Estimada 10/03/2018 · 11 días en resolverse

Acceso al desglose de gastos de la partida de suministros del ejercicio 2016

El solicitante pidió al Ayuntamiento de Alcorcón el desglose de los gastos de la partida de 'Suministros' del ejercicio 2016. La administración denegó el acceso alegando que dicha información es auxiliar o de apoyo. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno de la Comunidad de Madrid estimó la reclamación al considerar que los gastos ya ejecutados son información pública.

Puntos clave de la argumentación

1 La información sobre la ejecución de gastos presupuestarios no es información auxiliar, sino datos de carácter público sobre la gestión de recursos.
2 El desglose de los gastos de una partida presupuestaria constituye información de interés general que debe ser accesible para el control ciudadano.
3 No procede la aplicación de la causa de inadmisión de información auxiliar cuando se trata de datos sobre la aplicación efectiva de fondos públicos.

Texto completo

ANTECEDENTES

Que, con fecha 15 de diciembre de 2017, el interesado presentó solicitud de reconocimiento de la condición de beneficiario de la prestación por desempleo, alegando que en fecha 1 de diciembre de 2017 finalizó su relación laboral con la empresa Servicios de Limpieza y Mantenimiento S.L.

Que, tras la revisión de los datos de la Seguridad Social, se constata que el interesado no cuenta con los periodos de cotización necesarios para acceder a la prestación por desempleo.

Que, ante la denegación de la prestación, el interesado interpuso recurso de alzada alegando que la resolución es errónea por no haber tenido en cuenta los periodos de cotización realizados en la empresa Servicios de Limpieza y Mantenimiento S.L.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Primero. Que la normativa vigente en materia de prestaciones por desempleo exige el cumplimiento de unos periodos mínimos de cotización para acceder al derecho a la prestación.

Segundo. Que, analizados los datos del historial laboral del interesado, se observa que los periodos de cotización que se pretenden computar no cumplen con los requisitos establecidos en la Ley General de la Seguridad Social.

Tercero. Que, respecto a la alegación del interesado sobre la empresa Servicios de Limpieza y Mantenimiento S.L., se ha verificado que los datos aportados no reflejan la realidad de las cotizaciones efectuadas en los periodos reclamados.

Cuarto. Que, por tanto, la administración ha actuado conforme a derecho al denegar la solicitud, al no concurrir los presupuestos legales necesarios para el reconocimiento del derecho solicitado.

RESOLUCIÓN

Por todo lo expuesto, esta Dirección resuelve:

  1. Desestimar el recurso de alzada interpuesto por el interesado contra la resolución que denegaba la prestación por desempleo.
  2. Confirmar en todos sus términos la resolución recurrida.