El solicitante pidió al Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial información sobre los contratos de suministro de agua y la normativa vigente. La administración alegó que la información sobre los contratos no estaba disponible de forma accesible y que la normativa no constaba como tal. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno estimó la reclamación, ordenando la entrega de la información.
Puntos clave de la argumentación
Texto completo
ANTECEDENTES
En relación con la solicitud presentada por D. JUAN GARCÍA MACHO, mediante la cual solicita el reconocimiento de la prestación por incapacidad permanente derivada de su situación de salud, se procede a la instrucción del presente expediente administrativo.
Relación de hechos
Primero. Que el interesado manifiesta haber padecido diversas patologías que le impiden el desempeño normal de sus funciones laborales habituales, citando específicamente "dolores crónicos de espalda y limitaciones funcionales de extremidades".
Segundo. Que tras la evaluación correspondiente, se ha constatado la existencia de un cuadro clínico compatible con la limitación descrita, habiéndose aportado la documentación médica pertinente para su análisis.
FUNDAMENTOS JURÍDICOS
De la normativa aplicable
La presente resolución se dicta conforme a lo establecido en la Ley General de la Seguridad Social y el Real Decreto Legislativo 8/2015, que regulan las prestaciones por incapacidad permanente.
De acuerdo con la normativa vigente, para la determinación de la incapacidad se requiere la existencia de una disminución significativa de las capacidades para el trabajo debido a enfermedad o accidente. En el presente caso, se analiza la compatibilidad entre el cuadro clínico reportado y la capacidad de desempeño laboral.
Análisis del caso
Tras el estudio de los informes médicos aportados, se observa que el sujeto presenta un cuadro de patología degenerativa que afecta directamente a su movilidad. La evaluación técnica indica que estas dolencias limitan de forma sustancial la capacidad de realizar tareas que requieran esfuerzo físico prolongado o posturas mantenidas.
En este sentido, se aplica el criterio de incapacidad funcional, puesto que las secuelas derivadas de su condición médica le impiden realizar su profesión habitual con la eficacia necesaria, afectando a su rendimiento y seguridad en el entorno laboral.
No obstante, se debe considerar también la posibilidad de reubicación laboral, siempre que las capacidades remanentes lo permitan y existan puestos compatibles con su situación clínica actual.
RESOLUCIÓN
Por todo lo expuesto, y tras haber valorado tanto los antecedentes médicos como el marco jurídico aplicable, se procede a:
- Reconocer la situación de incapacidad según los términos detallados en el informe pericial adjunto.
- Establecer el grado de la prestación conforme a la valoración de las limitaciones funcionales observadas.
- Notificar la presente decisión al interesado para su conocimiento y efectos oportunos.