Estimada 30/04/2025 · 22 días en resolverse

Solicitud de información sobre el estado de tramitación de cuatro resoluciones previas del Comisionado

El interesado solicitó información sobre el estado de tramitación de cuatro resoluciones previas dictadas por el Comisionado. El reclamante alegó que el Ayuntamiento de Barlovento no había cumplido con las entregas de información. El Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública estima la solicitud tras constatar el historial de notificaciones y respuestas.

Puntos clave de la argumentación

1 El Comisionado es competente para resolver la solicitud conforme al artículo 63 de la LTAIP.
2 La información solicitada no se encuentra sujeta a límites de seguridad, intereses económicos o protección de datos, salvo los aportados por el propio interesado.
3 Se procede a estimar el acceso a la información sobre el estado de tramitación detallado en los antecedentes.
4 Si el recurrente no está conforme con la respuesta del Ayuntamiento, debe interponer una nueva reclamación contra esa respuesta específica.

Texto completo

Resolución estimatoria sobre solicitud de información relativa al estado de tramitación de cuatro resoluciones dictadas por este Comisionado.

Sentido: Estimatoria.

Vista la solicitud de información tramitada en el Servicio de Reclamaciones y Asuntos Generales, y teniendo en cuenta los siguientes,

ANTECEDENTES

Primero.-

Con fecha 8 de abril de 2025 y registro de entrada número 2025-000808, se recibió en este Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública solicitud de acceso a la información de xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, al amparo de lo dispuesto en los artículos 40 a 50 de la LTAIP, y relativa al estado de tramitación de cuatro resoluciones dictadas por este Comisionado.

Segundo.-

En concreto solicita: “SITUACIÓN Y RECORRIDO LEGAL EN EL QUE SE ENCUENTRAN LAS SIGUIENTES RESOLUCIONES DE ESTE COMISIONADO, NOTIFICADAS AL AYUNTAMIENTO DE BARLOVENTO Y NO CONTESTADAS POR ÉSTE EN EL PLAZO ESTABLECIDO POR LA LEY:
- R2024000303 DEL 04/10/2024
- R2024000305 DEL 04/10/2024
- R2024000322 DEL 11/10/2024
- R2024000323 DEL 11/10/2024.”

Tercero.-

Estudiada la documentación obrante en los archivos de este Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública se constatan los siguientes datos en relación con las resoluciones sobre las que se requiere información:

Resolución estimatoria sobre solicitud de información al Ayuntamiento de Barlovento relativa a documentación ambiental del depósito regulador del pago de Los Camachos.

El 1 de octubre de 2024 se dictó resolución estimatoria de acceso a la información solicitada. Dicha resolución se notificó al Ayuntamiento de Barlovento el 8 de octubre de 2024. El 8 de enero de 2025 el reclamante comunica que no le han entregado la documentación objeto de la reclamación. Con fecha 15 de enero de 2025 el Ayuntamiento de Barlovento remitió a este Comisionado acreditación de haber contestado al solicitante con notificación de fecha 15 de enero de 2025 y registro de salida 2025-S-RE-16 en cumplimiento de la resolución dictada por el Comisionado. A la vista de lo actuado se procedió al cierre del expediente. El 25 de febrero de 2025 el reclamante comunica que no le han entregado la documentación objeto de la reclamación.

Resolución estimatoria sobre solicitud de información al Ayuntamiento de Barlovento relativa al depósito para regulación y almacenamiento de agua de La Crucita-Separata.

El 1 de octubre de 2024 se dicta resolución estimatoria de acceso a la información solicitada. Dicha resolución se notificó al Ayuntamiento de Barlovento el 8 de octubre de 2024. El 8 de enero de 2025 el reclamante comunica que no le han entregado la documentación objeto de la reclamación. El 15 de enero de 2025 el Ayuntamiento de Barlovento remitió a este Comisionado acreditación de haber contestado al solicitante con notificación de fecha 14 de enero de 2025 y registro de salida 2025-S-RE-11 en cumplimiento de la resolución dictada por el Comisionado. A la vista de lo actuado se procedió al cierre del expediente. El 25 de febrero de 2025 el reclamante comunica que no le han entregado la documentación objeto de la reclamación.

Resolución estimatoria sobre solicitud de información al Ayuntamiento de Barlovento relativa a la instalación de la tubería de Los Loros y tubería de las Fayas y Meleno.

