamó ante el CTBG alegando vulneración de principios de transparencia. El Consejo desestima la reclamación al confirmar que la solicitud es excesivamente amplia y requiere una compleja labor de recopilación y sistematización de datos dispersos.
El reclamante solicitó al Ministerio de Cultura documentos sobre su relación con Google, incluyendo convenios, requerimientos de retirada de contenido y actuaciones con la AEPD. El Consejo de Transparencia desestimó la reclamación, confirmando la inadmisión de la solicitud. La decisión se basó en que la petición requería una compleja reelaboración de información dispersa y no acotada temporal ni materialmente, excediendo el derecho de acceso.
Se solicitó al Ministerio de Educación información exhaustiva sobre su relación con Google (convenios, usos, requerimientos de retirada de contenido). El Consejo de Transparencia desestimó la reclamación, confirmando la inadmisión ministerial. La solicitud se consideró abusiva y desproporcionada, requiriendo una reelaboración de información no preexistente, conforme al art. 18.1.c) LTAIBG.
Un ciudadano solicitó a la Autoridad Portuaria de Valencia acceso a expedientes de acoso laboral y disciplinario. La APV inadmitió/denegó alegando que no era información pública, interés privado y protección de datos. El Consejo de Transparencia estima parcialmente la reclamación, indicando que la información sí es pública y ordena entregar la resolución final del Director General sobre el expediente de acoso, previa disociación de datos personales.
Una concejala solicitó al Ayuntamiento de Navalpino copias de 20 expedientes y facturas desde 2020. El Ayuntamiento denegó el acceso alegando abuso del derecho y carga administrativa excesiva. El Consejo Regional de Transparencia y Buen Gobierno de Castilla-La Mancha estima parcialmente la reclamación: deniega las copias por ser excesivas, pero obliga a facilitar el acceso para su estudio.
Se solicitó al Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible/RENFE Operadora los documentos que justifican la inexistencia de una línea AVLO entre Granada y Madrid. El Consejo de Transparencia desestima la reclamación, argumentando que la petición busca una justificación o informe ad hoc sobre una decisión, no información pública preexistente, lo cual no se ajusta al concepto de información pública del artículo 13 LTAIBG.
D. XXX solicitó al Ayuntamiento de Retortillo copia de un expediente sancionador urbanístico incoado a la mercantil XXX. Ante la denegación presunta por silencio administrativo, el solicitante interpuso una reclamación. El Ayuntamiento alegó que el solicitante no era vecino, que la petición era abusiva y que existía protección de datos. La Comisión de Transparencia estima parcialmente la reclamación, ordenando al Ayuntamiento retrotraer el procedimiento para dar audiencia a la mercantil afectada y luego dictar resolución concediendo el acceso, previa disociación de datos personales de personas físicas.
D. XXX solicitó al Ayuntamiento de Retortillo copias de las actas de los plenos celebrados entre abril de 2022 y noviembre de 2023. Ante la denegación presunta, el Ayuntamiento alegó que el solicitante no era vecino, carecía de interés legítimo y que la petición era abusiva. La Comisión de Transparencia de Castilla y León estimó la reclamación, indicando que las actas son información pública y que el Ayuntamiento no justificó la inadmisión por solicitud abusiva con elementos objetivos. Se debe facilitar el acceso.
D. XXX solicitó al Ayuntamiento de Retortillo movimientos bancarios y justificantes relacionados con la mercantil XXX (2011-2023). Ante el silencio administrativo, reclamó a la Comisión de Transparencia. El Ayuntamiento alegó que el solicitante no era vecino, la petición era abusiva y afectaba datos privados. La Comisión estima parcialmente la reclamación, ordenando retrotraer el procedimiento para dar audiencia a la mercantil y luego conceder el acceso a la información, disociando datos personales de personas físicas.
Un concejal solicitó al Ayuntamiento de Alcocer copia telemática del expediente 49/2020. Alegó que la respuesta fue contradictoria al ofrecerle acceso presencial y telemático simultáneamente. El Consejo Regional de Transparencia y Buen Gobierno de Castilla-La Mancha desestimó la reclamación, considerando correcto el acceso presencial para garantizar la protección de datos personales.
