D. XXX solicitó a la Oficina de Conservación de Carreteras de Medina de Rioseco información sobre visitas/contactos de cargos municipales y vecinos, y el origen de una denuncia relacionada con un expediente. Ante la falta de respuesta, interpuso una reclamación. La Comisión de Transparencia de Castilla y León inadmite la reclamación por incompetencia, ya que la entidad solicitada es estatal y la competencia recae en el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno.
Puntos clave de la argumentación
Texto completo
Resoluci uevo 446/2025, de 12 de diciembre, de la Comisi uevon de Transparencia de Castilla y Le uevon
Asunto: Expediente CT-1337/2025 / Reclamaci uevon frente a la denegaci uevon presunta de una solicitud de informaci uevon p uevoblica dirigida por D. XXX al Jefe de la Oficina de Conservaci uevon de Carreteras de Medina de Rioseco (Demarcaci uevon de Carreteras del Estado en Castilla y Le uevon Occidental)
ANTECEDENTES
Primero.- Con fecha 17 de octubre de 2025, D. XXX dirigió una solicitud de informaci uevon al Jefe de la Oficina de Conservaci uevon de Carreteras de Medina de Rioseco (Demarcaci uevon de Carreteras del Estado en Castilla y Le uevon Occidental) en los siguientes t uevorminos:
“Al amparo de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la informaci uevon p uevoblica y buen gobierno, que establece informaci uevon p uevoblica en poder de las administraciones (art uevoculo 13), y de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo P uevoblicas, que obliga a las administraciones a resolver y responder de forma motivada y veraz a las solicitudes en plazos razonables siguiente informaci uevon y confirmaciones por escrito, con el fin de garantizar el cumplimiento de estas obligaciones legales y facilitar 1. Confirmaci uevon de visitas o contactos del alcalde y otros representantes municipales: Indique si D. XXX, alcalde de Valdunquillo, o cualquier empleado o concejal del Ayuntamiento de Valdunquillo person uevo en la Oficina de Conservaci uevon de Carreteras de Medina de Rioseco, o realiz uevo llamadas telef uevonicas, env uevoos de emails octubre de 2025. En caso afirmativo, proporcione detalles como fechas aproximadas, horas, prop uevosito declarado de la visita cargos), y cualquier registro o acta generada durante o como resultado de la misma. 2. Confirmaci uevon de visitas o contactos de particulares: Indique si XXX u otro vecino de Valdunquillo se person uevo en la Oficina de Conservaci uevon de Carreteras de env uevoos de emails u otras formas de contacto, entre junio de 2023 y octubre de 2025. En caso afirmativo, proporcione detalles declarado de la visita o contacto, asistentes o participantes (nombres y cargos), y cualquier registro o acta generada durante 3. Relaci uevon con la inspecci uevon y el expediente: Confirme si dichas visitas, llamadas, emails u otras formas de contacto, en caso de haberse producido, influyeron o provocaron relaci uevon con la parcela XXX, y si derivaron en la apertura del expediente XXX o cualquier otra acci uevon administrativa, t uevocnicos (sic), correos electr uevonicos o documentos que detallen el contenido discutido y las acciones derivadas. 4. Origen de la denuncia: Confirme el origen exacto de la denuncia recibida el 09/04/2025 que dio lugar al expediente XXX, especificando denuncia de un particular (y, en su caso, si se trata de XXX u otro tercero), o por cualquier otra v uevoa. En caso documento original (sic).”
Segundo.- Con fecha 20 de noviembre de 2025, tuvo entrada en esta Comisi uevon de Transparencia una reclamaci uevon presentada por D. XXX, en representaci uevon de D. XXX, frente a la ausencia de respuesta a la petici uevon de informaci uevon se tildealada en el expositivo anterior.
FUNDAMENTOS JUR uevoDICOS
Primero.- El art uevoculo 12 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la informaci uevon p uevoblica y buen gobierno, reconoce a todas las personas el derecho a acceder a la informaci uevon p uevoblica, en los t uevorminos previstos en el art uevoculo 105. b) de la Constituci uevon Espa tildeola, desarrollados por la propia Ley. A tildeade este precepto que, en el uevombito de sus respectivas competencias, ser uevoa de aplicaci uevon la correspondiente normativa auton uevomica.
