Dña. XXX solicitó a la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales datos cuantitativos sobre el Programa de Solidaridad en Jaén. La administración proporcionó parcialmente la información. La reclamante recurrió ante el Consejo de Transparencia, el cual archiva el expediente al comprobar que la administración ya había respondido facilitando los datos disponibles.
Puntos clave de la argumentación
1
La administración facilitó datos específicos sobre solicitudes recibidas, denegadas y concedidas tanto a nivel provincial como municipal en Jaén.
2
El Consejo de Transparencia verifica que la respuesta administrativa fue proporcionada en tiempo y forma, ajustándose a la información disponible en el Sistema Integrado de Servicios Sociales.
3
Se determina que no existe denegación de acceso, ya que la administración respondió a la solicitud aportando los datos cuantitativos requeridos.
Texto completo
RESOLUCIÓN 151/2019, de 10 de mayo
Asunto: Reclamación interpuesta por Dña. XXX contra la Secretaría General de Servicios
Sociales de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales por denegación de información
pública (Reclamación núm. 159/2018).
ANTECEDENTES
Primero. La ahora reclamante presenta, el 21 de marzo de 2018, una solicitud de información
dirigida a la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales, con el siguiente contenido:
“Nos gustaría obtener los datos cuantitativos sobre: Con respecto al Programa de
Solidaridad (Salario Social): - Cantidad de Solicitudes recibidas, denegadas y aceptadas
en el último año. - De las denegadas, cuántas lo han sido por defecto de forma. -
Además de saber el total de solicitudes, cuántas pertenecen al barrio del Polígono del
Valle (Jaén). - Cuántas solicitudes han sido tramitadas por Servicios Sociales
Comunitarios”.
El mismo día, la ahora reclamante envía un correo electrónico a la Unidad de Transparencia
de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales, cuyo tenor literal es el siguiente:
“En relación con la solicitud que se acaba de realizar cuyo número de expediente es
SOL-2018/00001887-PID@, concretar que la información que se solicita es referente a
la ciudad de Jaén”.
Segundo. En respuesta a este correo, el 22 de marzo, la Secretaría General de Servicios
Sociales de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales comunica a la interesada que, siendo
el órgano competente para resolver su petición, se procederá a su tramitación de acuerdo con
lo establecido en la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía.
Tercero. El 12 de abril de 2018, la Secretaría General de Servicios Sociales, “tras el análisis de
la solicitud de información y realizadas las comprobaciones necesarias para establecer si le
son aplicables los límites al derecho de acceso establecidos en los artículos 14 y 15 de la Ley
19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen
Gobierno, y lo establecido en los artículos 25 y 26 de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de
Transparencia Pública de Andalucía”, resuelve:
“Conceder el acceso a la información en los siguientes términos:
“La información solicitada que le podemos facilitar es la siguiente:
“En 2017 se recibieron para el Ingreso Mínimo de Solidaridad, 45.888 solicitudes, de
las cuales 4.058 eran de la provincia de Jaén. Se denegaron 6.513, 499 en la provincia
de Jaén. El total de resoluciones de concesión fueron 29.337, de las que 2.725 fueron
en la provincia de Jaén.
“De Jaén capital se recibieron 692 solicitudes.
“Los datos han sido extraídos del Sistema Integrado de Servicios Sociales (SISS) y
Discoverer Viewer (aplicación de análisis estadístico de los datos SISS).
“