Un concejal solicitó al Ayuntamiento de Alcocer copia del expediente sobre el cambio de nombre de una calle. El Consejo Regional de Transparencia y Buen Gobierno de Castilla-La Mancha desestima la reclamación, considerando que el acceso fue concedido presencialmente y que la entrega masiva de copias no es un derecho absoluto si afecta al funcionamiento administrativo.
Un concejal solicitó al Ayuntamiento de Alcacer el acceso telemático a expedientes de un periodo de 10 años. El Ayuntamiento ofreció acceso presencial alegando protección de datos y volumen excesivo de información. El Consejo Regional de Transparencia y Buen Gobierno de Castilla-La Mancha desestima la reclamación al considerar correcta la oferta de acceso presencial para garantizar la protección de datos.
Un concejal solicitó al Ayuntamiento de Alcocer el acceso telemático a expedientes administrativos de un periodo de 10 años. Alegó que la administración le obligaba a acudir presencialmente. El Consejo Regional de Transparencia y Buen Gobierno de Castilla-La Mancha desestimó la reclamación, considerando correcta la vía presencial para garantizar la protección de datos sensibles.
Un representante sindical solicitó al Ayuntamiento de Motril albaranes de transporte y fechas de registro de presupuestos sobre la compra de contenedores. El Ayuntamiento desestimó la solicitud por considerarla repetitiva. El Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía desestima la reclamación al considerar que el interesado ya fue informado de la inexistencia de dicha documentación.
La Asociación Eleuteria solicitó al Ministerio de Transportes información sobre inversiones y ayudas del Estado en Marruecos desde 2018. El Ministerio denegó la mayor parte alegando que requería un informe 'ad hoc'. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno estimó la reclamación porque la respuesta del Ministerio fue genérica, no era directa ni cumplía con el principio de accesibilidad.
Una persona física solicitó al Ayuntamiento de Viladecavalls acceso a diversos expedientes urbanísticos y de obras. El Ayuntamiento se negó alegando que un juzgado ya había considerado suficiente la documentación aportada en un proceso judicial. La GAIP estima la reclamación, determinando que el derecho de acceso a la información pública no requiere motivación ni depende de procesos judiciales.
Se solicitó al Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible información sobre el dinero inyectado por España en Marruecos desde 2018 y el desglose de empresas públicas con inversiones allí. El Consejo de Transparencia estimó la reclamación, al considerar que la remisión genérica a los Presupuestos Generales del Estado no satisfacía el derecho de acceso ni el principio de accesibilidad, a diferencia de otras administraciones.
D. XXX solicitó al Ayuntamiento de Membribe de la Sierra el acta del último pleno municipal. Ante la denegación presunta por silencio administrativo, interpuso una reclamación. El Ayuntamiento alegó que la solicitud era repetitiva o abusiva y que la publicidad de las sesiones ya garantizaba el acceso. La Comisión de Transparencia de Castilla y León estima la reclamación, ordenando al Ayuntamiento facilitar el acta, al considerar que la información es pública y no concurren causas de inadmisión.
D.ª XXX solicitó al Ayuntamiento de Vertavillo actas de plenos (2006-2010 y luego 2006-2021), licencias de obras y licitaciones. El Ayuntamiento denegó las solicitudes alegando falta de interés legítimo, desistimiento tácito y carácter repetitivo/abusivo. La Comisión de Transparencia estima parcialmente la reclamación, rechazando los argumentos municipales y ordenando facilitar las actas de plenos y requerir concreción para la información sobre urbanismo y licitaciones.
El solicitante pidió al Ministerio de Hacienda documentos sobre depósitos en presunción de abandono (2022-2023) anonimizados. Reclama que la administración incluyó la eliminación del DNI, argumentando que el Consejo no lo había excluido explícitamente. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno desestima la reclamación al considerar que el DNI es un dato personal que impide la anonimización.
