El ciudadano solicitó a la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales de Andalucía el número de solicitudes aprobadas de Renta Mínima de Inserción y la cuantía económica hasta julio de 2018. La administración denegó la información remitiendo a la publicación estadística anual. El Consejo Superior de Transparencia y Acceso a la Información Pública estima la reclamación por denegación indebida.
Puntos clave de la argumentación
1
La existencia de una obligación legal de publicar informes estadísticos anuales no exime a la Administración de responder a solicitudes individuales de acceso a la información pública.
2
La información solicitada es de naturaleza estadística y no afecta a datos personales identificables, por lo que no concurre límite alguno al derecho de acceso.
3
La remisión a una publicación futura o a memorias de años anteriores no constituye una respuesta satisfactoria ni una denegación motivada conforme a la ley.
Texto completo
RESOLUCIÓN 1/2020, de 15 de enero
Asunto: Reclamación interpuesta por XXX contra la Secretaría General de Servicios Sociales
de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales por denegación de información pública
(Reclamación núm. 333/2018).
ANTECEDENTES
Primero. El ahora reclamante presentó, el 15 de agosto de 2018, una solicitud de
información dirigida a la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales del siguiente tenor:
“SOLICITA:
“... Quisiera conocer el Nº de solicitudes de Renta Mínima de Inserción aprobadas
hasta el mes 1 de Julio del Presente y la cantidad económica comprometida al
respecto; por provincias y mes.”
Segundo. Con fecha 6 de septiembre de 2018, el órgano reclamado dicta resolución por la que
resuelve:
“En relación a su consulta le informamos que, según el artículo 69 de la Ley 9/2016, de
27 de diciembre, de Servicios Sociales de Andalucía:
“«En el primer cuatrimestre de cada año natural, la Consejería competente hará
públicos los informes estadísticos necesarios para conocer la realidad social de la
Comunidad».
“El artículo 46. c) del Decreto ley 3/2017, de 19 de diciembre, por el que se aprueba la
Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía,especifica que:
“«La emisión de informes estadísticos anuales sobre la Renta Mínima de Inserción
Social en Andalucía. Dichos informes, conforme al artículo 69 de la Ley 9/2016, de
27 de diciembre, se harán públicos en el primer cuatrimestre de cada año natural»,
por ello el informe estadístico de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía,
correspondiente a la anualidad 2018, se publicará en el primer cuatrimestre de
2019 tal como establece su normativa.
“No obstante lo anterior, puede consultar la memoria estadística del Programa de
Solidaridad de los Andaluces para la erradicación de la marginación y la desigualdad en
Andalucía (Ingreso Mínimo de Solidaridad) referente al año 2017 en el siguiente enlace:
"http://juntadeandalucia.es/export/drupaljda/memoria_solidaridad_2017.pdf
“