Desistimiento 28/04/2026 · 88 días en resolverse

Reclamación sobre la autorización de pesca experimental de sable negro y su consumo

La Federación Provincial de Cofradías de Pescadores de Santa Cruz de Tenerife solicitó información sobre la autorización de pesca experimental de sable negro a la Dirección General de Pesca. Tras la falta de respuesta inicial, interpusieron reclamación ante el Comisionado de Transparencia, pero finalmente desistieron tras haber obtenido la información requerida.

Puntos clave de la argumentación

1 El interesado manifiesta su desistimiento al haber recibido la información solicitada originalmente.
2 De acuerdo con el artículo 94 de la Ley 39/2015, el interesado tiene la facultad de desistir de su solicitud o renunciar a sus derechos.

Texto completo

Resolución declaratoria de desistimiento de reclamación relativa a la pesca experimental de sable negro y su consumo

Dirección General de Pesca. Sentido: Desistimiento.

Vista la reclamación tramitada en el Servicio de Reclamaciones y Asuntos Generales contra la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Soberanía Alimentaria y teniendo en cuenta los siguientes,

ANTECEDENTES

Primero.-

Con fecha 30 de enero de 2026 se recibió en el registro del Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública, reclamación de la Federación Provincial de Cofradías de Pescadores de Santa Cruz de Tenerife, al amparo de lo dispuesto en los artículos 52 y siguientes de la Ley canaria 12/2014, de 26 de diciembre, de Transparencia y Acceso a la Información Pública (en adelante, LTAIP), contra la falta de respuesta a la solicitud de información formulada a la Dirección General de Pesca adscrita a la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Soberanía Alimentaria el 8 de diciembre de 2025 (RE 2428793 / 2025 y RGE / 998790 / 2025), y relativa a la autorización otorgada a la flota canaria para la pesca experimental de Sable Negro y su consumo.

Segundo.-

El 23 de febrero de 2026 la entidad ahora reclamante presentó su desistimiento al haber recibido la información solicitada.

En base a tales antecedentes, procede tener en cuenta los siguientes,

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,

"todo interesado podrá desistir de su solicitud o, cuando ello no esté prohibido por el ordenamiento jurídico, renunciar a sus derechos."

Por todo lo anteriormente expuesto y en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 63 de la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de Transparencia y Acceso a la Información Pública,

RESOLUCIÓN

  1. Declarar por desistida a la Federación Provincial de Cofradías de Pescadores de Santa Cruz de Tenerife, de la reclamación interpuesta contra la falta de respuesta a la solicitud de información formulada a la Dirección General de Pesca adscrita a la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Soberanía Alimentaria el 8 de diciembre de, y relativa a la autorización otorgada a la flota canaria para la pesca experimental de Sable Negro y su consumo.
  2. Declarar el archivo de dicha reclamación.