El Portavoz del Grupo Municipal del PP solicitó al Ayuntamiento de La Oliva el acceso a expedientes de una instalación fotovoltaica y contractuales. Ante la falta de respuesta, presentó una reclamación de transparencia. El Comisionado de Transparencia de Canarias, tras requerir la subsanación de la solicitud original y no recibir respuesta, declara el desistimiento y archivo del expediente.
Puntos clave de la argumentación
Texto completo
Resolución declaratoria de desistimiento de reclamación relativa al acceso del expediente de instalación fotovoltaica, y de los expedientes contractuales identificados con la referencia (...).
Aguas de La Oliva S.A.U.
Sentido: Desistimiento.
Visto el expediente administrativo tramitado en el Servicio de Reclamaciones y Asuntos Generales, relativo a reclamación presentada contra el Ayuntamiento de La Oliva y teniendo en cuenta los siguientes,
ANTECEDENTES
Primero.-
Con registro de entrada número 2025-002101 del 18 de septiembre de 2025, se recibió en el registro del Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública, reclamación de xx xxxxx xxxxxxxxxxx xxxxxxxxxx x, en calidad de Portavoz del Grupo Municipal del PP del Ayuntamiento de La Oliva, al amparo de lo dispuesto en los artículos 52 y siguientes de la Ley canaria 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y acceso a la información pública (en adelante, LTAIP), contra la falta de respuesta a la solicitud de información formulada al Ayuntamiento de La Oliva relativa al acceso del expediente de instalación fotovoltaica, y de los expedientes contractuales identificados con la referencia xx xxxxx xxxxxxxxxxx xxxxxxxxxx xxxxx.
Segundo.-
Examinada la reclamación, se le requirió, el 12 de octubre de 2025, de acuerdo con lo previsto en el artículo 53 de la LTAIP y en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, para que en el plazo máximo de diez días hábiles procediera a subsanar la misma, aportando la solicitud de información debidamente registrada, al no constar en la documentación presentada.
Asimismo, se le comunicó que, de no producirse la subsanación en el plazo mencionado se la tendría por desistido de su solicitud de reclamación, según registro de entrada 2025-0021101 del 18 de septiembre de 2025.
Tercero.-
Transcurrido el plazo para subsanar, el reclamante no ha presentado la documentación requerida, esto es, la solicitud de información debidamente registrada que se menciona en el antecedente anterior.
En base a tales antecedentes, procede tener en cuenta los siguientes,
FUNDAMENTOS JURÍDICOS
I.- El artículo 42 de la LTAIP regula las solicitudes imprecisas, estableciendo que:
"1. Cuando una solicitud esté formulada de manera que no se identifique de forma suficiente la información a que se refiere, se pedirá al solicitante que la concrete, dándole para ello un plazo de diez días, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido en su petición, así como de la suspensión del plazo para dictar resolución. 2. El desistimiento y el archivo de la solicitud se acordará mediante resolución expresa del órgano competente y en ningún caso impedirá la presentación de una nueva solicitud en la que concrete la información demandada".
II.- En el mismo sentido, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en su artículo 68, "Subsanación y mejora de la solicitud", dispone que requerida la aportación de los documentos preceptivos y transcurrido el plazo de diez días otorgados para dar cumplimiento al mismo sin que el interesado los haya presentado, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la citada Ley.
Por todo lo anteriormente expuesto y en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 63 de la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública,
RESOLUCIÓN
- Declarar por desistido a xx xxxxx xxxxxxxxxxx xxxxxxxxxx x, en calidad de Portavoz del Grupo Municipal del PP del Ayuntamiento de La Oliva, contra la falta de respuesta a la solicitud de información formulada al Ayuntamiento de La Oliva relativa al acceso del expediente de instalación fotovoltaica, y de los expedientes contractuales identificados con la referencia xx xxxxx xxxxxxxxxxx xxxxxxxxxx xxxxx.
- Declarar el archivo de dicha reclamación.