Causas que permiten inadmitir a trámite una solicitud de acceso a información pública.
Un representante sindical solicitó al Ayuntamiento de Motril albaranes de transporte y fechas de registro de presupuestos sobre la compra de contenedores. El Ayuntamiento desestimó la solicitud por considerarla repetitiva. El Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía desestima la reclamación al considerar que el interesado ya fue informado de la inexistencia de dicha documentación.
Una persona física solicitó al Ayuntamiento de Viladecavalls acceso a diversos expedientes urbanísticos y de obras. El Ayuntamiento se negó alegando que un juzgado ya había considerado suficiente la documentación aportada en un proceso judicial. La GAIP estima la reclamación, determinando que el derecho de acceso a la información pública no requiere motivación ni depende de procesos judiciales.
Se solicitó al Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible información sobre el dinero inyectado por España en Marruecos desde 2018 y el desglose de empresas públicas con inversiones allí. El Consejo de Transparencia estimó la reclamación, al considerar que la remisión genérica a los Presupuestos Generales del Estado no satisfacía el derecho de acceso ni el principio de accesibilidad, a diferencia de otras administraciones.
D. XXX solicitó al Ayuntamiento de Membribe de la Sierra el acta del último pleno municipal. Ante la denegación presunta por silencio administrativo, interpuso una reclamación. El Ayuntamiento alegó que la solicitud era repetitiva o abusiva y que la publicidad de las sesiones ya garantizaba el acceso. La Comisión de Transparencia de Castilla y León estima la reclamación, ordenando al Ayuntamiento facilitar el acta, al considerar que la información es pública y no concurren causas de inadmisión.
D.ª XXX solicitó al Ayuntamiento de Vertavillo actas de plenos (2006-2010 y luego 2006-2021), licencias de obras y licitaciones. El Ayuntamiento denegó las solicitudes alegando falta de interés legítimo, desistimiento tácito y carácter repetitivo/abusivo. La Comisión de Transparencia estima parcialmente la reclamación, rechazando los argumentos municipales y ordenando facilitar las actas de plenos y requerir concreción para la información sobre urbanismo y licitaciones.
El reclamante solicitó a CRTVE S.A. el presupuesto desglosado de un programa, indemnizaciones por cancelación y sueldos de presentador/colaboradores. CRTVE concedió el importe total y la inexistencia de indemnización, denegando el resto por confidencialidad e intereses comerciales. El Consejo desestima la reclamación, al considerar que la información ya proporcionada es suficiente para la fiscalización pública, y el desglose de retribuciones individuales en contratos mercantiles no es esencial para los fines de la LTAIBG.
El reclamante solicitó al Ministerio de Hacienda documentos sobre depósitos abandonados de 2022-2023, excluyendo nombres y cuentas, pero incluyendo el DNI. El Consejo de Transparencia desestimó la reclamación, argumentando que el DNI es un dato personal que debe ser excluido para garantizar la anonimización y la protección de datos, conforme a una resolución previa del propio Consejo.
El ciudadano solicitó a la Consejería de Educación, Cultura y Deportes de Castilla-La Mancha copias de expedientes y actas de la Comisión Provincial de Patrimonio sobre un quiosco en Pastrana (2007-2013). Tras alegar la administración que no conocía la solicitud por no usar el portal específico, finalmente remitió la información. El Consejo Regional de Transparencia y Buen Gobierno de CLM decide archivar la reclamación.
Una persona física solicitó al Departament d'Educació i Formació Professional de la Generalitat de Catalunya documentación sobre plazas adjudicadas por entrevista. El organismo alegó abuso de derecho por reiteración. La GAIP resuelve estimar parcialmente la solicitud, obligando a entregar actas y comunicaciones, pero denegando hojas de valoración y convocatorias ya facilitadas.
El Consejo de Transparencia estimó la reclamación contra la Autoridad Portuaria de Cartagena por denegar el acceso a las actas de su consejo de administración (2016-2023). La APC alegó abuso de derecho e invocó límites por procesos judiciales e intereses económicos. El Consejo rechazó el abuso y recordó que los límites deben ser justificados, proporcionales y permitir el acceso parcial, instando a la entrega de la información solicitada.
