Estimada 05/02/2025 · 384 días en resolverse

Solicitud de acceso al expediente de una subvención pública

La Asociación de Vecinos Senda de Granada Oeste solicitó a la Consejería de Fomento e Infraestructuras el acceso al expediente de una subvención pública. Ante la falta de respuesta o acceso a la información, presentó reclamación ante la Comisión de Transparencia de la Región de Murcia para obtener el expediente completo o, subsidiariamente, los documentos ya elaborados.

Puntos clave de la argumentación

1 La reclamación se fundamenta en la solicitud de acceso al expediente íntegro de una subvención pública o, en su defecto, a los documentos ya firmados y elaborados dentro de dicho expediente.
2 El órgano competente para resolver la reclamación es la Comisión de Transparencia de la Región de Murcia conforme a la Ley 12/2014.

Texto completo

RESOLUCIÓN 20/2025 DE 5 DE FEBRERO DE 2025, DE LA COMISIÓN DE TRANSPARENCIA DE LA REGIÓN DE MURCIA



I. ANTECEDENTES

PRIMERO.-

Ha tenido entrada en la fecha y con el número indicado la reclamación que nos ocupa.

De conformidad con lo establecido en el artículo 38 ter de la Ley 12/2014, de 16 de diciembre, de Transparencia y Participación Ciudadana de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (en adelante LTPC), es competencia de la Comisión de Transparencia, resolver las reclamaciones en materia de acceso a la información pública.

La tramitación de las mismas se seguirá lo establecido en el artículo 24 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información y buen gobierno (en adelante LTAIBG) y por lo previsto en la LTPC.

SEGUNDO.-

El día 18-01-2024, la ASOCIACIÓN DE VECINOS SENDA DE GRANADA OESTE, representada por [DATOS PROTEGIDOS] presentó reclamación, solicitando:

"PRIMERO.- Que se tenga por presentada esta reclamación ante este Consejo de Transparencia de la Región de Murcia, y en virtud de iste a la Consejería de Fomento e Infraestructuras a que facilite y remita el expediente solicitado en fecha 19 de febrero de 2024 y registro 202409000125564, o subsidiariamente, la información y documentos que a la fecha de la solicitud estén ya elaborados y firmados dentro del expediente de subvención pública.

SEGUNDO.- Que se nos dé traslado de las actuaciones que este Consejo realice, así como trámite de audiencia previo a la resolución que se adopte al respecto".