Límites que la administración puede invocar para denegar el acceso a información pública.
Un ciudadano solicitó a la Consejería de Salud y Familias de la Junta de Andalucía los expedientes de registro sanitario y formación de manipuladores de alimentos de los IES Atenea y La Rosaleda. El reclamante alegó que la denegación basada en la deslocalización de archivos era una excusa falsa. El Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía desestimó la reclamación al no existir la información.
Se solicitó al Ministerio de Sanidad copia de los informes de AITEX sobre la calidad de mascarillas y guantes contratados por INGESA durante la pandemia. La administración denegó el acceso alegando que afectaba a funciones de vigilancia y control. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno estimó la reclamación al considerar que la información es de interés público y el contrato ya finalizó.
La mercantil Hijos de Eustaquio Abad y Cía, SL solicitó la identificación de los denunciantes que dieron lugar a inspecciones y expedientes sancionadores en su contra. La Conselleria de Sanitat denegó la solicitud alegando incompetencia y protección de la seguridad pública y de datos. El Consell de Transparència de la Comunitat Valenciana estima parcialmente la reclamación.
La Junta de Personal de la AEAT de Tarragona solicitó objetivos y criterios de reparto de productividades de 2015 y 2016. Ante la falta de respuesta, el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno estima la reclamación, instando a la AEAT a facilitar la información al considerar que no existe un régimen específico que desplace la Ley 19/2013.
La Junta de Personal de la AEAT (Madrid y Álava) solicitó información sobre objetivos y criterios de reparto de productividades. La AEAT denegó el acceso alegando la existencia de un régimen específico en el EBEP. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno estima la reclamación, determinando que el EBEP no constituye un régimen específico que desplace la Ley 19/2013.
La Junta de Personal de la AEAT de Huelva solicitó información sobre objetivos y criterios de reparto de productividades (PEIA) a la AEAT. Ante la falta de respuesta, el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno estima la reclamación, obligando a la administración a entregar la información al no concurrir límites legales ni regímenes específicos que desplacen la Ley 19/2013.
El interesado solicitó al Ministerio del Interior la base de datos de preguntas y estadísticas del examen teórico de conducir permiso B. Alegó fines pedagógicos y control de errores. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno desestima la reclamación considerando que la solicitud es abusiva y perjudicaría la objetividad de las pruebas y la seguridad vial.
El reclamante solicitó a la Comunidad de Madrid documentación sobre expedientes de uso de vehículos turismo para transporte de mercancías e identificación de empleados que accedieron a ciertos requerimientos antes de su filtración. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno desestima la reclamación al considerar que no existen expedientes de ese tipo y que la identificación de empleados no es de interés público prevalente.
El ciudadano solicitó a la Consellería de Política Social el número y motivo de quejas recibidas contra residencias de mayores en 2019 y los expedientes derivados. Tras alegar la administración diversos límites legales, la Comisión da Transparencia de Galicia estima parcialmente la reclamación, obligando a entregar los datos generales pero sin identificar las residencias cuyas quejas fueron archivadas.
Un periodista solicitó a la Diputació de Barcelona los resultados detallados de inspecciones sanitarias en locales de alimentación (2016-2019). La administración estimó parcialmente la solicitud pero inadmitió el resto por complejidad técnica. La GAIP desestima la reclamación al considerar justificada la carga desproporcionada que supondría la extracción manual de los datos.
Un periodista solicitó a la Agència de Salut Pública de Barcelona los resultados detallados de inspecciones sanitarias en diversos establecimientos. Tras una estimación parcial de la administración, el reclamante recurrió alegando la existencia de precedentes. La GAIP finaliza el procedimiento mediante un acuerdo de mediación satisfactorio para el solicitante.
El ciudadano solicitó a la Consejería de Salud y Familias datos y actas de inspección sobre bienestar animal en mataderos. Alegó falta de motivación y de test de daño en la denegación parcial. El Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía estima parcialmente la reclamación, obligando a buscar datos desagregados y a retrotraer el proceso para dar audiencia a terceros.
El solicitante pidió al Consejo Superior de Deportes convenios de colaboración y detalles sobre subvenciones concedidas a la RFEV. El CSD denegó los justificantes alegando perjuicio a la inspección y remitió a enlaces web genéricos. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno estima parcialmente la reclamación, obligando a entregar las solicitudes y justificantes de subvenciones.