El art uevoculo 24 de la misma norma dispone que frente a toda resoluci uevon expresa o presunta en materia de acceso a la informaci uevon p uevoblica podr uevo interponerse una reclamaci uevon ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, con car uevocter potestativo y previo a su impugnaci uevon en v uevoa contencioso-administrativa.
Segundo.- La disposici uevon adicional cuarta de la misma Ley establece que la resoluci uevon de la reclamaci uevon prevista en el art uevoculo 24 citado corresponder uevoa, en los supuestos de resoluciones dictadas por las Administraciones de las Comunidades Aut uevonomas y su sector p uevoblico, y por las Entidades Locales comprendidas en su uevombito territorial, al uevorgano independiente que determinen las Comunidades Aut uevonomas. En Castilla y Le uevon ese uevorgano es esta Comisi uevon de Transparencia a quien corresponde la tramitaci uevon y resoluci uevon de aquella reclamaci uevon, ajust uevondose a lo dispuesto en materia de recursos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Com uevon de las Administraciones P uevoblicas.
En efecto, de conformidad con lo dispuesto en los art uevoculos 8 y 12 de la Ley 3/2015, de 4 de marzo, de Transparencia y Participaci uevon Ciudadana de Castilla y Le uevon, se crea la Comisi uevon de Transparencia para el conocimiento y resoluci uevon de las reclamaciones que, con car uevocter potestativo y previo a su impugnaci uevon contencioso-administrativa, se presenten contra las resoluciones expresas o presuntas en materia de acceso a la informaci uevon p uevoblica dictadas por los organismos y entidades del sector p uevoblico auton uevomico relacionadas en el art uevoculo 2.1 de la Ley 2/2006, de 3 de mayo, de la Hacienda y del Sector P uevoblico de la Comunidad de Castilla y Le uevon; por las corporaciones de derecho p uevoblico cuyo uevombito de actuaci uevon se circunscriba exclusivamente a todo o parte del territorio de la Comunidad Aut uevonoma; por las Entidades Locales de Castilla y Le uevon y su sector p uevoblico; y por las asociaciones constituidas por las referidas entidades y organismos.
Tercero.- En el supuesto aqu uevoi planteado, el objeto de la reclamaci uevon es la falta de respuesta a una petici uevon de informaci uevon dirigida a la Demarcaci uevon de Carreteras del Estado en Castilla y Le uevon Occidental.
La Demarcaci uevon de Carreteras del Estado en Castilla y Le uevon Occidental es un centro directivo que se encuentra adscrito, en la actualidad, al Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible del Gobierno de Espa tildea y, por tanto, no est uevo incluido dentro de ninguno de los grupos de sujetos se tildealados en el art uevoculo 8 de la Ley 3/2015, de 4 de marzo, de Transparencia y Participaci uevon Ciudadana de Castilla y Le uevon.
La competencia para resolver esta reclamaci uevon, en consecuencia y en su caso, corresponde al Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, uevorgano p uevoblico independiente adscrito a la Administraci uevon General del Estado, de conformidad con lo dispuesto en los art uevoculos 24 y 38.2 c) de la LTAIBG.
En atenci uevon a los antecedentes y fundamentos jur uevodicos expuestos, la Comisi uevon de Transparencia de Castilla y Le uevon, por unanimidad de sus miembros,
RESUELVE
Primero.- Inadmitir a tr uevomite la reclamaci uevon frente a la denegaci uevon presunta de una solicitud de informaci uevon p uevoblica dirigida por D. XXX al Jefe de la Oficina de Conservaci uevon de Carreteras de Medina de Rioseco (Demarcaci uevon de Carreteras del Estado en Castilla y Le uevon Occidental).
Segundo.- Notificar esta Resoluci uevon a D. XXX, como autor de la reclamaci uevon, a trav uevos de su representante.
Tercero.- Dar traslado de la reclamaci uevon presentada por D. XXXX, en representaci uevon de D. XXX, y de la documentaci uevon adjuntada a esta, as uevo como de la presente Resoluci uevon, al Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, uevorgano de garant uevoa competente, en su caso, para su tramitaci uevon y resoluci uevon.
Cuarto.- Una vez realizada la notificaci uevon se tildealada, publicar la presente Resoluci uevon en la p uevogina web de esta Comisi uevon, previa disociaci uevon de los datos de car uevocter personal que contuviera.