El reclamante solicitó al Ayuntamiento de Galapagar el acceso a la acta y criterios de asignación de plazas de la Escuela de Natación 2024/25. Al no recibir respuesta, interpuso reclamación por silencio administrativo. El Ayuntamiento respondió concediendo el acceso durante el procedimiento. El Consejo de Transparencia y Protección de Datos de la Comunidad de Madrid declaró concluso el procedimiento por pérdida de objeto, al haberse facilitado la información solicitada y no haberse manifestado desacuerdo por el reclamante.
Puntos clave de la argumentación
Texto completo
ANTECEDENTES
PRIMERO.
Con fecha 4 de marzo de 2025, tiene entrada en el Buzón de este Consejo una reclamación formulada por , de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid (LTPCM).
El reclamante manifiesta que no ha recibido respuesta a su solicitud de acceso a la información pública presentada el día 3 de febrero de 2025 ante el Ayuntamiento de Galapagar, por la que solicitaba acceso a la siguiente información:
«Acta y criterios asignación plazas Escuela de Natación - Piscina Municipal 2024/25»
SEGUNDO.
El 20 de marzo de 2025 se envía al reclamante comunicación de inicio del procedimiento, según lo dispuesto en el artículo 21.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC).
En la misma fecha, se traslada la documentación al Ayuntamiento de Galapagar para que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 79 y 82 LPAC, remita un informe en relación con el asunto objeto de la reclamación y formule las alegaciones que consideren oportunas.
TERCERO.
Con fecha 3 de abril de 2025 tiene entrada escrito de alegaciones del Ayuntamiento de Galapagar remitiendo un informe en el que concede el acceso a la información solicitada estableciendo lo siguiente:
«1. Introducción. En cumplimiento de la solicitud del Ayuntamiento de Galapagar, se presenta el presente informe sobre el procedimiento seguido para la adjudicación de plazas en la Escuela de Natación, dentro del contrato de gestión de la Piscina Municipal de Galapagar Fernando Navarro, cuya concesión corresponde a la empresa