La reclamante solicitó copia de un expediente de revisión de un nicho en el cementerio municipal al Ayuntamiento de Carlet. Tras no recibir respuesta, presentó reclamación ante el Consell de Transparència. Finalmente, comunicó que la administración le había entregado la información, por lo que solicitó el desistimiento. El organismo acepta el desistimiento y archiva el expediente.
Puntos clave de la argumentación
Texto completo
ANTECEDENTES
Primero
Según se desprende de la documentación que consta en el expediente, el 30 de noviembre de 2021, la Sra. ███████████████████ presentó una reclamación contra el Ayuntamiento de Carlet ante el Consejo de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, con número de registro GVRTE/2021/2997211. En la misma manifiesta que no había obtenido respuesta a una solicitud de acceso a la información presentada el 2 de julio de 2021 (núm. registro 2021-E-RC-4494) ante el Ayuntamiento de Carlet, sobre copia del expediente de revisión de un número de parcela en el cementerio municipal de Carlet.
Segundo
El día 18 de enero de 2022, la Sra. ███████████████████ presentó por vía telemática, con registro núm. GVRTE/2022/133164, un nuevo escrito ante este Consejo, en el cual comunica el desistimiento de la reclamación efectuada en su escrito de 30 de noviembre de 2021, al habérsele entregado por parte del Ayuntamiento la información que solicitó.
FUNDAMENTOS JURÍDICOS
Único
De conformidad con lo previsto en el artículo 94.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, cualquier interesado podrá desistir de su solicitud o, cuando así no esté prohibido por el ordenamiento jurídico, renunciar a sus derechos. En los apartados 3 y 4 del mismo artículo se dispone que:
El desistimiento podrá hacerse por cualquier medio que permita su constancia, sin que incorpore las firmas que correspondan, y que la Administración aceptará de plano el desistimiento, y declarará concluido el procedimiento siempre que, habiéndose personado en este terceros interesados, estos insten su continuación, circunstancia que no se ha producido.
RESOLUCIÓN
A tenor de los antecedentes y fundamento jurídico descritos procede:
- Aceptar el desistimiento de la reclamación interpuesta por la Sra. ███████████████████████████████ el 30 de noviembre de 2021 contra el Ayuntamiento de Carlet, y declarar concluido el procedimiento y ordenar el archivo de las actuaciones.