El reclamante solicitó a CRTVE S.A. el presupuesto desglosado de un programa, indemnizaciones por cancelación y sueldos de presentador/colaboradores. CRTVE concedió el importe total y la inexistencia de indemnización, denegando el resto por confidencialidad e intereses comerciales. El Consejo desestima la reclamación, al considerar que la información ya proporcionada es suficiente para la fiscalización pública, y el desglose de retribuciones individuales en contratos mercantiles no es esencial para los fines de la LTAIBG.
El reclamante solicitó al Ministerio de Hacienda documentos sobre depósitos abandonados de 2022-2023, excluyendo nombres y cuentas, pero incluyendo el DNI. El Consejo de Transparencia desestimó la reclamación, argumentando que el DNI es un dato personal que debe ser excluido para garantizar la anonimización y la protección de datos, conforme a una resolución previa del propio Consejo.
El ciudadano solicitó a la Consejería de Educación, Cultura y Deportes de Castilla-La Mancha copias de expedientes y actas de la Comisión Provincial de Patrimonio sobre un quiosco en Pastrana (2007-2013). Tras alegar la administración que no conocía la solicitud por no usar el portal específico, finalmente remitió la información. El Consejo Regional de Transparencia y Buen Gobierno de CLM decide archivar la reclamación.
El reclamante solicitó las actas de las reuniones del consejo de administración de la Autoridad Portuaria de Cartagena desde 2016. La administración inadmitió la solicitud alegando abuso de derecho y aplicó límites de confidencialidad. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno estima la reclamación, instando a la entrega de la documentación permitiendo la supresión de datos protegidos.
Una persona física solicitó al Departament d'Educació i Formació Professional de la Generalitat de Catalunya documentación sobre plazas adjudicadas por entrevista. El organismo alegó abuso de derecho por reiteración. La GAIP resuelve estimar parcialmente la solicitud, obligando a entregar actas y comunicaciones, pero denegando hojas de valoración y convocatorias ya facilitadas.
El Consejo de Transparencia estimó la reclamación contra la Autoridad Portuaria de Cartagena por denegar el acceso a las actas de su consejo de administración (2016-2023). La APC alegó abuso de derecho e invocó límites por procesos judiciales e intereses económicos. El Consejo rechazó el abuso y recordó que los límites deben ser justificados, proporcionales y permitir el acceso parcial, instando a la entrega de la información solicitada.
Se solicitó al Ayuntamiento de Santa Olalla copia de documentos de un expediente, copias auténticas de informes y la inclusión de documentos en el expediente electrónico. El Consejo Regional de Transparencia y Buen Gobierno de Castilla-La Mancha desestima la reclamación porque el interesado ya posee la información, las copias auténticas no son acceso a información pública y la gestión de expedientes excede sus competencias.
Un ciudadano solicitó al Servicio Extremeño de Salud analíticas de agua potable de San Jorge de Alor (Olivenza) para un periodo. Ante la falta de respuesta, reclamó. El SES alegó no poseer la información directamente, que era del operador y accesible vía SINAC, y que la petición no estaba motivada y era excesiva. El Consejo estima la reclamación, indicando que el SES no justificó la inadmisión ni los límites, y que el derecho de acceso no requiere motivación, siendo la información de interés público.
El reclamante solicitó al Ministerio del Interior el número y ubicación de cadáveres hallados en las costas de Baleares entre 2014 y 2024. El Ministerio denegó la información detallada alegando que supondría una reelaboración excesiva y que la solicitud era abusiva. El Consejo de Transparencia desestima la reclamación, considerando que la información ya publicada en la web del CNDES es suficiente.
El interesado solicitó informes técnicos y comunicaciones a la Autoridad Portuaria de Santander. La administración concedió acceso parcial alegando que parte de la información es auxiliar o abusiva. El interesado presentó una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, pero el organismo decidió la inadmisión de la misma por haber sido presentada de forma extemporánea.
