Desistimiento 09/04/2026 · 51 días en resolverse

Acceso a las caracterizaciones de los residuos del municipio de Valencia desde julio de 2024

Se solicitó acceso a las caracterizaciones de residuos del municipio de Valencia (contrato con Tecnoambiente S.L.) a la EMTRE. El reclamante presentó queja ante el Consell Valencià de Transparència por falta de respuesta. Tras recibir la información de la administración, el interesado solicitó el archivo de la reclamación. El Consell acepta el desistimiento y archiva el procedimiento.

Puntos clave de la argumentación

1 El interesado solicitó el desistimiento de la reclamación tras haber recibido la información requerida por parte de la entidad administrada.
2 De acuerdo con la Ley 39/2015, el interesado puede desistir de su solicitud o renunciar a sus derechos siempre que no esté prohibido por el ordenamiento.
3 La Administración debe aceptar de pleno el desistimiento y declarar concluido el procedimiento, salvo que existan terceros interesados que insten su continuación.

Texto completo

CONSEJO VALENCIANO DE TRANSPARENCIA

Presidenta: Sra. Sonia Margarita Barriga Alejandro
Vocales:
Sr. Eduardo Ruíz Navarro
Sr. Vicente Fernández García

En Valencia, a 9 de abril de 2026

VISTA la reclamación número GESOC/RE/2026/147, interpuesta por D./Sra. , formulada contra ENTIDAD METROPOLITANA PARA EL TRATAMIENTO DE RESIDUOS (EMTRE) y siendo ponente el vocal del Consejo, D. Eduardo Ruíz Navarro, se adopta la siguiente resolución:

ANTECEDENTES

Primero.

Según se desprende de la documentación obrante en el expediente, con fecha de 17 de febrero de 2026, y con número de registro GVRTE/2026/730312, D./Sra. presentó una reclamación contra ENTIDAD METROPOLITANA PARA EL TRATAMIENTO DE RESIDUOS (EMTRE) dirigida ante el Consejo Valenciano de Transparencia. En ella reclamaba contra la falta de respuesta de la EMTRE a una solicitud de acceso a la información pública presentada el día 14 de enero de 2026, en la cual demandaba acceso a la siguiente información: "LAS CARACTERIZACIONES DE LOS RESIDUOS DEL MUNICIPIO DE VALENCIA REALIZADAS DESDE JULIO DEL 2024 DEL CONTRATO EJECUTADO POR LA MERCANTIL TECNOAMBIENTE S.L. EN EL MARCO DEL CONTRATO 'ELABORACIÓN Y DESARROLLO DE UN PLAN DE CARACTERIZACIONES DE LAS DIFERENTES FRACCIONES DE RESIDUOS'".

Segundo.

Con fecha de 27 de febrero de 2026, se recibe en el Consejo Valenciano de Transparencia un correo electrónico del reclamante solicitando el archivo de su reclamación en virtud de haber sido proporcionada por parte de la EMTRE la información solicitada, desistiendo así de su reclamación.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Primero.

Conforme a lo dispuesto en su art. 47.1 de la Ley 1/2022, de 13 de abril, de la Generalitat, de Transparencia y Buen Gobierno de la Comunidad Valenciana,

"el Consejo Valenciano de Transparencia es la autoridad de garantía en materia de transparencia en la Comunidad Valenciana. Tiene como finalidad garantizar el derecho de acceso a la información pública y velar por el cumplimiento de las obligaciones de publicidad activa", siendo el órgano competente para "resolver las reclamaciones contra las resoluciones en materia de acceso a la información pública, con carácter previo a su impugnación en la jurisdicción contencioso-administrativa", según recoge, entre sus funciones, el artículo 48.1 del mismo texto legal.

Segundo.

De conformidad con lo previsto en el artículo 94.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, todo interesado podrá desistir de su solicitud o, cuando ello no esté prohibido por el ordenamiento jurídico, renunciar a sus derechos. En los apartados 3 y 4 del mismo artículo se dispone que el desistimiento podrá realizarse por cualquier medio que permita su constancia, y que la Administración aceptará de plano el desistimiento, y declarará concluido el procedimiento siempre que, habiéndose personado en el mismo terceros interesados, insten estos su continuación, circunstancia que no se ha producido.

RESOLUCIÓN

De acuerdo con los Antecedentes y Fundamentos Jurídicos descritos, procede:

Aceptar el desistimiento de la reclamación interpuesta por D./Sra. el día 17 de febrero de 2026 contra ENTIDAD METROPOLITANA PARA EL TRATAMIENTO DE RESIDUOS (EMTRE), y declarar concluido el procedimiento, ordenando el archivo de las actuaciones.