El 10 de octubre de 2024 se dicta resolución estimatoria de acceso a la información solicitada. Dicha resolución se notificó al Ayuntamiento de Barlovento el 17 de octubre de 2024. El 8 de enero de 2025 el reclamante comunica que no le han entregado la documentación objeto de la reclamación. El 4 de febrero de 2025 el Ayuntamiento de Barlovento remitió a este Comisionado acreditación de haber contestado al solicitante con notificación de fecha 4 de febrero de 2025 y registro de salida 2025-S-RE-38, en cumplimiento de la resolución dictada por el Comisionado. A la vista de lo actuado se procedió al cierre del expediente. El 25 de febrero de 2025 el reclamante comunica que no le han entregado la documentación.

Resolución estimatoria sobre solicitud de información al Ayuntamiento de Barlovento relativa a la instalación de depósito prefabricado para regulación y almacenamiento de agua de regadío y conexión a la red de abastecimiento municipal en Los Camachos.

El 10 de octubre de 2024 se dicta resolución estimatoria de acceso a la información solicitada. Dicha resolución se notificó al Ayuntamiento de Barlovento el 17 de octubre de 2024. El 8 de enero de 2025 el reclamante comunica que no le han entregado la documentación objeto de la reclamación. El 15 de enero de 2025 el Ayuntamiento de Barlovento remitió a este Comisionado acreditación de haber contestado al solicitante con notificación de fecha 15 de enero de 2025 y registro de salida 2025-S-RE-15, en cumplimiento de la resolución dictada por el Comisionado. A la vista de lo actuado se procedió al cierre del expediente. El 25 de febrero de 2025 el reclamante comunica que no le han entregado la documentación.

A tales antecedentes son de aplicación los siguientes,

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

  1. I.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 63 de la LTAIP, este Comisionado es competente para resolver la citada solicitud de acceso.
  2. II.- La solicitud reúne los requisitos para su admisión a trámite, según lo dispuesto en los artículos 40 a 43 de la LTAIP.
  3. III.- En la tramitación del procedimiento se han observado los trámites previstos en el Capítulo II del Título III (arts. 40 a 50) de la LTAIP.
  4. IV.- La información solicitada no está sujeta a límite alguno del artículo 37 de la LTAIP y tampoco al límite de protección de datos personales del artículo 38 de la LTAIP, salvo los datos personales aportados por el propio reclamante. Por tanto, no ha sido necesario conceder plazo para realizar alegaciones, en atención a lo dispuesto en el artículo 45.1 de la LTAIP sobre audiencia de terceras personas.
  5. V.- Por ello procede estimar el acceso a la información obrante en los archivos de este Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública y relativa al estado de tramitación de las referidas cuatro resoluciones dictadas por este Comisionado, en los términos del antecedente de hecho tercero.
  6. VI.- Visto que el Ayuntamiento de Barlovento ha manifestado haber dado cumplimiento a las referidas cuatro resoluciones y que el reclamante ha manifestado con posterioridad, esto es, el 25 de febrero de 2025, que no se le ha facilitado la información solicitada, entiende este Comisionado que si no está conforme con la respuesta puede interponer una nueva reclamación en plazo, esto es, dentro del mes siguiente a la notificación de la respuesta recibida, contado a partir del día siguiente a la notificación, contra la respuesta que le ha dado la entidad local.

Ello no es óbice para que presente una nueva solicitud de información requiriendo aquella información de la que presumiendo su existencia entienda que no le ha sido facilitada y en el caso de no recibir respuesta o no estar conforme con la respuesta recibida presente una reclamación en plazo ante este órgano garante del ejercicio del derecho de acceso a la información pública, sin perjuicio del sentido estimatorio o desestimatorio que se dé a la resolución de la reclamación, en función del estudio de los hechos y de la normativa que resulte de aplicación.

No obstante, si necesita cualquier otra información puede contactar directamente con el personal del Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública en los números de teléfono 922473217/922473225/92247322 y solicitar, si así lo desea, una reunión con la comisionada y sus jefes de servicio.

Por todo lo anteriormente expuesto y en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 63 de la Ley canaria 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública,

RESUELVO

Estimar la solicitud de acceso a la información pública formulada por xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx el 8 de abril de 2025 y registro de entrada número 2022-000808, al amparo de lo dispuesto en los artículos 40 a 50 de la LTAIP, y relativa al estado de tramitación de cuatro resoluciones dictadas por este Comisionado, información que ha quedado recogida en el antecedente de hecho tercero.