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Resoluci贸n reclamaci贸n art. 24 LTAIBG
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JOSE LUIS RODRIGUEZ ALVAREZ (1 de 1)
N煤mero y fecha de resoluci贸n: indicados al margen.
N煤mero de expediente: 1820/2025
Fecha Firma: 22/09/2025
Reclamante:
Presidente
Organismo: MINISTERIO DE SANIDAD.
Sentido de la resoluci贸n: Archivo.
N煤mero: 2025-1094 Fecha: 22/09/2025
Palabras clave: sanidad, informes, proyecto normativo, art. 94 LPAC.
I. ANTECEDENTES
R CTBG
1. Seg煤n se desprende de la documentaci贸n obrante en el expediente, el 22 de julio de
2025 el reclamante solicit贸 al MINISTERIO DE SANIDAD, al amparo de la Ley
19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la informaci贸n p煤blica y buen
gobierno 1 (en adelante, LTAIBG), la siguiente informaci贸n:
芦Los siguientes documentos integrados en el expediente relativo al proyecto de
Orden SCO-2004-2006, de 19 de junio, por la que se modifica la Orden SCO-469-
2002, de 19 de febrero, sobre inclusi贸n de determinados principios activos en el
Anexo I del Real Decreto 2829-1977, de 6 de octubre, relativo a sustancias y
productos psicotr贸picos, o bien indicar expresamente, si alguno de ellos no existiera
finalmente, la causa de su inexistencia o destrucci贸n:
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2013-12887
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- Dictamen n.潞 06-00523 (30-01-2006) del Instituto Nacional de Toxicolog铆a y
Ciencias Forenses del Ministerio de Justicia, que determina la naturaleza de la GBL
como 茅ster mon贸mero interno del GHB (que los informes dicen se adjunta).
-Informe del Servicio Jur铆dico o Abogac铆a del Estado, solicitado conforme al art铆culo
24.2 de la Ley 50-1997, del Gobierno.
-Respuesta o informe sobre lo actuado que la Subdirecci贸n General de Normativa
(u otro 贸rgano competente) debi贸 remitir al Plan Nacional sobre Drogas, en
contestaci贸n al oficio del PNSD de mayo de 2006 que advert铆a de la contradicci贸n
entre el proyecto de Orden y la postura del Gabinete de An谩lisis y Prospectiva禄.
2. No consta respuesta de la Administraci贸n, interponi茅ndose la presente reclamaci贸n
en aplicaci贸n del art铆culo 24 2 de la LTAIBG en fecha 23 de agosto de 2025.
N煤mero: 2025-1094 Fecha: 22/09/2025
3. La reclamaci贸n fue trasladada al Ministerio requerido con requerimiento de remisi贸n
de expediente y, en su caso, informe con alegaciones. Durante la sustanciaci贸n de
este procedimiento se ha recibido escrito del reclamante, en fecha 20 de septiembre
de 2025, en el que comunica a este Consejo su voluntad de desistir de la reclamaci贸n.
R CTBG
II. FUNDAMENTOS JUR脥DICOS
脷nico.- A la vista de lo expuesto en los antecedentes de esta resoluci贸n resulta de
aplicaci贸n el art铆culo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de Procedimiento
Administrativo com煤n de las Administraciones P煤blicas (LPAC) que permite a todo
interesado desistir de su solicitud. En consecuencia, no habi茅ndose personado en el
procedimiento terceros interesados que insten su continuaci贸n, ni existir causas que
permitan limitar sus efectos, debe darse por finalizado el actual procedimiento de
reclamaci贸n, con el consiguiente archivo de actuaciones.
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2013-12887&tn=1&p=20181206#a24
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III. RESOLUCI脫N
En atenci贸n a los antecedentes y fundamentos jur铆dicos descritos, procede ARCHIVAR la
reclamaci贸n interpuesta frente al MINISTERIO DE SANIDAD.
De acuerdo con el art铆culo 23.13, de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia,
acceso a la informaci贸n p煤blica y buen gobierno, la reclamaci贸n prevista en el art铆culo 24
de la misma tiene la consideraci贸n de sustitutiva de los recursos administrativos, de
conformidad con lo dispuesto en el art铆culo 112.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre 4, de
Procedimiento Administrativo Com煤n de las Administraciones P煤blicas.
Contra la presente resoluci贸n, que pone fin a la v铆a administrativa, se podr谩 interponer
recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, directamente ante la Sala
N煤mero: 2025-1094 Fecha: 22/09/2025
de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional, de conformidad con lo previsto
en el apartado quinto de la Disposici贸n adicional cuarta de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
Reguladora de la Jurisdicci贸n Contencioso-administrativa5.
EL PRESIDENTE DEL CTBG
R CTBG
Fdo.: Jos茅 Luis Rodr铆guez 脕lvarez
3 https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2013-12887&tn=1&p=20181206#a23
4 https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-10565&p=20151002&tn=1#a112
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1998-16718&p=20230301&tn=1#dacuarta
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