Se solicitó al Ministerio del Interior el número total y ubicación detallada de levantamientos de cadáveres en costas de Baleares (2014-2024). El Consejo de Transparencia desestimó la reclamación, confirmando la denegación del Ministerio. La decisión se basó en que la información requeriría una "reelaboración" desproporcionada al estar dispersa en juzgados, y que el Ministerio ya ofrecía datos estadísticos generales, considerando la petición un "informe ad hoc" fuera del derecho de acceso.
Un ciudadano solicitó a la Autoridad Portuaria de Santander informes técnicos y comunicaciones internas relacionadas con su persona y actividad. La Autoridad Portuaria denegó parcialmente el acceso. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno inadmite la reclamación del solicitante por haber sido presentada fuera del plazo legal de un mes, según el artículo 24.2 de la LTAIBG.
Se solicitó a la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural de la JCCM información sobre la identidad de quienes modificaron cuantías y disposiciones de ayudas a la agricultura ecológica y documentos justificativos. El Consejo Regional de Transparencia y Buen Gobierno de Castilla-La Mancha desestima la solicitud por considerarla reiterativa y repetitiva.
D. XXX solicitó a la Junta Vecinal de Villabuena-San Clemente copia de apuntes contables, inventario de bienes, estado de cuentas bancarias y relación de gastos e ingresos de 2019-2023. La Junta denegó la petición alegando carácter abusivo y necesidad de reelaboración. La Comisión de Transparencia de Castilla y León estima parcialmente la reclamación, ordenando facilitar el acceso a los extractos de las cuentas bancarias de la Junta Vecinal.
Un ciudadano solicitó a la Consejería de Gestión Forestal y Medio Rural de la Junta de Extremadura acceso a un expediente y documentación de actuaciones previas relacionadas con denuncias sobre una nave municipal. La administración denegó la solicitud por considerarla repetitiva. El Consejo de Transparencia estima la reclamación, argumentando que el derecho de acceso no se limita a expedientes sancionadores y que existe interés público en fiscalizar el archivo de denuncias, concediendo el acceso previa disociación de datos personales.
El reclamante solicitó al Departamento de Seguridad del Gobierno Vasco acceso a la Orden de servicio nº 38 y a un informe policial. El Departamento inadmitió la solicitud por considerarla repetitiva o abusiva. La Comisión Vasca de Acceso a la Información Pública desestima la reclamación, rechazando la inadmisión por repetitiva, pero denegando la Orden de Servicio por seguridad pública y el informe por ser interno y auxiliar.
La reclamante solicitó a la Autoridad Portuaria de Cartagena información sobre policías portuarios (número, coste, nombres, informes de temporalidad y contratos). La Autoridad denegó el acceso alegando seguridad, protección de datos, inexistencia de informes y carácter abusivo de la solicitud. El Consejo de Transparencia estima parcialmente la reclamación, concediendo el acceso al número y coste de los policías, pero denegando los nombres, informes no existentes y contratos laborales por protección de datos y no ser información elaborada.
Una persona física solicitó al Departament d'Educació de la Generalitat de Catalunya información anonimizada sobre procesos de selección por entrevista en Girona. El Departamento inadmitió la solicitud alegando abuso de derecho y carga desproporcionada. La GAIP estima la reclamación, obligando a entregar la información en un plazo de seis meses.
El reclamante solicitó al Ayuntamiento de Cáceres información sobre subvenciones de deporte base y directas nominativas a una entidad deportiva. Ante la falta de respuesta inicial, interpuso reclamación. El Ayuntamiento alegó haber concedido acceso parcial, omitiendo datos de menores. El Consejo estima formalmente la reclamación por la respuesta extemporánea del Ayuntamiento, pero desestima la pretensión de acceder a los datos personales protegidos de menores, confirmando el acceso parcial.
Una asociación solicitó al Ayuntamiento de Polanco información detallada sobre la gestión de colonias felinas, presupuestos, contratos y protocolos. El Ayuntamiento proporcionó parte de la información y alegó reiteración de solicitudes. El Consejo desestimó la reclamación al considerar que la administración ya había satisfecho suficientemente el derecho de acceso a la información solicitada, sin necesidad de valorar otras alegaciones.
