Inadmisión de reclamación ante el CTBG por falta de competencia, al no ser una solicitud de acceso a información pública sino de revisión de la actuación de la AEPD en un caso de protección de datos
Un ciudadano solicitó a la AEPD acceso a imágenes de su cuenta de Instagram. La AEPD inadmitió la solicitud y desestimó el recurso de reposición por falta de competencia. El ciudadano reclamó al CTBG que revisara la actuación de la AEPD. El Consejo inadmitió la reclamación por falta de competencia, ya que la solicitud original no era de acceso a información pública en poder de la AEPD, sino una petición de intervención sobre datos de terceros.