Inadmitida 19/12/2018 · 140 días en resolverse

Reclamación por denegación de información pública a la Delegación Territorial de Conocimiento y Empleo y al SAE en Cádiz

El ciudadano solicitó información a la Delegación Territorial de Conocimiento y Empleo y a la Dirección Provincial del SAE en Cádiz. No se alegaron motivos de fondo ya que el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía inadmitió la reclamación por haberse interpuesto antes de que se presentara la solicitud de información original.

Puntos clave de la argumentación

1 La reclamación fue interpuesta el 1 de agosto de 2018, mientras que la solicitud de información fue registrada el 27 de agosto de 2018.
2 De acuerdo con el art. 24.2 de la Ley 19/2013, la reclamación debe interponerse tras la notificación del acto impugnado.
3 Resulta improcedente la admisión a trámite de una reclamación presentada con anterioridad a la solicitud de información que pretende defender.

Texto completo

RESOLUCIÓN 447/2018, de 20 de diciembre del Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía Asunto: Reclamación interpuesta por XXX contra la Delegación Territorial de Conocimiento y Empleo en Cádiz y la Dirección Provincial del Servicio Andaluz de Empleo en Cádiz, por denegación de información pública. (Reclamación 294/2018). ANTECEDENTES Primero. Con fecha 1 de agosto de 2018 tuvo entrada en el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía (en adelante el Consejo) una reclamación por denegación de una solicitud de acceso a información pública. Segundo. Al no quedar identificado el objeto de la reclamación se concedió un plazo de subsanación previsto en el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (en adelante PAC) para que subsanara dicha deficiencia. Tercero. Dicho plazo de subsanación se le concede por oficio de 9 de agosto de 2018, que resultó notificado el 23 de agosto de 2018. Cuarto. El 30 de agosto de 2018 tuvo entrada en el Consejo escrito del ahora reclamante, en el que identifica que los órganos a los que se reclaman son la Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo (actual Delegación Territorial de Conocimiento y Empleo) y la Dirección Provincial del Servicio Andaluz de Empleo, ambas en Cádiz. Asimismo acompaña una solicitud de información de 27 de agosto de 2018 dirigida a los órganos reclamados antes citados. FUNDAMENTOS JURÍDICOS Primero. La competencia para la resolución de la reclamación interpuesta reside en el Director del Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, de acuerdo con lo previsto en el artículo 48.1.b) de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía (en adelante, LTPA). Segundo. El art. 24.2 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, dispone que “la reclamación se interpondrá en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación del acto impugnado...” Según consta en la documentación aportada por el reclamante, la solicitud de información fue registrada en el órgano reclamado el 27 de agosto de 2018. Sin embargo, el escrito de reclamación tuvo entrada en el Registro de este Consejo el 1 de agosto de 2018,esto es, de forma previa a la solicitud de información que el reclamante aporta. En consecuencia, al haberse interpuesto la reclamación con anterioridad a la presentación de la solicitud de información, procede su inadmisión a trámite. RESOLUCIÓN Único. Inadmitir a trámite la reclamación presentada XXX contra la Delegación Territorial de Conocimiento y Empleo en Cádiz y la Dirección Provincial del Servicio Andaluz de Empleo en Cádiz por denegación de información pública.