Se solicitó al Ayuntamiento de Santa Olalla copia de documentos de un expediente, copias auténticas de informes y la inclusión de documentos en el expediente electrónico. El Consejo Regional de Transparencia y Buen Gobierno de Castilla-La Mancha desestima la reclamación porque el interesado ya posee la información, las copias auténticas no son acceso a información pública y la gestión de expedientes excede sus competencias.
Un ciudadano solicitó al Servicio Extremeño de Salud analíticas de agua potable de San Jorge de Alor (Olivenza) para un periodo. Ante la falta de respuesta, reclamó. El SES alegó no poseer la información directamente, que era del operador y accesible vía SINAC, y que la petición no estaba motivada y era excesiva. El Consejo estima la reclamación, indicando que el SES no justificó la inadmisión ni los límites, y que el derecho de acceso no requiere motivación, siendo la información de interés público.
Se solicitó al Ministerio del Interior el número total y ubicación detallada de levantamientos de cadáveres en costas de Baleares (2014-2024). El Consejo de Transparencia desestimó la reclamación, confirmando la denegación del Ministerio. La decisión se basó en que la información requeriría una "reelaboración" desproporcionada al estar dispersa en juzgados, y que el Ministerio ya ofrecía datos estadísticos generales, considerando la petición un "informe ad hoc" fuera del derecho de acceso.
Un ciudadano solicitó a la Autoridad Portuaria de Santander informes técnicos y comunicaciones internas relacionadas con su persona y actividad. La Autoridad Portuaria denegó parcialmente el acceso. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno inadmite la reclamación del solicitante por haber sido presentada fuera del plazo legal de un mes, según el artículo 24.2 de la LTAIBG.
Se solicitó a la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural de la JCCM información sobre la identidad de quienes modificaron cuantías y disposiciones de ayudas a la agricultura ecológica y documentos justificativos. El Consejo Regional de Transparencia y Buen Gobierno de Castilla-La Mancha desestima la solicitud por considerarla reiterativa y repetitiva.
D. XXX solicitó a la Junta Vecinal de Villabuena-San Clemente copia de apuntes contables, inventario de bienes, estado de cuentas bancarias y relación de gastos e ingresos de 2019-2023. La Junta denegó la petición alegando carácter abusivo y necesidad de reelaboración. La Comisión de Transparencia de Castilla y León estima parcialmente la reclamación, ordenando facilitar el acceso a los extractos de las cuentas bancarias de la Junta Vecinal.
Un ciudadano solicitó a la Consejería de Gestión Forestal y Medio Rural de la Junta de Extremadura acceso a un expediente y documentación de actuaciones previas relacionadas con denuncias sobre una nave municipal. La administración denegó la solicitud por considerarla repetitiva. El Consejo de Transparencia estima la reclamación, argumentando que el derecho de acceso no se limita a expedientes sancionadores y que existe interés público en fiscalizar el archivo de denuncias, concediendo el acceso previa disociación de datos personales.
La reclamante solicitó a la Autoridad Portuaria de Cartagena información sobre policías portuarios (número, coste, nombres, informes de temporalidad y contratos). La Autoridad denegó el acceso alegando seguridad, protección de datos, inexistencia de informes y carácter abusivo de la solicitud. El Consejo de Transparencia estima parcialmente la reclamación, concediendo el acceso al número y coste de los policías, pero denegando los nombres, informes no existentes y contratos laborales por protección de datos y no ser información elaborada.
Una persona física solicitó al Departament d'Educació de la Generalitat de Catalunya información anonimizada sobre procesos de selección por entrevista en Girona. El Departamento inadmitió la solicitud alegando abuso de derecho y carga desproporcionada. La GAIP estima la reclamación, obligando a entregar la información en un plazo de seis meses.
El reclamante solicitó al Ayuntamiento de Cáceres información sobre subvenciones de deporte base y directas nominativas a una entidad deportiva. Ante la falta de respuesta inicial, interpuso reclamación. El Ayuntamiento alegó haber concedido acceso parcial, omitiendo datos de menores. El Consejo estima formalmente la reclamación por la respuesta extemporánea del Ayuntamiento, pero desestima la pretensión de acceder a los datos personales protegidos de menores, confirmando el acceso parcial.