El reclamante solicitó al Ayuntamiento de Lloseta acceso a la copia auténtica digitalizada de un examen de oposición. El Ayuntamiento alegó haberla proporcionado previamente. El reclamante argumentó que la solicitud actual era para el examen original sin correcciones, diferente a una petición anterior. El Consejo desestima la reclamación al considerar que ambas solicitudes son coincidentes y la segunda es repetitiva, conforme al artículo 18.1 LTAIBG y el criterio CI/003/2016.
El reclamante solicitó al Ministerio de Sanidad un listado de precios de medicamentos pactados por el SNS. El Ministerio inadmitió la solicitud por su carácter abusivo y la complejidad de gestión. El CTBG desestimó la reclamación, reconduciendo la inadmisión a la necesidad de una reelaboración desproporcionada de la información (Art. 18.1.c LTAIBG), dada la complejidad y el volumen de datos, sin entrar a valorar la confidencialidad.
El reclamante solicitó al Ayuntamiento de Villamanrique de la Condesa la identificación del empleado público encargado de tramitar una solicitud previa. El Ayuntamiento inadmitió la petición alegando que no era información pública, que era repetitiva y abusiva. El Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía estima la reclamación y ordena facilitar la información.
Se solicitó al Ayuntamiento de Villamanrique de la Condesa la identificación del empleado público responsable de tramitar una solicitud específica. El Ayuntamiento inadmitió la petición alegando que no era información pública, que era repetitiva y abusiva. El Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía estimó la reclamación y ordenó facilitar la información.
El reclamante solicitó a la Policía Nacional la identificación de una agente, el origen de sus datos personales y el número de expediente por una llamada sobre publicaciones en redes sociales. La administración no respondió inicialmente y luego inadmitió la solicitud. El Consejo estima formalmente la reclamación por la falta de respuesta en plazo, aunque aclara que la solicitud no encaja como información pública sino como una queja.
El solicitante pidió a la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía información sobre actividades investigadoras de responsabilidad disciplinaria de empleados. La entidad inadmitió la solicitud por considerarla repetitiva. El Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía termina el procedimiento por desaparición del objeto, ya que la entidad revocó su decisión y facilitó la información.
Se solicitó al Ayuntamiento de San Roque el expediente íntegro de la Relación de Puestos de Trabajo (RPT) vigente. Tras un requerimiento de acotación, el solicitante limitó la petición a la última actualización. El Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía estima la reclamación al no existir causas legales de inadmisión ni límites que justifiquen la denegación.
El reclamante solicitó al Ayuntamiento de Madrid información sobre su relación laboral y comunicaciones en el Complejo Deportivo de Moratalaz. El Distrito alegó que se trataba de comunicaciones internas y una petición abusiva. El Consejo de Transparencia y Participación de la Comunidad de Madrid desestimó la reclamación, declarándose incompetente al tratarse de datos personales, cuya tutela corresponde a la AEPD.
El reclamante solicitó al Ayuntamiento de Madrid acceso a su información laboral y personal. La administración alegó que se trataba de comunicaciones internas y una petición abusiva, inadmitiéndola. El Consejo de Transparencia y Protección Datos de la Comunidad de Madrid desestimó la reclamación por falta de competencia, al tratarse de datos personales que corresponden tramitar bajo la normativa de protección de datos ante la AEPD.
El reclamante solicitó al Director del Complejo Deportivo Municipal de Moratalaz (Ayuntamiento de Madrid) información sobre su relación laboral y comunicaciones internas. La administración alegó que la petición correspondía a comunicaciones internas y era abusiva, inadmitiéndola. El Consejo de Transparencia y Participación de la Comunidad de Madrid desestimó la reclamación, declarándose incompetente al tratarse de un ejercicio de derechos de acceso a datos personales, competencia exclusiva de la AEPD.
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