El ciudadano solicitó a la Delegación Territorial de Educación de Cádiz información sobre programas de prevención de acoso escolar y datos de agresiones a docentes. Tras interponer reclamación por falta de respuesta, el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía archiva el expediente ya que la administración facilitó la información el 10 de octubre de 2019.
Puntos clave de la argumentación
1
El Consejo determina que el propósito de obtener la información ha sido satisfecho mediante la respuesta notificada el 14 de octubre de 2019.
2
Se declara la terminación del procedimiento por desaparición sobrevenida del objeto de la reclamación.
Texto completo
RESOLUCIÓN 89/2020, de 20 de marzo
Asunto: Reclamación interpuesta por XXX contra la Delegación Territorial de Educación,
Deporte, Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación en Cádiz, de la Junta de Andalucía, por
denegación de información pública (Reclamación núm. 441/2019).
ANTECEDENTES
Primero. La persona ahora reclamante presentó, el 9 de julio de 2019, una solicitud de
información dirigida a la Delegación Provincial de Cádiz de la Consejería de Educación, de la
Junta de Andalucía, del siguiente tenor:
“Al amparo de lo establecido en la Ley 19/2013, de nueve de diciembre, de
transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, y de la Ley 1/2014, de
veinticuatro de junio, de transparencia pública de Andalucía, quisiera saber si en los
Institutos de Educación Secundaria de las localidades de La Línea de la Concepción,
Algeciras, Tarifa, San Roque y Los Barrios existen programas de prevención de acoso
escolar (bullying) y de protección de profesores frente a agresiones por parte de
alumnos y padres de alumnos, si en los dos últimos cursos académicos se han
registrado agresiones (en cualquiera de los supuestos antes mencionados) y si como
consecuencia de las mismas ha habido algún profesor de baja médica por incapacidad
temporal o alumnos sancionados disciplinariamente, rogando que la Información
solicitada se me remita en los términos y plazos establecidos en la legislación vigente”.
Segundo. El 4 de septiembre de 2019, tiene entrada en el Consejo de Transparencia y
Protección de Datos de Andalucía (en adelante, el Consejo) escrito de reclamación, en el que el
interesado expone lo siguiente:
“[…] he solicitado información (mediante escritos adjuntos) a distintas
Administraciones Públicas sin haber obtenido respuesta en los términos y plazos
legalmente establecidos, según se detalla a continuación: .
“Nueve de julio de dos mil diecinueve. Delegaciones Provinciales de la Consejería de
Educación (Málaga y Cádiz) sobre estadísticas relativas a acoso escolar y agresiones en
centros educativos.
“Diez de julio de dos mil diecinueve. Ayuntamientos de Guaro, Grazalema, La Línea de
la Concepción y Cártama, solicitando actas de los plenos de constitución de los
consistorios.
“Dieciséis de julio de dos mil diecinueve. Consejería de Educación sobre estadísticas
relativas a acoso escolar y agresiones en centros educativos.
“Dieciséis de julio de dos mil diecinueve. Delegación Territorial de Turismo,
Regeneración, Justicia y Administración local, sobre ayudas concedidas a los Juzgados
de Paz.
“Diecisiete de julio de dos mil diecinueve. Ayuntamientos de Huétor-Vega, Pinar y
Montefrío, solicitando actas de los plenos de constitución de los consistorios.
“Por lo anteriormente expuesto, ruego al Consejo que inste a las mencionadas
instituciones a facilitarme la información requerida”.
Tercero. El 10 de octubre de 2019, el Delegado Territorial dicta resolución por la que se le
da acceso a la solicitud de información pública con base en los siguientes fundamentos
jurídicos:
“Punto 1.- «Si en los institutos de Educación Secundaria de las localidades de La
Linea de la Concepción, Algeciras, Tarifa, San Roque y Los Barrios existen
programas de prevención efe acoso escolar (bullying) y de protección de
profesores frente a agresiones por parte de alumnos y padres de alumnos si en los
dos últimos cursos académicos se han registrado agresiones (en cualquiera de los
supuestos antes mencionados) y si como consecuencia de las mismas ha habido
algún profesor de baja médica por incapacidad temporal o alumnos sancionados
disciplinariamente, rogando que la información solicitada se me remita en los
términos y plazos establecidos en la legislación vigente»
“En cumplimiento de la Orden de 20 de junio de 2011, todos los centros cuentan
con un Plan de Convivencia para la mediación en la resolución de conflictos y el
establecimiento de protocolos de actuación e intervención ante situaciones de
acoso escolar o agresiones al profesorado o al resto de personal de los mismos.
