016/2020
El Consorcio se encuentra dentro del ámbito de los sujetos obligados por la Ley 8/2015, de acuerdo con lo dispuesto en su artículo 4.1.e) y, por tanto, con la consideración de Administración pública aragonesa a los efectos de lo previsto en la Ley 8/2015 (artículo 4.3). Tan importante como atender las solicitudes de información pública en forma y plazo es hacerlo con claridad y sencillez. La solicitante en ejercicio del derecho de acceso reconocido en el artículo 12 de la Ley 19/2013 no debe acreditar, justificar o motivar la condición de interesada. Regimen jurídico aplicable y ponderación de protección de datos personales. Transparencia de los procesos de provisión de puestos de trabajo en el sector público, incluido el personal laboral. La RPT o documento equivalente del Consorcio constituye una obligación de publicidad activa. No concurren las causas de inadmisión relativas a ser información auxiliar o de apoyo, la de la necesidad de reelaboración y el carácter abusivo y/o repetitivo. Tampoco los límites previstos en los artículos 14, letras a) la seguridad nacional y d) la seguridad pública. Análisis de la concurrencia del límite derivado de la protección de datos de carácter personal. Acceso a las actas del procedimiento. Estimación parcial.