Acceso al listado de inmuebles de SAREB en municipios de la provincia de Santa Cruz de Tenerife
La reclamante solicit贸 el listado de propiedades de SAREB en Santa Cruz de Tenerife y La Laguna. Aleg贸 que la respuesta fue incompleta al omitir ubicaciones y referencias. El CTBG desestim贸 la reclamaci贸n por ser extempor谩nea y por considerar que la informaci贸n municipal es suficiente, siendo leg铆tima la denegaci贸n de datos espec铆ficos por intereses econ贸micos.
Solicitud de listado detallado de propiedades inmobiliarias de SAREB en Santa Cruz de Tenerife y San Crist贸bal de La Laguna, incluyendo estado, direcci贸n y referencia registral. SAREB deneg贸 parcialmente la informaci贸n y el Consejo desestim贸 la reclamaci贸n por extempor谩nea y por considerar suficiente la informaci贸n por t茅rmino municipal
La reclamante solicit贸 a SAREB un listado detallado de sus propiedades en Santa Cruz de Tenerife y San Crist贸bal de La Laguna, incluyendo estado, direcci贸n y referencia registral. SAREB deneg贸 la ubicaci贸n y datos registrales alegando el art. 14.1.h) LTAIBG. El Consejo desestima la reclamaci贸n por extempor谩nea y porque la doctrina considera suficiente la informaci贸n por t茅rmino municipal, justificando la denegaci贸n de datos m谩s espec铆ficos.
Acceso al listado de ubicaci贸n por municipios de las viviendas de la Sareb en proceso de incorporaci贸n al Sepes
El reclamante solicit贸 a la SAREB el listado de la ubicaci贸n por municipios de las viviendas en proceso de incorporaci贸n al Sepes. La SAREB aleg贸 que la informaci贸n estaba en elaboraci贸n. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno estim贸 la reclamaci贸n porque la administraci贸n no concret贸 una fecha de entrega y el plazo estimado ya hab铆a transcurrido.
Viviendas de Sareb transferidas a la SEPES
El reclamante solicit贸 a SAREB el listado de ubicaci贸n por municipios de viviendas en proceso de incorporaci贸n a SEPES. SAREB deneg贸 el acceso alegando que la informaci贸n estaba en elaboraci贸n y estar铆a lista en "pr贸ximas semanas", sin concretar fecha ni asegurar la entrega. El Consejo de Transparencia estima la reclamaci贸n, instando a SAREB a entregar la informaci贸n en 10 d铆as h谩biles, al considerar que la causa de inadmisi贸n por informaci贸n en curso exige un plazo razonable y una fecha estimada, lo cual no se cumpli贸, y SAREB no colabor贸 con el Consejo.