El reclamante solicitó documentación relativa a un expediente de disciplina urbanística en el Hipódromo de La Zarzuela al Ayuntamiento de Madrid. La administración denegó el acceso alegando que el expediente estaba en fase de instrucción y para proteger la presunción de inocencia. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno desestimó la reclamación al considerar que el denunciante no es parte interesada.
El sindicato GESTHA solicitó a la AEAT objetivos y criterios de reparto de productividades (PEIA) de 2015 y 2016. La AEAT denegó el acceso alegando la existencia de un régimen específico para representantes sindicales. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno estima la reclamación, basándose en jurisprudencia del Tribunal Supremo que niega que el EBEP desplace la Ley 19/2013.
La Asociación Agricultura Viva en Acción solicitó a la Delegación Territorial de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible de Almería información sobre empresas investigadas por reetiquetado fraudulento. Tras la denegación, el ciudadano alegó que no se motivó la limitación del acceso. El Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía acuerda el desistimiento por falta de acreditación de la representación.
La Junta de Personal de la AEAT en Cádiz solicitó objetivos y criterios de reparto de productividades de 2015 y 2016. La AEAT denegó la información alegando la existencia de un régimen específico en el EBEP. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno estima la reclamación basándose en jurisprudencia del Tribunal Supremo que ratifica la aplicación de la Ley 19/2013.
Se solicitó a la AEAT de Pontevedra información sobre objetivos y criterios de reparto de productividades (PEIA) 2015-2016. Ante la falta de respuesta y alegaciones sobre regímenes específicos de información, el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno estima la reclamación, instando a la administración a entregar la documentación solicitada.
El Sindicato GESTHA solicitó a la AEAT información sobre objetivos y criterios de reparto de productividades de 2015 y 2016. La AEAT denegó el acceso alegando la existencia de un régimen normativo específico. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno estima la reclamación, basándose en jurisprudencia del Tribunal Supremo que establece que el EBEP no desplaza la Ley de Transparencia.
El reclamante solicitó al Ayuntamiento de Madrid actas de inspección y licencias urbanísticas relativas al Hipódromo de la Zarzuela. La administración denegó el acceso alegando que la información afectaba a funciones de vigilancia e inspección. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno estimó la reclamación al considerar que no se realizó un test de daño suficiente.
El reclamante solicitó al Ayuntamiento de Paracuellos del Jarama copias digitales de diversos expedientes urbanísticos e inspecciones desde 2010. La administración denegó el acceso alegando que la solicitud era desproporcionada y abusiva. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno desestimó la reclamación al confirmar que la solicitud tiene un carácter abusivo e injustificado.
El règim jurídic aplicable a l’accés que estableix al Reglament 1049/2001, de 30 de maig, del Parlament Europeu i del Consell, que regula l’accés del públic al documents del Parlament Europeu, del Consell i de la Comissió (en endavant, RE). No és obstacle per a l’admissió a tràmit de la reclamació i per a la competència d’aquesta Comissió per resoldre-la, el fet que l’accés a la documentació que integra un expedient EU Pilot estigui sotmès a un règim jurídic especial i diferent d’accés del règim general previst a l’LTAIPBG. La disposició addicional primera.2 LTAIPBG estableix que, quan existeixi un règim jurídic específic d’accés, la normativa de transparència (LTAIPBG) quedarà desplaçada a una aplicació subsidiària. Aquesta disposició addicional primera.2, doncs, estableix un sistema de fonts per al cas que l’accés a la informació tingui una font de dret pròpia, i estableix la supletorietat de l’LTAIPBG de forma expressa, la qual cosa comporta que, en allò no regulat pel règim especial (en particular, una via de garantia de l’accés a la informació àgil, gratuïta i independent) sigui d’aplicació la legislació de transparència. En aquest sentit s’ha pronunciat el Tribunal Superior de Justícia de Catalunya en la seva Sentència 1074/2019 