Desistimiento 29/10/2021 · 229 días en resolverse

Solicitud de información sobre encuesta de actividad relacionada con animales de compañía y desistimiento posterior

El reclamante solicitó al Ayuntamiento de Sagunt información sobre una encuesta de actividad relativa a animales de compañía. Tras la falta de respuesta inicial, presentó reclamación ante el Consell de Transparència. Posteriormente, comunicó que la administración ya había facilitado la documentación, solicitando el desistimiento. El organismo acepta el desistimiento y archiva el procedimiento.

Puntos clave de la argumentación

1 El interesado comunicó la satisfacción de su solicitud tras recibir la documentación por parte del Ayuntamiento de Sagunt.
2 De acuerdo con el artículo 94.1 de la Ley 39/2015, el interesado tiene la facultad de desistir de su solicitud o renunciar a sus derechos.
3 La Administración debe aceptar de pleno el desistimiento y declarar concluido el procedimiento siempre que no existan terceros interesados que insten a continuar.
4 Al no haberse personado terceros interesados en el procedimiento, procede la aceptación del desistimiento y el archivo de las actuaciones.

Texto completo

CONSEJO DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y BUEN GOBIERNO DE LA COMUNIDAD VALENCIANA

COMISIÓN EJECUTIVA

President: Ricardo García Macho

Vocales: Emília Bolinches Ribera, Lorenzo Cotino Hueso, Carlos Flores Juberías, Sofia García Solís

Valencia, 29 de octubre de 2021

VISTA la reclamación del expediente número 113/2021, interpuesta por [REDACTADO] contra el Ayuntamiento de Sagunt, y siendo ponente la vocal Emilia Bolinches Ribera, se adopta la siguiente

RESOLUCIÓN

ANTECEDENTES

Primero

Según consta en el expediente, con fecha de 14 de marzo de 2021, [REDACTADO] presentó una reclamación por vía telemática, con el número de registro REGAGE21e00002453572, dirigida al Consejo de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno. En esta reclamación contra la falta de respuesta del Ayuntamiento de Sagunt a una solicitud presentada el 1 de noviembre de 2020 y reiterada el 12 de diciembre de 2020, en la que se solicitaba el cumpliment de una encuesta relativa a la actividad del Ayuntamiento en relación con los animales de compañía.

Segundo

Con fecha 22 de mayo de 2021, [REDACTADO] presentó por vía telemática, con el registro núm. REGAGE21e00008172387, un nuevo escrito ante el Consejo de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno en el que comunicaba que el Ayuntamiento de Sagunt le había remitido la documentación solicitada, por lo cual consideraba satisfecha su solicitud de acceso a la información, y solicitaba que se considerara su desistimiento de la reclamación.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Único

De conformidad con lo previsto en el artículo 94.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, todo interesado puede desistir de su solicitud o, cuando ello no esté prohibido por el ordenamiento jurídico, renunciar a sus derechos. En los apartados 3 y 4 del mismo artículo se dispone que:

El desistimiento podrá realizarse por cualquier medio que permita dejar constancia de ello, siempre que incorpore las firmas que correspondan, y que la Administración aceptará de plano el desistimiento y declarará concluido el procedimiento, a menos que, habiéndose personado terceros interesados, insten a continuarlo, circunstancia que no se ha producido.

RESOLUCIÓN

De acuerdo con los antecedentes y el fundamento jurídico descrito, es procedente:

Aceptar el desistimiento de la reclamación interpuesta por [REDACTADO] el 14 de marzo de 2021 contra el Ayuntamiento de Sagunt, y declarar concluido el procedimiento, ordenando el archivo de las actuaciones.