Una asociación solicitó al Ayuntamiento de Polanco información detallada sobre la gestión de colonias felinas, presupuestos, contratos y protocolos. El Ayuntamiento proporcionó parte de la información y alegó reiteración de solicitudes. El Consejo desestimó la reclamación al considerar que la administración ya había satisfecho suficientemente el derecho de acceso a la información solicitada, sin necesidad de valorar otras alegaciones.
El reclamante solicitó al Ayuntamiento de Lloseta acceso a la copia auténtica digitalizada de un examen de oposición. El Ayuntamiento alegó haberla proporcionado previamente. El reclamante argumentó que la solicitud actual era para el examen original sin correcciones, diferente a una petición anterior. El Consejo desestima la reclamación al considerar que ambas solicitudes son coincidentes y la segunda es repetitiva, conforme al artículo 18.1 LTAIBG y el criterio CI/003/2016.
El reclamante solicitó al Ministerio de Sanidad un listado de precios de medicamentos pactados por el SNS. El Ministerio inadmitió la solicitud por su carácter abusivo y la complejidad de gestión. El CTBG desestimó la reclamación, reconduciendo la inadmisión a la necesidad de una reelaboración desproporcionada de la información (Art. 18.1.c LTAIBG), dada la complejidad y el volumen de datos, sin entrar a valorar la confidencialidad.
El reclamante solicitó al Ayuntamiento de Villamanrique de la Condesa la identificación del empleado público encargado de tramitar una solicitud previa. El Ayuntamiento inadmitió la petición alegando que no era información pública, que era repetitiva y abusiva. El Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía estima la reclamación y ordena facilitar la información.
Se solicitó al Ayuntamiento de Villamanrique de la Condesa la identificación del empleado público responsable de tramitar una solicitud específica. El Ayuntamiento inadmitió la petición alegando que no era información pública, que era repetitiva y abusiva. El Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía estimó la reclamación y ordenó facilitar la información.
El reclamante solicitó a la Policía Nacional la identificación de una agente, el origen de sus datos personales y el número de expediente por una llamada sobre publicaciones en redes sociales. La administración no respondió inicialmente y luego inadmitió la solicitud. El Consejo estima formalmente la reclamación por la falta de respuesta en plazo, aunque aclara que la solicitud no encaja como información pública sino como una queja.
El solicitante pidió a la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía información sobre actividades investigadoras de responsabilidad disciplinaria de empleados. La entidad inadmitió la solicitud por considerarla repetitiva. El Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía termina el procedimiento por desaparición del objeto, ya que la entidad revocó su decisión y facilitó la información.
Se solicitó al Ayuntamiento de San Roque el expediente íntegro de la Relación de Puestos de Trabajo (RPT) vigente. Tras un requerimiento de acotación, el solicitante limitó la petición a la última actualización. El Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía estima la reclamación al no existir causas legales de inadmisión ni límites que justifiquen la denegación.
El reclamante solicitó al Ayuntamiento de Madrid información sobre su relación laboral y comunicaciones en el Complejo Deportivo de Moratalaz. El Distrito alegó que se trataba de comunicaciones internas y una petición abusiva. El Consejo de Transparencia y Participación de la Comunidad de Madrid desestimó la reclamación, declarándose incompetente al tratarse de datos personales, cuya tutela corresponde a la AEPD.
El reclamante solicitó al Ayuntamiento de Madrid acceso a su información laboral y personal. La administración alegó que se trataba de comunicaciones internas y una petición abusiva, inadmitiéndola. El Consejo de Transparencia y Protección Datos de la Comunidad de Madrid desestimó la reclamación por falta de competencia, al tratarse de datos personales que corresponden tramitar bajo la normativa de protección de datos ante la AEPD.