que confirma la competència de la GAIP per atendre reclamacions d’accés subjectes a règims jurídics especials. L’article 5 RE preveu que sigui la pròpia Institució europea que ha elaborat o obtingut la documentació a la qual es demana accedir la que prengui la decisió sobre si s’ha d’estimar o desestimar la sol·licitud, de manera que fins i tot si la petició d’accés s’adreça a un estat membre que té en el seu poder la documentació, perquè l’ha rebuda de la Comissió o bé perquè l’ha elaborada per enviar-li, la decisió correspondria a la Comissió, i per tant, haurà de ser consultada sobre el sentit de la resolució o se li haurà de derivar la sol·licitud perquè la resolgui directament. Això suposa que el Reglament reserva al criteri de les institucions europees l’apreciació i ponderació casuística de les sol·licituds de documentació i la decisió de si, en el cas concret, ha de prevaldre la regla general d’accés als documents prevista a l’article 2.4 RE, o si s’han d’aplicar les excepcions previstes a l’article 4.2 en absència d’un interès públic superior que justifiqui la seva divulgació. Tanmateix, l’article 5 RE preveu que l’estat membre que rep una sol·licitud d’informació sotmesa a aquest règim jurídic pugui resoldre-la directament, sense la consulta o la derivació de la sol·licitud, si es dedueix clarament que s’ha de permetre o denegar la divulgació d’aquest document. En aquest cas, la Resolució l’adopta el Departament TES, sense complir amb el tràmit de consulta prèvia a la Comissió o de derivació de la sol·licitud previst a l’article 5 RE, per considerar que es dedueix clarament que s’ha de desestimar la sol·licitud perquè resulta aplicable l’exclusió de l’article 4.2 RE pel que fa al perjudici de l’objectiu de l’activitat d’investigació, així com l’article 21.1.b LTAIPBG, que preveu la limitació del dret d’accés si perjudica la investigació d’infraccions administratives. Tot i que la presumpció general de perjudici de l’activitat d’investigació pugui ser aplicada a un procediment EU Pilot, l’aplicació d’aquesta presumpció general no és obligada ni exclou sempre de l’anàlisi de cas, tal i com ha manifestat reiteradament el Tribunal de Justícia Europeu, entre d’altres, en la Sentència de 25 de setembre de 2014, Suècia/Comissió, T 306/12, punt 71, ECLI:EU:T:2014:816). Així doncs, en consideració a l’activitat de la persona jurídica reclamant com a defensora del medi natural; en atenció a la seva condició de denunciant en un procediment EU Pilot que s’està allargant de forma més que considerable, i atenent a què concorre en aquest cas un interès públic superior -la protecció del medi natural i l’adequada diligència de la Comissió en investigar els supòsits de denúncia d’incompliment del Dret de la Unió que el puguin perjudicar-, cal descartar que la desestimació de l’accés adoptada pel Departament TES sigui “deduïble clarament” dels precedents invocats, i admetre que és plausible que tots aquests elements diferenciadors puguin justificar una solució menys lesiva del dret d’accés, de forma que la Comissió, anàlisi prèvia de les comunicacions reclamades, permeti l’accés a aquelles la difusió dels quals no perjudiqui l’objectiu de la investigació. I aquesta ponderació i decisió casuística de l’accés correspon adoptar-la a la Comissió, d’acord amb l’article 4.2 i 5 RE. Per tant, s’ordena la retroacció del procediment de sol·licitud a la fase prèvia a la resolució, i la derivació de la sol·licitud a la Comissió Europea per a la seva Resolució, o la consulta de la Comissió del sentit en què s’ha de resoldre, de conformitat amb allò previst a l’article 5 RE.
Se solicitó a la Consejería de Turismo, Industria y Comercio el acceso a documentos de un expediente de inspección en el Residencial Vistamar. Tras el silencio administrativo, el Comisionado de Transparencia desestima la reclamación porque las actuaciones previas no han finalizado y su divulgación podría perjudicar la futura resolución sancionadora.
El ciudadano solicitó al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y a Puertos del Estado diversos informes técnicos, el estudio de impacto ambiental y dictámenes sobre la modificación de un contrato de obras del puerto de Punta Langosteira. La administración denegó el acceso alegando la existencia de un proceso judicial en el Tribunal de Cuentas. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno estima la reclamación.
