Consulta 13/06/2025

R CTBG 0717/2025

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Resoluci贸n reclamaci贸n art. 24 LTAIBG HASH: d315d9d6a4a6cfd91a7fd23c0ab51032 N煤mero y fecha de resoluci贸n: indicados al margen. N煤mero de expediente: 1144/2025 Fecha Firma: 13/06/2025 Reclamante: Presidente Organismo: CONFEDERACI脫N HIDROGR脕FICA DEL GUADALQUIVIR/MINISTERIO PARA LA TRANSICI脫N ECOL脫GICA Y EL RETO DEMOGR脕FICO. N煤mero: 2025-0717 Fecha: 13/06/2025 Sentido de la resoluci贸n: Archivo. Palabras clave: medio ambiente, Do帽ana, desistimiento, art. 94 LPACAP. I. ANTECEDENTES R CTBG 1. Seg煤n se desprende de la documentaci贸n obrante en el expediente, el 21 de abril de 2025 la reclamante solicit贸 a la CONFEDERACI脫N HIDROGR脕FICA DEL GUADALQUIVIR/MINISTERIO PARA LA TRANSICI脫N ECOL脫GICA Y EL RETO DEMOGR脕FICO, al amparo de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la informaci贸n p煤blica y buen gobierno1 (en adelante, LTAIBG), la siguiente informaci贸n: 芦el proyecto de saneamiento del entorno de Do帽ana y su impacto en las urbanizaciones situadas al norte de la A-49 en el municipio de Hu茅var del Aljarafe (Clave: 02-C-404194), seg煤n anuncio publicado en el Bolet铆n Oficial de la Provincia de Sevilla n.潞 200, de 30 de agosto de 1994 (N.潞 10998)禄. 2. No consta respuesta de la Administraci贸n. https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2013-12887 P谩gina 1 de 3 Consejo de Transparencia y Buen Gobierno AAI www.consejodetransparencia.es 3. La reclamaci贸n fue trasladada al Ministerio requerido con requerimiento de remisi贸n de expediente y, en su caso, informe con alegaciones. Durante la sustanciaci贸n de este procedimiento se ha recibido escrito de la reclamante, en fecha 12 de junio de 2025, en el que comunica a este Consejo su voluntad de desistir de la reclamaci贸n. II. FUNDAMENTOS JUR脥DICOS 脷nico.- A la vista de lo expuesto en los antecedentes de esta resoluci贸n resulta de aplicaci贸n el art铆culo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo com煤n de las Administraciones P煤blicas (LPAC) que permite a todo N煤mero: 2025-0717 Fecha: 13/06/2025 interesado desistir de su solicitud. En consecuencia, no habi茅ndose personado en el procedimiento terceros interesados que insten su continuaci贸n, ni existir causas que permitan limitar sus efectos, debe darse por finalizado el actual procedimiento de reclamaci贸n, con el consiguiente archivo de actuaciones. III. RESOLUCI脫N R CTBG En atenci贸n a los antecedentes y fundamentos jur铆dicos descritos, procede ARCHIVAR la reclamaci贸n interpuesta frente a la CONFEDERACI脫N HIDROGR脕FICA DEL GUADALQUIVIR/MINISTERIO PARA LA TRANSICI脫N ECOL脫GICA Y EL RETO DEMOGR脕FICO. De acuerdo con el art铆culo 23.12, de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la informaci贸n p煤blica y buen gobierno, la reclamaci贸n prevista en el art铆culo 24 de la misma tiene la consideraci贸n de sustitutiva de los recursos administrativos, de conformidad con lo dispuesto en el art铆culo 112.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre3, de Procedimiento Administrativo Com煤n de las Administraciones P煤blicas. Contra la presente resoluci贸n, que pone fin a la v铆a administrativa, se podr谩 interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, directamente ante la Sala 2 https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2013-12887&tn=1&p=20181206#a23 3 https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-10565&p=20151002&tn=1#a112 P谩gina 2 de 3 Consejo de Transparencia y Buen Gobierno AAI www.consejodetransparencia.es de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional, de conformidad con lo previsto en el apartado quinto de la Disposici贸n adicional cuarta de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicci贸n Contencioso-administrativa4. EL PRESIDENTE DEL CTBG Fdo.: Jos茅 Luis Rodr铆guez 脕lvarez N煤mero: 2025-0717 Fecha: 13/06/2025 R CTBG https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1998-16718&p=20230301&tn=1#dacuarta P谩gina 3 de 3 Consejo de Transparencia y Buen Gobierno AAI www.consejodetransparencia.es