El reclamante solicitó al Director del Complejo Deportivo Municipal de Moratalaz (Ayuntamiento de Madrid) información sobre su relación laboral y comunicaciones internas. La administración alegó que la petición correspondía a comunicaciones internas y era abusiva, inadmitiéndola. El Consejo de Transparencia y Participación de la Comunidad de Madrid desestimó la reclamación, declarándose incompetente al tratarse de un ejercicio de derechos de acceso a datos personales, competencia exclusiva de la AEPD.
El reclamante solicitó al Ministerio de Hacienda documentos de entidades financieras sobre depósitos y bienes abandonados de 2020 y 2021, excluyendo datos personales salvo el DNI. Ante la falta de respuesta, interpuso reclamación. El Ministerio denegó el acceso alegando reelaboración y carácter abusivo. El Consejo estima formalmente la reclamación por no responder en plazo, pero justifica la denegación de la información por reelaboración desproporcionada, dado que ya se facilitó información similar para 2022-2023 y el DNI también debe ser anonimizado.
El presidente de la Junta de Personal solicitó al Consorci Hospitalari Provincial de Castelló diversa información sobre personal funcionario, sanciones y estadísticas laborales. Tras alegar la administración que la información era genérica, ya pública o inexistente, el Consell Valencià de Transparència desestima la reclamación por falta de concreción y requerir reelaboración.
Se solicitó a la Universidad de Jaén los cuadernos de examen y plantillas de soluciones de convocatorias anteriores para auxiliar administrativo. La entidad denegó el acceso alegando que solo se facilitan a los aspirantes. El Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía estima la reclamación al considerar que son información pública y no concurren causas de inadmisión.
Una persona física solicitó a la Agència Catalana de l’Aigua (ACA) información sobre el riesgo de inundación y la autorización hidráulica de una finca. No se presentaron alegaciones, ya que la ACA había respondido favorablemente antes del plazo. La GAIP inadmitió la reclamación por considerarla un abuso de derecho, al omitir que la información ya había sido facilitada.
Se solicitó a la Consejería de Salud y Consumo un informe detallado y la resolución de un expediente de denuncia. Ante la falta de respuesta, el reclamante acudió al Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía. El organismo declara la terminación del procedimiento por desaparición sobrevenida del objeto, ya que la entidad finalmente concedió el acceso y entregó la información.
Un delegado de personal solicitó al Ministerio de Hacienda informes de masa salarial de ISDEFE (2022-2023) y observaciones (2023-2024). El Ministerio inadmitió la solicitud por considerarla información auxiliar (Art. 18.1.b LTAIBG). El Consejo de Transparencia estima la reclamación, al considerar que los informes son información pública relevante para la toma de decisiones administrativas, no meramente auxiliar.
La reclamante solicitó al Ministerio de Cultura el concepto detallado de las compras realizadas con el Bono Joven Cultural, incluyendo importe, entidad y fecha. El Ministerio denegó la información alegando que estaba en elaboración y que requeriría reelaboración. El Consejo de Transparencia desestima la reclamación, confirmando la denegación, al considerar que la información requeriría una compleja reelaboración manual de millones de documentos, lo cual es desproporcionado.
Se solicitó al Ayuntamiento de Azuqueca de Henares el acceso presencial a expedientes de contratos de defensa y representación judicial (2007-2015). El solicitante alegó que la información es de publicidad activa. El Consejo Regional de Transparencia y Buen Gobierno de Castilla-La Mancha desestimó la reclamación por ser reiterativa y requerir reelaboración de datos.
NOSSAYU, SL solicitó a IBERMUTUA documentación sobre un contrato de suministro de licencias. IBERMUTUA inadmitió la petición por considerarla repetitiva de una anterior ya denegada y recurrida judicialmente. La reclamante alegó que las solicitudes no eran idénticas y que la resolución previa no era firme. El Consejo de Transparencia estima la reclamación y ordena a IBERMUTUA admitir a trámite la solicitud, al considerar que la resolución anterior no había adquirido firmeza, requisito para la inadmisión por repetitiva.
Se solicitó al Ministerio de Defensa un listado de vuelos de aviones vinculados a este con origen/destino/escala en República Dominicana (2018-2024), incluyendo motivo y pasajeros (altos cargos del gobierno). Defensa inadmitió la solicitud por reiterativa (Art. 18.1.e LTAIBG), alegando que ya había respondido una petición similar. La reclamante argumentó que la nueva solicitud era más amplia. El Consejo desestima la reclamación, confirmando el carácter reiterativo para Defensa, ya que la solicitud original fue duplicada a otros ministerios para su respuesta.
