Causas que permiten inadmitir a trámite una solicitud de acceso a información pública.
El ciudadano solicitó a la Consellería de Sanidade datos sobre las listas de espera del Hospital Povisa (2015-2019). La administración inadmitió la solicitud alegando reelaboración y carácter abusivo. La Comisión da Transparencia de Galicia estima la reclamación porque la administración no motivó debidamente dichas causas y el Sergas debe disponer de esos datos por el contrato con el hospital.
El reclamante solicitó al Ayuntamiento de Guadalajara copia de los expedientes urbanísticos resueltos en 2019 (o sus informes y resoluciones). Ante la falta de respuesta, presentó reclamación. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno desestima la reclamación por considerar que la solicitud es abusiva, al ser genérica, masiva y requerir un esfuerzo que paralizaría la gestión municipal.
El reclamante solicitó al Ayuntamiento de Azuqueca de Henares la copia digital de tres expedientes de contratación de representación letrada. El Ayuntamiento alegó que la información ya había sido facilitada y que las peticiones eran repetitivas. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno desestimó la reclamación al considerar que la solicitud es manifiestamente repetitiva.
El solicitante pidió al Ministerio de Defensa las preguntas del examen de contabilidad de 2019 para el Cuerpo de Intervención de Defensa. Alegó que la administración inadmitió su solicitud de forma arbitraria. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno desestima la reclamación por considerar que la solicitud es abusiva y no se ajusta a la finalidad de la ley.
La reclamante solicitó retribuciones, titulaciones y funciones del personal directivo y de jefatura de la Autoridad Portuaria de Sta. Cruz de Tenerife. La administración denegó parte de la información alegando carácter abusivo de la solicitud y protección de datos. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno estima parcialmente la reclamación, ordenando facilitar la información del Jefe de Área de Desarrollo Operativo.
El ciudadano solicitó a la Agencia EFE el número de colaboradores nacionales e internacionales de 2017 a 2019. La administración denegó los datos de 2017 y 2018 alegando inexistencia y necesidad de reelaboración. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno desestima la reclamación considerando que la solicitud es repetitiva y que la información no existe.
El ciudadano solicitó al Ministerio del Interior información sobre actuaciones policiales y la existencia de un atestado en una dirección concreta de Madrid. El Ministerio inadmitió la solicitud por considerarla abusiva. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno desestima la reclamación al considerar que la petición no se ajusta a la finalidad de la ley, pues busca acreditar hechos particulares.
El solicitante pidió al Ministerio del Interior información sobre quién ordenó el cambio de aplicativos estadísticos de la DGT y detalles técnicos de los sistemas informáticos. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno desestima la reclamación porque la información solicitada no existe (no hay resolución o informe del cambio) o ya fue proporcionada en resoluciones previas.
El reclamante solicitó al Ayuntamiento de Ámbito copias digitales de expedientes urbanísticos y de disciplina urbanística desde 2010. El Ayuntamiento denegó el acceso alegando que la petición era abusiva y requería una reelaboración excesiva. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno desestima la reclamación al considerar que la solicitud constituye un abuso de derecho.
El reclamante solicitó al Ayuntamiento de Pastrana copias digitales de expedientes urbanísticos, de disciplina urbanística y de acciones públicas desde 2010. Ante la falta de respuesta, recurrió ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno. El Consejo desestimó la reclamación por considerar que la solicitud es abusiva, al ser genérica, indeterminada y requerir un esfuerzo desproporcionado.
El reclamante solicitó al Ayuntamiento de Illescas copia digital de todos los contratos de obras y servicios (incluidos menores) desde 2010. La administración alegó que la petición era abusiva por el volumen de datos y la necesidad de anonimización. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno desestima la reclamación al considerar que la solicitud es abusiva y carece de finalidad de transparencia.
El reclamante solicitó al Ayuntamiento de Almonacid de Zorita copias digitales de expedientes urbanísticos, de disciplina urbanística y de acciones públicas desde 2010. Ante la falta de respuesta, presentó reclamación. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno desestimó la reclamación por considerar que la solicitud es abusiva (art. 18.1.e LTAIBG), al ser genérica y desproporcionada.
El reclamante solicitó al Ayuntamiento de Albalate de Zorita copias digitales de expedientes urbanísticos, de disciplina urbanística y acciones públicas desde 2010. Ante la falta de respuesta, interpuso reclamación. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno desestima la reclamación por considerar que la solicitud es abusiva, al ser genérica, masiva y requerir una carga de trabajo desproporcionada.