El ciudadano solicitó a la Autoridad Portuaria de A Coruña información sobre permisos, tasas y proyectos de construcción del pantalán de Repsol y cajones para Aberdeen. La administración denegó el acceso alegando la existencia de un proceso ante el Tribunal de Cuentas. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno estima la reclamación por considerar insuficientes los límites alegados.
El ciudadano solicitó a la Autoridad Portuaria de A Coruña información sobre permisos, tasas y proyectos de construcción del pantalán de Repsol. La administración denegó el acceso alegando la existencia de un proceso ante el Tribunal de Cuentas. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno estima la reclamación por considerar que no se justificó el perjuicio real al derecho de acceso.
El solicitante pidió al Ministerio de Hacienda los datos anonimizados y el balance anual de usuarios de los informes 'Análisis del perfil del jugador online' (2014-2017). El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno desestima la reclamación por considerar que la información no existe en bruto y su obtención requeriría una reelaboración de los datos.
El ciudadano solicitó al Ministerio de Hacienda información sobre el contenido, función y régimen jurídico de diversas aplicaciones informáticas (ZÚJAR, TESEO, etc.). Alegó que la respuesta de la AEAT fue vaga y genérica. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno estima parcialmente la reclamación, instando a la AEAT a concretar la función y contenido de cada programa.
El ciudadano solicitó al Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social datos detallados sobre inspecciones del registro de jornada laboral. La administración denegó la petición alegando reelaboración, carácter abusivo y límites de confidencialidad. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno desestima la reclamación por concurrir la causa de reelaboración de la información.
Se solicitó al Ministerio de Hacienda acceso a informes y comunicaciones sobre los criterios utilizados por la IGAE y EUROSTAT para ajustar el déficit público de 2018. La administración inadmitió la solicitud alegando información auxiliar y en curso de elaboración. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno estima la reclamación por motivos formales, ya que la información fue facilitada durante el proceso.
La solicitante pidió un informe de inspección de zona sobre un presunto caso de acoso laboral a la Conselleria de Educación de la Generalitat Valenciana. La administración denegó el acceso alegando que el documento era información auxiliar y que la situación estaba en fase de análisis. El Consejo de Transparencia de la Comunidad Valenciana inadmitió la reclamación por haber sido presentada fuera de plazo.
Una funcionaria solicitó información detallada sobre puestos vacantes (Grupo A1 y Técnicos de Administración General) a la Diputación Provincial de Cáceres. Ante la falta de respuesta, interpuso reclamación. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno estimó la reclamación por motivos formales al constatar que la administración incumplió los plazos legales de resolución.
La Asociación Acción Enfermera solicitó al Consejo General de Enfermería de España las actas de sus tres últimos procesos electorales. Al no recibir respuesta, interpuso reclamación alegando silencio administrativo. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno estimó parcialmente la reclamación, ordenando el acceso a las actas con la supresión de datos personales y deliberaciones reservadas, desestimando los límites de confidencialidad y procesos judiciales alegados por la administración.
Se solicitó a la Diputación de Barcelona el texto de sentencias y resoluciones del TEAR de 2018 y 2019. La administración alegó complejidad en la anonimización y volumen de datos. La GAIP estima la reclamación, determinando que la dissociación de datos no es una tarea compleja sino voluminosa, y ordena la entrega de la información anonimizada en tres meses.
El reclamante solicitó información sobre controles de bienestar animal en mataderos a la Conselleria de Sanitat Universal i Salut Pública. La administración denegó la solicitud alegando la necesidad de reelaboración de datos y secreto profesional. El Consejo de Transparencia de la Comunitat Valenciana estimó parcialmente la reclamación, concediendo el acceso a las actas de inspección de infracciones muy graves tras la anonimización de datos personales.
El solicitante pidió a ENAIRE el crédito horario y el coste de las horas sindicales de cinco delegados de prevención de riesgos laborales (2015-2019). La administración denegó el acceso alegando límites de vigilancia y control y fraude de ley. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno estima la reclamación, obligando a ENAIRE a entregar la información.
La reclamante solicitó expedientes relativos a másteres y una licenciatura en ADE de la Universidad Rey Juan Carlos. La universidad denegó el acceso alegando la protección de investigaciones internas y procesos judiciales. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno desestimó la reclamación al considerar que concurre el límite de confidencialidad para proteger procesos de toma de decisión.
