Desistimiento 21/04/2026 · 120 días en resolverse

Desistimiento de reclamación por falta de respuesta a solicitud de dictamen del TEAM sobre tasas de basura

Se solicitó al Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria un dictamen del TEAM sobre tasas de basura. Al no responder, el reclamante interpuso reclamación por silencio administrativo ante el Comisionado de Transparencia de Canarias. Posteriormente, el interesado desistió de la reclamación. El órgano resolvió declarar el desistimiento y archivar el expediente conforme al art. 94 LPACAP.

Puntos clave de la argumentación

1 El reclamante interpuso recurso por falta de respuesta a una solicitud de acceso a la información pública formulada ante el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria.
2 Con carácter posterior a la interposición de la reclamación, el interesado presentó de forma expresa su desistimiento del procedimiento.
3 El Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública de Canarias aplicó el artículo 94 de la Ley 39/2015, que reconoce la facultad de desistir de las solicitudes o renunciar a derechos.
4 En virtud de dicha renuncia expresa y de las atribuciones del artículo 63 de la Ley canaria 12/2014, se procedió a declarar el desistimiento de la reclamación.
5 Como consecuencia jurídica del desistimiento, se acordó el archivo definitivo del expediente de reclamación sin entrar a fondo en el asunto.

Texto completo

Resolución declaratoria de desistimiento de reclamación relativa a dictamen emitido por el Tribunal Económico-Administrativo Municipal (TEAM) sobre tasas de basura.

Vista la reclamación tramitada en el Servicio de Reclamaciones y Asuntos Generales contra el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, y teniendo en cuenta los siguientes,

ANTECEDENTES

Primero.-

Con fecha 22 de diciembre de 2025, se recibió en el Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública, reclamación de XXXXXXXXXXXXXXXXXXX, al amparo de lo dispuesto en los artículos 52 y siguientes de Ley canaria 12/2014, de 26 de diciembre, de Transparencia y Acceso a la Información Pública (en adelante, LTAIP), contra la falta de respuesta a la solicitud formulada al Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria el 21 de noviembre de 2025 (2025-177673), y relativa a dictamen emitido por el Tribunal Económico-Administrativo Municipal (TEAM) sobre tasas de basura.

Segundo.-

El 23 de diciembre de 2025, el ahora reclamante, presentó su desistimiento.

En base a tales antecedentes, procede tener en cuenta los siguientes,

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,

“todo interesado podrá desistir de su solicitud o, cuando ello no esté prohibido por el ordenamiento jurídico, renunciar a sus derechos.”

Por todo lo anteriormente expuesto y en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 63 de la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de Transparencia y Acceso a la Información Pública,

RESOLUCIÓN

1.-

Declarar por desistido a XXXXXXXXXXXXXXXXXXX, de la reclamación interpuesta contra la falta de respuesta a la solicitud formulada al Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria el 21 de noviembre de 2025 (2025-177673), y relativa a dictamen emitido por el Tribunal Económico-Administrativo Municipal (TEAM) sobre tasas de basura.

2.

Declarar el archivo de dicha reclamación.