El reclamante solicitó al Ayuntamiento de Illana copias digitales de diversos expedientes urbanísticos, de disciplina urbanística y de acciones públicas desde 2010. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno desestima la reclamación al considerar que la solicitud es abusiva, al ser excesivamente genérica y requerir un esfuerzo desproporcionado que paralizaría la gestión municipal.
El reclamante solicitó al Ayuntamiento de Mondéjar copias digitales de expedientes urbanísticos, de disciplina urbanística y de acciones públicas desde 2010, específicamente aquellos donde intervinieran técnicos no funcionarios. Ante la falta de respuesta, el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno desestima la reclamación al considerar la solicitud abusiva por su carácter genérico y desproporcionado.
El interesado solicitó al Ayuntamiento de Hontoba una relación de actos comunicados y no comunicados a autoridades superiores, así como expedientes urbanísticos con informes de arquitectos no funcionarios desde 2007. Ante la falta de respuesta, el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno desestima la reclamación al considerar que la solicitud es abusiva y requiere una reelaboración excesiva.
El interesado solicitó al Ayuntamiento de Lardero copias digitales de diversos expedientes urbanísticos e inspecciones desde 2010 realizados por no funcionarios. Ante la falta de respuesta, reclamó ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno. El Consejo desestimó la reclamación por considerar que la solicitud es abusiva según el art. 18.1 e) de la Ley 19/2013.
El reclamante solicitó un listado en Excel de las viviendas turísticas autorizadas en Madrid. La Comunidad de Madrid inadmitió la solicitud alegando que era una petición genérica y abusiva (art. 18.1.e). El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno estimó la reclamación al considerar que la solicitud es concreta, está delimitada geográficamente y no constituye un ejercicio abusivo del derecho.
El reclamante solicitó al Ayuntamiento de Boadilla del Monte copias de todos los expedientes urbanísticos resueltos en 2019, incluyendo informes técnicos y jurídicos. La administración denegó el acceso alegando que la petición era abusiva por su volumen. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno desestimó la reclamación al confirmar que la solicitud es abusiva y supone una carga desproporcionada.
El Consorcio se encuentra dentro del ámbito de los sujetos obligados por la Ley 8/2015, de acuerdo con lo dispuesto en su artículo 4.1.e) y, por tanto, con la consideración de Administración pública aragonesa a los efectos de lo previsto en la Ley 8/2015 (artículo 4.3). Tan importante como atender las solicitudes de información pública en forma y plazo es hacerlo con claridad y sencillez. La solicitante en ejercicio del derecho de acceso reconocido en el artículo 12 de la Ley 19/2013 no debe acreditar, justificar o motivar la condición de interesada. Regimen jurídico aplicable y ponderación de protección de datos personales. Transparencia de los procesos de provisión de puestos de trabajo en el sector público, incluido el personal laboral. La RPT o documento equivalente del Consorcio constituye una obligación de publicidad activa. No concurren las causas de inadmisión relativas a ser información auxiliar o de apoyo, la de la necesidad de reelaboración y el carácter abusivo y/o repetitivo. Tampoco los límites previstos en los artículos 14, letras a) la seguridad nacional y d) la seguridad pública. Análisis de la concurrencia del límite derivado de la protección de datos de carácter personal. Acceso a las actas del procedimiento. Estimación parcial.
Una ciudadana solicitó al Ayuntamiento de Ferreruela de Huerva información sobre costes y retribuciones del puesto de Secretaria Municipal y gastos en contabilidad externa. El Ayuntamiento inadmitió la solicitud alegando que la información estaba en los presupuestos publicados y que la solicitante no era interesada. El Consejo de Transparencia de Aragón estima la reclamación y reconoce el derecho de acceso.
El reclamante solicitó al Ayuntamiento de Illescas copias digitales de expedientes urbanísticos, de disciplina urbanística y de acciones públicas desde 2010, con el fin de verificar si los informes técnicos fueron realizados por personal no funcionario. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno desestimó la reclamación al considerar que la solicitud es abusiva y carece de finalidad de transparencia.
El interesado solicitó al Ayuntamiento de Villanueva de la Torre copias digitales de expedientes urbanísticos y de disciplina urbanística desde 2010. La administración inadmitió la solicitud alegando carácter abusivo por la carga de trabajo que supondría. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno desestima la reclamación al considerar que la solicitud es abusiva y requiere un esfuerzo desproporcionado.