El reclamante solicitó acceso a informes de la Inspección General de Servicios y documentos de actuaciones previas relacionadas con un expediente disciplinario a la Conselleria de Transparencia. Alegó vulneración de sus derechos de defensa. El Consell de Transparència de la Comunitat Valenciana desestimó la reclamación para proteger la confidencialidad de las investigaciones y la protección de datos personales.
El interesado solicitó datos sobre controles de bienestar animal en mataderos durante 2017 a la Consejería de Salud. La Consejería denegó el acceso alegando la protección de las funciones de vigilancia e inspección. La Comisión de Garantía de Acceso a la Información Pública estima la reclamación, al considerar que la información de 2017 no perjudica las funciones de control.
El solicitante pidió al Consejo General de la Abogacía Española copia de una comunicación del sistema IMI realizada por el Ministerio de Justicia italiano sobre su situación profesional. La administración denegó el acceso alegando confidencialidad y funciones de inspección. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno desestima la reclamación por considerar que la solicitud no se enmarca en la finalidad de la LTAIBG.
El solicitante pidió a la CNMC la versión confidencial de un informe sobre el servicio de interrumpibilidad, específicamente costes y uso efectivo. Alegó que la información es de ejercicios pasados y no afecta a la seguridad. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno desestima la reclamación por considerar que el acceso vulnera la seguridad pública y las funciones de supervisión.
La Asociación Dávide solicitó a la AEAT una instrucción sobre el procedimiento en entradas domiciliarias. La AEAT denegó el acceso alegando un régimen específico de reserva. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno desestima la reclamación, considerando que la difusión de la guía perjudicaría las funciones de inspección y la prevención de ilícitos.
El interesado solicitó información sobre controles de bienestar animal en mataderos a la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid. Tras una respuesta parcial de la administración, el interesado presentó una reclamación. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno decide inadmitir la reclamación por haber sido presentada fuera del plazo legal de un mes.
El solicitante pidió al Ministerio del Interior un informe del Seprona sobre el Patrimonio Histórico de Sasamón. Tras una respuesta negativa alegando inexistencia del documento, el interesado reclamó aportando pruebas de su existencia. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno estima la reclamación por motivos formales, obligando al Ministerio a remitir la solicitud al órgano competente.
La solicitante pidió al Ministerio de Hacienda copia íntegra de un expediente de información previa sobre la filtración de datos tributarios. Tras la denegación de la administración, el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno desestima la reclamación porque el acceso podría frustrar las investigaciones en curso y perjudicar las funciones de control y vigilancia.
El solicitante pidió al Consejo Superior de Deportes acceso a la resolución que incoaba expedientes sancionadores a 16 presidentes territoriales. Tras la inadmisión de la solicitud por la administración, el interesado reclamó alegando que la norma del TAD no limita la publicidad a las resoluciones finales. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno decide archivar la reclamación por falta de subsanación documental.
TCA ECDF II Investments solicitó a la Autoridad Portuaria de Valencia la relación y actas de reuniones del Consejo de Administración sobre el Consorcio Valencia 2007. La administración denegó las actas alegando confidencialidad y reelaboración. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno estima la reclamación, obligando a facilitar la información mediante acceso parcial.
El ciudadano solicitó a la AEPD el detalle de todas las notificaciones de brechas de seguridad recibidas entre mayo de 2018 y enero de 2019. La AEPD inadmitió la solicitud por considerarla abusiva. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno desestima la reclamación, confirmando que el volumen de información y el esfuerzo de revisión no se justifican con la finalidad de la Ley.
El reclamante solicitó copia digital del libro mayor de cuentas (2015-2018) al Ayuntamiento de Gijón. El Ayuntamiento entregó la información parcialmente, omitiendo datos personales y descripciones para proteger la privacidad. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno estima la reclamación por motivos formales, ya que la administración no cumplió con los plazos legales de respuesta.
Dos representantes sindicales solicitaron al Servicio Aragonés de Salud las condiciones y ofertas técnicas de los contratos de limpieza. La administración denegó el acceso alegando confidencialidad y funciones de vigilancia. El Consejo de Transparencia de Aragón estima la reclamación porque la denegación carecía de motivación suficiente y prevalece el interés general y la defensa de los trabajadores.
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