El reclamante solicitó al INE/Ministerio de Economía, Comercio y Empresa una amplia serie de datos estadísticos sobre salarios, empleo joven, pobreza laboral y coste de la vida entre 2015 y 2025. Tras una respuesta parcial de la administración, el interesado manifestó que el núcleo de su petición había sido atendido y solicitó desistir de la reclamación. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno procede al archivo por desistimiento.
Puntos clave de la argumentación
Texto completo
I. ANTECEDENTES
Resolución reclamación art. 24 LTAIBG
Presidenta
Número: 2026-0590 Fecha: 02/06/2026
R CTBG 1. Según se desprende de la documentación obrante en el expediente, el 24 de marzo de 2026 el reclamante solicitó al INE/MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA, al amparo de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno 1 (en adelante, LTAIBG), la siguiente información:
«1. DATOS SALARIALES – SOLICITUD PRINCIPAL (2015–2025)
Se solicita serie completa 2015–2026
Para todas las Comunidades y Ciudades Autónomas, desglosado por:
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• Sexo
• Jornada (completa / parcial)
• Contrato (indefinido / temporal), si existe
• Nacionalidad (españoles / extranjeros), si está disponible
1.1. Indicadores salariales solicitados
• Salario medio bruto mensual
• Salario medio bruto anual
• Ganancia por hora trabajada
• Salario mediano (percentil 50)
Número: 2026-0590 Fecha: 02/06/2026 • Distribución por deciles salariales (D1–D10)
• Brecha salarial (hombres–mujeres)
• Diferencia entre salario medio vs. mediano
2. EMPLEO JOVEN (<25 AÑOS)
R CTBG Solicito por CCAA, por sexo y por año (2015–2026):
• Número de ocupados <25
• Contratos indefinidos vs temporales
• Jornada parcial involuntaria
• Tasa de sobrecualificación
• Duración media del empleo antes del paro
• Evolución de la tasa de empleo joven
• Indicadores EPA y microdatos, si fueran necesarios
3. POBREZA LABORAL
Solicito datos por CCAA, edad y sexo (2015–2026):
• % de ocupados cuyo ingreso está por debajo del umbral de pobreza
• Umbral regional aplicable
• Relación entre salarios y riesgo de pobreza laboral
4. COSTE DE LA VIDA POR CCAA (2015–2026)
Solicito las series por comunidad autónoma:
• Índice regional de precios de consumo (IRPC / IPC regional)
• Coste de la cesta básica
• Datos de vivienda en alquiler
• Coste medio de energía y suministros, si existe desagregación
• Indicadores de poder adquisitivo ajustado al coste de la vida
5. SMI, PRODUCTIVIDAD Y REMUNERACIÓN (2015–2026)
Solicito:
• Evolución del SMI (importes nominales y reales)
• Productividad por CCAA
• Relación entre SMI y coste laboral
• Comparación con evolución de salarios jóvenes
6. EDUCACIÓN Y LABORALIDAD
Solicito por CCAA:
• Tasa de abandono escolar temprano (2015–2026)
• Relación con el salario medio anual por tramo de edad
• Cruce salario–nivel educativo (si existe en EPA o EES)
7. DESIGUALDAD TERRITORIAL
Solicito:
• Evolución de los salarios medios por CCAA (2015–2026)
• Ratio entre comunidades con mayor y menor salario
• Indicadores de dispersión (coeficiente de variación, si existiera)
8. SALARIOS POR SECTOR (CCAA, 2015–2026)
Solicito salarios medios y medianas por edad/sexo para los sectores:
• Turismo y hostelería
• Sanidad
• Construcción
• Administración pública
• Industria y servicios
• (Cualquier otro que el INE publique en EES o EPA)
9. SALARIOS ESPAÑOLES VS EXTRANJEROS
Solicito por CCAA y edad:
• Salario medio y mediano de trabajadores españoles
• Salario medio y mediano de trabajadores extranjeros
• Brecha salarial entre ambos
• Por tipo de contrato y jornada (si existe)».
2. Consta en el expediente que, mediante resolución de 24 de abril de 2026, el Ministerio concede parcialmente el acceso a la información con fundamento en lo dispuesto en el artículo 22.3 LTAIBG y deniega el acceso a determinados extremos en aplicación del artículo 18.1.c) LTAIBG, interponiéndose la presente reclamación en aplicación del artículo 242 de la LTAIBG en fecha 24 de abril de 2026.
3. La reclamación fue trasladada al Ministerio requerido con requerimiento de remisión de expediente y, en su caso, informe con alegaciones. Durante la sustanciación de este procedimiento se ha recibido escrito del reclamante, en fecha 28 de mayo de 2026, en el que comunica a este Consejo que «considera suficientemente atendido el núcleo principal de la reclamación» y comunica su voluntad de desistir de la reclamación.
FUNDAMENTOS JURÍDICOS
Único.-
A la vista de lo expuesto en los antecedentes de esta resolución resulta de aplicación el artículo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC) que permite a todo interesado desistir de su solicitud. En consecuencia, no habiéndose personado en el procedimiento terceros interesados que insten su continuación, ni existir causas que permitan limitar sus efectos, debe darse por finalizado el actual procedimiento de reclamación, con el consiguiente archivo de actuaciones.
RESOLUCIÓN
En atención a los antecedentes y fundamentos jurídicos descritos, procede ARCHIVAR la reclamación interpuesta frente al INE/MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA por desistimiento.
De acuerdo con el artículo 23.13, de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, la reclamación prevista en el artículo 24 de la misma tiene la consideración de sustitutiva de los recursos administrativos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 112.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, directamente ante la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional, de conformidad con lo previsto en el apartado quinto de la Disposición adicional cuarta de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.