La reclamante solicitó información sobre Puntos de Atención Continuada y urgencias en Ciudad Real al SESCAM. Tras recibir respuesta a la primera solicitud, presentó una nueva reiterando preguntas ya contestadas. El SESCAM inadmitió la segunda solicitud por abusiva y el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno desestimó la reclamación por considerarla manifiestamente repetitiva.
El reclamante solicitó al Ayuntamiento de Seseña copias digitales de expedientes urbanísticos y de disciplina urbanística desde 2010. La administración denegó el acceso alegando que la petición era excesiva y paralizaría su gestión. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno desestima la reclamación por considerar que la solicitud constituye un ejercicio abusivo del derecho.
El interesado solicitó al Ayuntamiento de Valdeaveruelo copias digitales de expedientes urbanísticos y de disciplina urbanística desde 2010. La administración inadmitió la solicitud alegando que era abusiva y supondría una carga excesiva. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno desestima la reclamación al confirmar que la solicitud constituye un abuso de derecho por su impacto en la gestión.
El reclamante solicitó al Ayuntamiento de Paracuellos del Jarama copias digitales de diversos expedientes urbanísticos e inspecciones desde 2010. La administración denegó el acceso alegando que la solicitud era desproporcionada y abusiva. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno desestimó la reclamación al confirmar que la solicitud tiene un carácter abusivo e injustificado.
El reclamante solicitó al Ayuntamiento de Azuqueca de Henares copias de los expedientes urbanísticos resueltos en 2019. El Ayuntamiento inadmitió la solicitud alegando necesidad de reelaboración y carácter abusivo. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno desestima la reclamación al considerar que la petición requiere una labor de preparación excesiva y que incurre en un ejercicio abusivo del derecho.
El reclamante solicitó al Ayuntamiento de Villamediana de Iregua copias digitales de expedientes urbanísticos, de disciplina urbanística y de acciones públicas desde 2010. La administración inadmitió las solicitudes por ser repetitivas y abusivas. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno desestima la reclamación al confirmar que las peticiones constituyen un ejercicio abusivo del derecho.
El reclamante solicitó al Ayuntamiento de Marchamalo expedientes de contratación de defensa jurídica desde 2011 y documentación urbanística. El Ayuntamiento inadmitió las solicitudes por considerarlas abusivas. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno desestima la reclamación, validando la inadmisión por considerar que las peticiones suponen un abuso de derecho y una carga desproporcionada.
El reclamante solicitó al Ayuntamiento de Paracuellos del Jarama la identidad de un funcionario municipal. Tras no recibir respuesta, interpuso reclamación ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno. El Consejo desestima la reclamación por considerar que la solicitud es manifiestamente repetitiva, al haber sido denegada previamente una petición idéntica con firmeza.
El reclamante solicitó documentación técnica (memorias y aprobaciones) de diversos expedientes urbanísticos al Ayuntamiento de Gozón. La administración inadmitió la solicitud alegando abuso de derecho, falta de finalidad legítima y riesgo para la privacidad de un cargo local. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno estimó la reclamación al considerar que es información pública.
Un regidor solicitó al Ayuntamiento de Cabrils el acceso a los decretos de alcaldía. Tras una estimación parcial y alegaciones sobre la abusividad de la solicitud, el Consejo de Garantía del Derecho de Acceso a la Información Pública (GAIP) finaliza el procedimiento mediante un acuerdo de mediación satisfactorio para el reclamante.
El reclamante solicitó información detallada sobre puestos de trabajo en la delegación de Albacete de CMM (periodo 2015) basándose en la Ley 4/2011. La administración alegó que dicha ley no le era aplicable y que la solicitud era abusiva. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno estimó parcialmente la reclamación, obligando a la entrega de datos sobre provisión, complementos y requisitos.
La reclamante solicitó información sobre colaboradores externos de RTVM, sus criterios de selección, la función de servicio público de la cadena y su línea editorial. RTVM alegó que la solicitud era abusiva, repetitiva y requería reelaboración. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno estimó parcialmente la reclamación, ordenando entregar los datos de colaboradores pero desestimando el resto.
El reclamante solicitó al Ayuntamiento de Gozón una relación de expedientes urbanísticos derivados de informes de asistencia técnica. La administración inadmitió la solicitud alegando que eran informes auxiliares, que la petición buscaba un pronunciamiento y que era abusiva. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno estimó la reclamación al considerar que la información es pública.
El reclamante solicitó al Ayuntamiento de Azuqueca de Henares copias digitales de los expedientes de contratación de abogado y procurador desde 2007. La administración inadmitió la solicitud alegando necesidad de reelaboración. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno estimó parcialmente la reclamación, instando al acceso a la información desde 2015, cuando existe gestión electrónica.
