Pérdida de objeto 26/06/2018 · 459 días en resolverse

Reclamación por denegación de información sobre prevención de riesgos laborales y medios del Plan Infoca en la Delegación Territorial de Málaga

El ciudadano solicitó información detallada sobre prevención de riesgos laborales, planes de salud, accidentes y medios del Plan Infoca a la Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía en Málaga. Tras la falta de respuesta y la posterior reclamación, el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía acuerda el archivo por pérdida de objeto al haberse entregado la información.

Puntos clave de la argumentación

1 El órgano reclamado remitió la información solicitada al interesado mediante oficios fechados el 7 de agosto y 3 de octubre de 2017.
2 Aunque la información fue concedida fuera de plazo y tras la interposición de las reclamaciones, el propósito de obtener los datos ha sido satisfecho.
3 Se considera cumplida la finalidad de transparencia prevista en la Ley 1/2014, de Transparencia Pública de Andalucía.

Texto completo

RESOLUCIÓN 259/2018, de 27 de junio, del Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía Asunto: Reclamación interpuesta por XXX contra la Delegación Territorial en Málaga de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía por denegación de información (Reclamaciones acumuladas núms. 366 y 367/2017). ANTECEDENTES Primero. El ahora reclamante presentó, el 24 de marzo de 2017, una solicitud de información dirigida a la Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía en Málaga, del siguiente tenor: “EXPONE “Que en consonancia con la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de Riesgos Laborales, al objeto de detectar y atender debidamente posibles defciencias e irregularidades que afecten a la seguridad de los empleados públicos estatutarios, así como programar próximas visitas a las instalaciones, puestos y lugares de trabajo de este personal funcionario y laboral, “SOLICITO “Que con la menor premura se aporte por parte de esa administración pública la siguiente información y documentación relacionado con los puestos de trabajo de los empleados públicos estatutarios adscritos a las unidades orgánicas con competencias en prevención y extinción de incendios forestales: “Plan de prevención de riesgos laborales, conforme a lo previsto en el apartado 1 del artículo 16 de esta ley 31/1995. “Programación de la evaluación de los riesgos para la seguridad y la salud en el trabajo, los controles periódicos de las condiciones de trabajo y de la actividad de los trabajadores para el año 2017. “Planifcación de la actividad preventiva, incluidas las medidas de protección y de prevención a adoptar y el material de protección a entregar. “Programación temporal de los controles del estado de salud de los empleados públicos previstos en el artículo 22 de la citada Ley 31/1995 y conclusiones obtenidas de los mismos. “Criterios de valoración de la aptitud física exigidos a cada uno de los puestos funcionales de esa Delegación Territorial que participen en el dispositivo de extinción de incendios forestales. “Relación de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales durante los últimos tres años y el presente año 2017 que hayan causado a los empleados públicos una incapacidad laboral superior a un día de trabajo. “Programación de las acciones formativas de prevención de riesgos laborales para el año 2017. “Puestos de trabajo dotados económicamente correspondiente al personal funcionario y laboral estatutario adscritos en el año 2017 a las unidades orgánicas competente en prevención y extinción de incendios forestales, con indicación de su código Sihrus, denominación y funciones, así como otras formas de trabajo no recogidos en la relación de puesto de trabajo de esa Delegación Territorial, con indicación del acto administrativo resolutorio que proceda. “Orden del Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía por la que se aprueba la actualización del Catálogo e Medios del Plan Infoca para el año 2017. “Igualmente se solicita: “Programación de los simulacros de extinción de incendios a realizar dentro del dispositivo del Plan Infoca durante el año 2017, en el que participen empleados públicos, con indicación de fecha, hora y lugar de celebración. “Programación y descripción de la preparación física de los empleados públicos estatutarios con puestos de trabajo adscritos a la prevención y extinción de incendios y al plan Infoca. “Inventario con descripción de la fota de vehículos puesto a disposición de los empleados públicos estatutarios durante las tareas de prevención y extinción de incendios forestales, con indicación del número de matrícula y antigüedad del mismo, así como si disponen de la señalización de identifcación con rotativo V1 de los vehículos prioritarios.”. Segundo. Con fecha 21 de julio de 2017, el ahora reclamante, presentó en el Registro de la Delegación Territorial de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio una reclamación ante la ausencia de respuesta de la solicitud formulada el 24 de marzo de 2017. Dicha reclamación tuvo entrada en el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía (en adelante, el Consejo) el 2 de agosto de 2017. (Reclamación 366/2018). Tercero. Asimismo, el ahora reclamante, presentó la misma reclamación, dirigida al Consejo, el mismo día 21 de julio de 2017, si bien lo hizo en el Registro de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Málaga. Dicha reclamación tuvo entrada en el Consejo el 8 de agosto de 2017. (Reclamación 367/2018). Cuarto. El 12 de septiembre de 2017 el Consejo solicitó al órgano reclamado, informe y copia del expediente derivado de la solicitud. En la misma fecha anterior se comunica al reclamante el inicio del procedimiento para resolver su reclamación. Quinto. Con fecha 10 de octubre de 2017 tiene entrada en este Consejo escrito del órgano reclamado en el que comunica que: “[…] Con la fnalidad de dar cumplimiento a lo previsto en el art. 33.1 de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia de Andalucía, y 23.3 de la Ley estatal 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información y Buen Gobierno, remitimos a ese Consejo, copia de los expedientes en los que de forma detallada se da respuesta al interesado relativa a la información solicitada”. Constan en el expediente ofcios del órgano reclamado, con fechas de registro de salida 7 de agosto y 3 de octubre de 2017, por los que remite al interesado la información solicitada. Sexto. Con fecha 20 de junio de 2018 se dicta Acuerdo de acumulación de procedimientos. FUNDAMENTOS JURÍDICOS Primero. La competencia para la resolución de la reclamación interpuesta reside en el Director del Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, de acuerdo con lo previsto en el artículo 48.1.b) de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía (en adelante, LTPA). Segundo. Del examen de la documentación aportada al expediente consta escrito del órgano reclamado en el que informa a este Consejo que ha ofrecido al interesado la información solicitada mediante ofcios de fecha 7 de agosto y 3 de octubre de 2017, aunque es cierto que la misma no fue concedida sino una vez interpuesta las reclamaciones y por tanto fuera de plazo. No obstante, considerando que el propósito de obtener la información ha sido satisfecho y que se ha visto cumplida la fnalidad de la transparencia de la información prevista en la LTPA, no queda más que declarar la terminación del procedimiento de la reclamación planteada por desaparición del objeto de la reclamación. En virtud de los Antecedentes y Fundamentos Jurídicos citados se dicta la siguiente RESOLUCIÓN Único. Declarar la terminación del procedimiento derivado de la reclamación presentada por XXX contra la Delegación Territorial en Málaga de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía por denegación de información. Contra esta resolución, que pone fn a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla que por turno corresponda en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notifcación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8. 3 y 46.1, respectivamente, de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Consta la frma