El ciudadano solicitó a la Consejería de Educación y Deporte de la Junta de Andalucía información sobre programas de prevención de acoso escolar y datos sobre agresiones y bajas médicas en diversos institutos. Tras reclamar ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía por falta de respuesta, la administración concedió el acceso a la información.
Puntos clave de la argumentación
1
La administración reconoció la obligatoriedad de los Planes de Convivencia en cada centro docente de Andalucía según la Orden de 20 de junio de 2011.
2
Se determinó que los objetivos de dichos planes incluyen la prevención, detección y eliminación de la violencia, especialmente el acoso escolar.
3
La Consejería de Educación y Deporte accedió a facilitar la información solicitada mediante la remisión de un anexo con los datos requeridos.
Texto completo
RESOLUCIÓN 92/2020, de 20 de marzo
Asunto: Reclamación interpuesta por XXX contra la Consejería de Educación y Deporte, de
la Junta de Andalucía, por denegación de información pública (Reclamación núm.
454/2019).
ANTECEDENTES
Primero. La persona ahora reclamante presentó, el 16 de julio de 2019, una solicitud de
información dirigida a la Consejería de Educación y Deporte, de la Junta de Andalucía, del
siguiente tenor:
“Al amparo de lo establecido en la Ley 19/2013, de nueve de diciembre, de
transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, y de la Ley 1/2014, de
veinticuatro de junio, de transparencia pública de Andalucía, quisiera saber si en los
siguientes Institutos de Secundaria:
“-La Maroma (Benamocarra)
“-Chaparril (Nerja)
“-Las Viñas (Manilva)
“-Jorge Guillen (Torrox)
“-Arroyo de la Miel (Benalmádena)
“-Jarifa (Cártama)
“-Sierra Almijara (Nerja)
“-Mare Nostrum (Málaga)
“-Andrés Pérez Serrano (Cortes de la Frontera)
“-Villa de Setenil (Setenil de las Bodegas)
“-Los Boliches (Fuengirola)
“-Alfaguara (Lo ja)
“-Escultor Martín Higuera (Arriate)
“-Juan de la Cierva (Vélez-Málaga)
“-Pintor José María Fernández (Antequera)
“-Mar de Alborán (Estepona)
“-Rafael Reyes (Cartaya)
“existen programas de prevención de acoso escolar (bullying) y de protección de
profesores frente a agresiones por parte de alumnos y padres de alumnos, si en los
dos últimos cursos académicos se han registrado agresiones (en cualquiera de los
supuestos antes mencionados) y si como consecuencia de las mismas ha habido algún
profesor de baja médica por incapacidad temporal o alumnos sancionados
disciplinariamente, rogando que la información solicitada se me remita en los
términos y plazos establecidos en la legislación vigente”.
Segundo. El 4 de septiembre de 2019, tiene entrada en el Consejo de Transparencia y
Protección de Datos de Andalucía (en adelante, el Consejo) escrito de reclamación, en el que el
interesado expone lo siguiente:
“[…] he solicitado información (mediante escritos adjuntos) a distintas
Administraciones Públicas sin haber obtenido respuesta en los términos y plazos
legalmente establecidos, según se detalla a continuación:
“Nueve de julio de dos mil diecinueve. Delegaciones Provinciales de la Consejería de
Educación (Málaga y Cádiz) sobre estadísticas relativas a acoso escolar y agresiones en
centros educativos.
“Diez de julio de dos mil diecinueve. Ayuntamientos de Guaro, Grazalema, La Línea de
la Concepción y Cártama, solicitando actas de los plenos de constitución de los
consistorios.
“Dieciséis de julio de dos mil diecinueve. Consejería de Educación sobre estadísticas
relativas a acoso escolar y agresiones en centros educativos.
“Dieciséis de julio de dos mil diecinueve. Delegación Territorial de Turismo,
Regeneración, Justicia y Administración local, sobre ayudas concedidas a los Juzgados
de Paz.
“Diecisiete de julio de dos mil diecinueve. Ayuntamientos de Huétor-Vega, Pinar y
Montefrío, solicitando actas de los plenos de constitución de los consistorios.
“Por lo anteriormente expuesto, ruego al Consejo que inste a las mencionadas
instituciones a facilitarme la información requerida”.
Tercero. El 8 de noviembre de 2019, la Viceconsejera de Educación y Deporte dicta resolución
por la que se le da acceso a la solicitud de información pública con base en los siguientes
fundamentos jurídicos:
“Conceder el acceso a la información solicitada por D. [nombre de la persona ahora
reclamante], haciéndole saber que:
“- Los institutos de Educación Secundaria, de conformidad con lo establecido en el
Decreto 327/2010, de 13 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de los
Institutos de Educación Secundaria B.O.J.A. n.º 139 de 16/07/2010, y en la Orden de 20
de junio de 2011, por la que se adoptan medidas para la promoción de la convivencia
en [os centros docentes sostenidos con fondos públicos y se regula el derecho de las
familias a participar en el proceso educativo de sus hijos e hijas (B.O.J.A. n.° 132 de
07/07/2011) en los supuestos de acoso escolar, han de actuar conforme a las
directrices establecidas, en los correspondientes protocolos de actuación (en
supuestos de Acoso Escolar, Maltrato infantil, violencia de género y agresión hacia el
profesorado).
“- Además, la Orden de 20 de junio de 2011, por la que se adoptan medidas para la
promoción de la convivencia en los centros docentes sostenidos con fondos públicos y
se regula el derecho de las familias a participar en el proceso educativo de sus hijos e
hijas, tiene por objeto «La promoción de la convivencia en los centros docentes, a
través de la elaboración, desarrollo y evaluación de sus planes de convivencia, de la
mediación en la resolución de conflictos y del establecimiento de protocolos de
actuación e intervención ante situaciones de acoso escolar, maltrato infantil,
situaciones de violencia de género en el ámbito educativo, o agresiones al profesorado
o al resto del personal de los centros docentes y el derecho de las familias a participar
en el proceso educativo de sus hijos e hijas», por lo que el Plan de Convivencia es
obligatorio en cada uno de los centros de Andalucía.
“- En concreto, el artículo 3 de dicha Orden regula la definición, objetivos y
coordinación de estos Planes, donde específicamente se establece como uno de sus
objetivos «Facilitar la prevención, detección y eliminación de todas las manifestaciones
de violencia, especialmente del acoso escolar, de la violencia de género y de las
actitudes y comportamientos xenófobos y racistas». Por otra parte, el articulo 7 regula
las Actuaciones preventivas y para la detección de la conflictividad y una de las
Actividades que propone este artículo es «la sensibilización frente a los casos de acoso
e intimidación entre iguales, dirigidas a la comunidad educativa».
“El resto de información solicitada se adjunta en el documento: Anexo I
“