El reclamante solicitó al Ministerio de Transportes informes y justificaciones sobre la no adjudicación y asignación de lotes en el proyecto de acceso a El Musel. El Ministerio inadmitió la petición alegando que era información auxiliar/interna y de carácter abusivo, y que la aclaración no era información pública. El Consejo desestima la reclamación, considerando que ya se ha proporcionado información pública suficiente y que el resto es auxiliar o no constituye información pública.
La comunidad de propietarios "XXX" solicitó al Ayuntamiento de Viana de Cega acceso a expedientes de licencias de obra y primera ocupación de su urbanización. El Ayuntamiento denegó la petición alegando protección de datos, volumen excesivo y abuso de derecho. La Comisión de Transparencia de Castilla y León estima la reclamación, ordenando el acceso previa disociación de datos personales, al considerar injustificadas las limitaciones.
Un ciudadano solicitó al Ministerio de Educación actas, listados de miembros (actuales e históricos), y gastos del Consejo Superior de Enseñanzas Artísticas, así como los motivos de incumplimiento de ciertas obligaciones. El Ministerio inadmitió las actas por repetitivas, remitió a BOE para miembros, y denegó gastos y motivos. El CTBG estima parcialmente la reclamación, ordenando al Ministerio facilitar las actas (con supresión de deliberaciones), los listados de miembros y los gastos desde la creación del Consejo, pero desestima la solicitud de los motivos de incumplimiento.
Una persona física solicitó al Ayuntamiento de Dosrius información sobre actividades de extracción de áridos. Tras alegar falta de respuesta, la Comisión de Garantía del Derecho de Acceso a la Información Pública (GAIP) decide inadmitir la reclamación por ser reiterativa, ya que el mismo objeto fue resuelto previamente en la Resolución 1054/2024.
Una entidad solicitó al Consell Insular de Mallorca el expediente administrativo de una subvención de 400.000€ al Ajuntament de Petra. La Administración alegó que la solicitud era repetitiva. El Consejo de Transparencia estima la reclamación por motivos formales, ya que la información fue entregada tardíamente, fuera del plazo legal y solo después de interponerse la reclamación, vulnerando el derecho de acceso en plazo.
Un solicitante pidió al Ministerio de Industria y Turismo diversa información sobre el Parador de Baiona (documentos, titularidad, contratos, estadísticas, datos financieros y un inventario de bienes). El Ministerio proporcionó parte de la información, denegó otra por no disponer de ella, requerir reelaboración o aplicar límites. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno estimó parcialmente la reclamación, desestimando las peticiones nuevas o sobre información inexistente, pero instando a entregar el inventario actualizado de bienes muebles y artísticos sin su localización física exacta.
El reclamante solicitó al Ministerio de Educación listados anonimizados de alumnos admitidos en centros de Ceuta y Melilla, incluyendo puntuaciones y otros datos. El Ministerio inadmitió la solicitud por repetitiva, alegando que ya había respondido a una anterior. El reclamante alegó que la información no había sido entregada. El Consejo estima la reclamación por motivos formales, ya que el Ministerio no respetó el plazo legal para entregar la información, aunque la facilitó tardíamente durante el proceso de reclamación.
El solicitante pidió al Ayuntamiento de Villamanrique de la Condesa informes jurídicos, la identidad de los empleados que tramitaron sus solicitudes y datos sobre investigaciones disciplinarias. El Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía estima parcialmente las reclamaciones, obligando a identificar a los empleados ya que no se acreditó abuso de derecho ni carácter repetitivo.
Un ciudadano solicitó al Ayuntamiento de Villamanrique de la Condesa la identificación del empleado público que tramitó una solicitud previa. El Ayuntamiento inadmitió la petición alegando abuso de derecho y carácter repetitivo. El Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía estima la reclamación y ordena facilitar la información al no acreditarse el abuso ni la identidad objetiva de las solicitudes.
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