Estimada 20/03/2020 · 248 días en resolverse

Reclamación por denegación de información sobre programas de prevención de acoso escolar y agresiones en institutos de secundaria

El ciudadano solicitó a la Consejería de Educación y Deporte de la Junta de Andalucía información sobre programas de prevención de acoso escolar y datos sobre agresiones y bajas médicas en diversos institutos. Tras reclamar ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía por falta de respuesta, la administración concedió el acceso a la información.

Puntos clave de la argumentación

1 La administración reconoció la obligatoriedad de los Planes de Convivencia en cada centro docente de Andalucía según la Orden de 20 de junio de 2011.
2 Se determinó que los objetivos de dichos planes incluyen la prevención, detección y eliminación de la violencia, especialmente el acoso escolar.
3 La Consejería de Educación y Deporte accedió a facilitar la información solicitada mediante la remisión de un anexo con los datos requeridos.

Texto completo

RESOLUCIÓN 92/2020, de 20 de marzo Asunto: Reclamación interpuesta por XXX contra la Consejería de Educación y Deporte, de la Junta de Andalucía, por denegación de información pública (Reclamación núm. 454/2019). ANTECEDENTES Primero. La persona ahora reclamante presentó, el 16 de julio de 2019, una solicitud de información dirigida a la Consejería de Educación y Deporte, de la Junta de Andalucía, del siguiente tenor: “Al amparo de lo establecido en la Ley 19/2013, de nueve de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, y de la Ley 1/2014, de veinticuatro de junio, de transparencia pública de Andalucía, quisiera saber si en los siguientes Institutos de Secundaria: “-La Maroma (Benamocarra) “-Chaparril (Nerja) “-Las Viñas (Manilva) “-Jorge Guillen (Torrox) “-Arroyo de la Miel (Benalmádena) “-Jarifa (Cártama) “-Sierra Almijara (Nerja) “-Mare Nostrum (Málaga) “-Andrés Pérez Serrano (Cortes de la Frontera) “-Villa de Setenil (Setenil de las Bodegas) “-Los Boliches (Fuengirola) “-Alfaguara (Lo ja) “-Escultor Martín Higuera (Arriate) “-Juan de la Cierva (Vélez-Málaga) “-Pintor José María Fernández (Antequera) “-Mar de Alborán (Estepona) “-Rafael Reyes (Cartaya) “existen programas de prevención de acoso escolar (bullying) y de protección de profesores frente a agresiones por parte de alumnos y padres de alumnos, si en los dos últimos cursos académicos se han registrado agresiones (en cualquiera de los supuestos antes mencionados) y si como consecuencia de las mismas ha habido algún profesor de baja médica por incapacidad temporal o alumnos sancionados disciplinariamente, rogando que la información solicitada se me remita en los términos y plazos establecidos en la legislación vigente”. Segundo. El 4 de septiembre de 2019, tiene entrada en el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía (en adelante, el Consejo) escrito de reclamación, en el que el interesado expone lo siguiente: “[…] he solicitado información (mediante escritos adjuntos) a distintas Administraciones Públicas sin haber obtenido respuesta en los términos y plazos legalmente establecidos, según se detalla a continuación: “Nueve de julio de dos mil diecinueve. Delegaciones Provinciales de la Consejería de Educación (Málaga y Cádiz) sobre estadísticas relativas a acoso escolar y agresiones en centros educativos. “Diez de julio de dos mil diecinueve. Ayuntamientos de Guaro, Grazalema, La Línea de la Concepción y Cártama, solicitando actas de los plenos de constitución de los consistorios. “Dieciséis de julio de dos mil diecinueve. Consejería de Educación sobre estadísticas relativas a acoso escolar y agresiones en centros educativos. “Dieciséis de julio de dos mil diecinueve. Delegación Territorial de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración local, sobre ayudas concedidas a los Juzgados de Paz. “Diecisiete de julio de dos mil diecinueve. Ayuntamientos de Huétor-Vega, Pinar y Montefrío, solicitando actas de los plenos de constitución de los consistorios. “Por lo anteriormente expuesto, ruego al Consejo que inste a las mencionadas instituciones a facilitarme la información requerida”. Tercero. El 8 de noviembre de 2019, la Viceconsejera de Educación y Deporte dicta resolución por la que se le da acceso a la solicitud de información pública con base en los siguientes fundamentos jurídicos: “Conceder el acceso a la información solicitada por D. [nombre de la persona ahora reclamante], haciéndole saber que: “- Los institutos de Educación Secundaria, de conformidad con lo establecido en el Decreto 327/2010, de 13 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de los Institutos de Educación Secundaria B.O.J.A. n.º 139 de 16/07/2010, y en la Orden de 20 de junio de 2011, por la que se adoptan medidas para la promoción de la convivencia en [os centros docentes sostenidos con fondos públicos y se regula el derecho de las familias a participar en el proceso educativo de sus hijos e hijas (B.O.J.A. n.° 132 de 07/07/2011) en los supuestos de acoso escolar, han de actuar conforme a las directrices establecidas, en los correspondientes protocolos de actuación (en supuestos de Acoso Escolar, Maltrato infantil, violencia de género y agresión hacia el profesorado). “- Además, la Orden de 20 de junio de 2011, por la que se adoptan medidas para la promoción de la convivencia en los centros docentes sostenidos con fondos públicos y se regula el derecho de las familias a participar en el proceso educativo de sus hijos e hijas, tiene por objeto «La promoción de la convivencia en los centros docentes, a través de la elaboración, desarrollo y evaluación de sus planes de convivencia, de la mediación en la resolución de conflictos y del establecimiento de protocolos de actuación e intervención ante situaciones de acoso escolar, maltrato infantil, situaciones de violencia de género en el ámbito educativo, o agresiones al profesorado o al resto del personal de los centros docentes y el derecho de las familias a participar en el proceso educativo de sus hijos e hijas», por lo que el Plan de Convivencia es obligatorio en cada uno de los centros de Andalucía. “- En concreto, el artículo 3 de dicha Orden regula la definición, objetivos y coordinación de estos Planes, donde específicamente se establece como uno de sus objetivos «Facilitar la prevención, detección y eliminación de todas las manifestaciones de violencia, especialmente del acoso escolar, de la violencia de género y de las actitudes y comportamientos xenófobos y racistas». Por otra parte, el articulo 7 regula las Actuaciones preventivas y para la detección de la conflictividad y una de las Actividades que propone este artículo es «la sensibilización frente a los casos de acoso e intimidación entre iguales, dirigidas a la comunidad educativa». “El resto de información solicitada se adjunta en el documento: Anexo I “