La reclamante solicitó a Radio Televisión Madrid la declaración de bienes del Presidente de su Consejo y el documento que le delega funciones ejecutivas de transparencia. La administración inadmitió la solicitud alegando abuso de derecho por la alta frecuencia de peticiones de la interesada. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno estimó la reclamación al considerar que la información es pública.
El reclamante solicitó copia electrónica de un expediente urbanístico al Ayuntamiento de Gozón. La administración inadmitió la solicitud alegando abuso de derecho, falta de finalidad legítima y posible vulneración de la intimidad de terceros. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno estimó la reclamación por ser información pública y ordenó al Ayuntamiento facilitar los documentos.
El ciudadano solicitó al Ministerio de Igualdad los informes de expertos y autoridades sanitarias que justificaron la celebración de las manifestaciones del 8-M. El Ministerio inadmitió la solicitud alegando que era información auxiliar y abusiva. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno estima la reclamación, instando al Ministerio a entregar la información.
El interesado solicitó a la Confederación Hidrográfica del Tajo expedientes sancionadores y actas de audiencia. Tras una resolución previa del CTBG que obligaba a entregar la información, el ciudadano reclama que la respuesta es insuficiente. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno desestima la reclamación al considerar que la información ya fue facilitada y que las responsabilidades individuales deben dirimirse judicialmente.
El reclamante solicitó información a la Autoridad Portuaria de Santander sobre la concesión de atraques y la ubicación de un pantalán flotante. Alegó la falta de respuesta en plazo. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno estimó la reclamación por motivos formales, al constatar que la administración notificó la respuesta fuera del plazo máximo legal establecido por la Ley 19/2013.
La reclamante solicitó a la Universidad de Sevilla copias de grabaciones de reuniones del Consejo de Departamento y un dato sobre tratamiento de datos. La Universidad denegó el acceso alegando que las grabaciones son material auxiliar para elaborar actas y que la petición de datos es abusiva. El Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía inadmitió la reclamación por aplicar la causa de información auxiliar o de apoyo y la de solicitud abusiva.
El ciudadano solicitó a la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (IDEA) el expediente de una subvención concreta. La administración inadmitió la solicitud alegando desistimiento tras un requerimiento de subsanación no notificado. El Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía estima la reclamación al considerar que la solicitud estaba suficientemente identificada y no se acreditó la notificación del requerimiento.
El reclamante solicitó al Ayuntamiento de Illescas copias de los expedientes urbanísticos y sus informes técnicos y jurídicos resueltos en 2019. El Ayuntamiento inadmitió la solicitud alegando carácter abusivo y repetitivo. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno desestima la reclamación al confirmar que la petición es abusiva y carece de la finalidad de transparencia exigida por la Ley.
El ciudadano solicitó información sobre obras urbanas en Gérgal a la Diputación Provincial de Almería. Tras recibir documentación que consideró incompleta y solicitar audiencia con el presidente, reclamó ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía. El Consejo inadmitió la reclamación por extemporaneidad y por solicitar una acción administrativa ajena al derecho de acceso.
ACODAP solicitó al Ayuntamiento de Marchamalo copias digitales de expedientes de contratación de varios puestos de trabajo. La administración inadmitió la solicitud alegando que era abusiva, excesiva y requería reelaboración de datos. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno desestimó la reclamación al confirmar que la solicitud incurre en abuso de derecho por su carácter excesivo.
El reclamante solicitó copias digitales de expedientes urbanísticos, de disciplina urbanística y acciones públicas desde 2010 al Ayuntamiento de Ezcaray. Ante la falta de respuesta, interpuso reclamación. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno desestimó la reclamación por considerar que la solicitud es abusiva (art. 18.1 e) LTAIBG), al ser genérica, masiva y paralizar la gestión municipal.
El reclamante solicitó las actas de las reuniones del departamento Científico-Tecnológico del CEPA Río Sorbe de mayo y junio de 2018. La administración alegó que ya había entregado la información y que las solicitudes del interesado eran abusivas. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno estimó la reclamación al constatar que la documentación entregada era ilegible.
El interesado solicitó al Ministerio del Interior la relación nominativa de policías condecorados en 2018 y 2019. La administración inadmitió la solicitud por considerarla abusiva y alegando protección de datos. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno estima la reclamación, considerando que la información es pública, tiene trascendencia presupuestaria y permite el control de la actuación pública.
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