Existen un total de 26 Institutos de Educación Secundaria entre las localidades
objeto del expediente que nos ocupa.
“- Algeciras: Cuenta con 12 I.E.S.:
“En los dos últimos cursos académicos, se han registrado un total de 3 agresiones a
profesores/as por parte de alumnos/ss y/o padres/madres. Dos de ellas por parte
de alumnos/as y una por parte de padres/madres. En un caso, ha habido un
docente de baja por incapacidad temporal y se han sancionado a dos alumnos/as.
“En todos los IES existen programas de prevención de acoso escolar (bullying)
excepto en uno de ellos, en el que se desarrollan puntualmente actividades de
tutoría y charlas por parte de entidades del entorno como Ayuntamiento. Sólo en
uno de los IES se desarrolla un Programa de protección de profesores/as frente a
agresiones de alumnos/as y/o padres/madres.
“- La Línea de la Concepción: Cuenta con 5 I.E.S.:
“En los dos últimos cursos académicos, se han registrado 4 agresiones a docentes
por parte de padres/madres y 11 por parte de alumnos/as. Los docentes agredidos
no se han dado de baja por incapacidad temporal.
“En todos los IES existen programas de prevención de acoso escolar (bullying),
excepto en uno de ellos en el que se desarrollan puntualmente talleres de
prevención. En ningún IES se desarrolla un Programa de protección de
profesores/as frente a agresiones de alumnos/as y/o padres/madres.
“- Tarifa: cuenta con 2 I.E.S.:
“En los dos últimos cursos académicos, no se han registrado agresiones a docentes
por parte de padres/madres y/o alumnos/as. En todos los IES existen programas de
prevención de acoso escolar (bullying) y ninguno de ellos desarrolla un Programa
de protección de profesores/as frente a agresiones de alumnos/as y/o
padres/madres.
“- San Roque: cuenta con 5 I.E.S.:
“En los dos últimos cursos académicos, no se han registrado agresiones a docentes
por parte de padres/madres y/o alumnos/as.
“En tres de ellos se desarrollan programas de prevención de acoso escolar
(bullying) y en dos se desarrollan puntualmente actividades de prevención. En
ningún IES se desarrolla un Programa de protección de profesores/as frente a
agresiones de alumnos/as y/o padres/madres.
“- Los Barrios: cuenta con 2 I.E.S.:
“En los dos últimos cursos académicos, no se han registrado agresiones a docentes
por parte de padres/madres y/o alumnos/as.
“En uno de ellos se desarrolla un programa de prevención de acoso escolar
(bullying). En ningún IES se desarrolla un Programa de protección de profesores/as
frente a agresiones de alumnos/as y/o padres/madres.”
Consta en el expediente el acuse de recibo de la notificación a la persona interesada, con
fecha de 14 de octubre de 2019.
Cuarto. Con fecha 14 de noviembre de 2019, se dirige escrito a la persona reclamante
comunicando la iniciación del procedimiento de resolución de la reclamación. El 15 de
noviembre de 2019, se solicitó al órgano reclamado copia del expediente derivado de la
solicitud de información, informe y alegaciones que tuviera por conveniente plantear en orden
a resolver la reclamación. Dicha solicitud es comunicada asimismo por correo electrónico a la
Unidad de Transparencia u órgano equivalente del órgano reclamado, el día 18 de noviembre
de 2019.
Quinto. El 28 de noviembre de 2019, tuvo entrada el siguiente informe del órgano reclamado :
“- Don [nombre de la persona ahora reclamante], con fecha 9 de julio de 2.019, presentó
escrito en la Delegación Territorial de Málaga, dirigido a esta Delegación Territorial en
Cádiz (página 1 del expediente adjunto), por el que, amparándose en la Ley 19/2013,
de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la información pública y buen gobierno,
cuyo objeto era el siguiente: «Programas de prevención del acoso escolar (Bullying) y
de protección de profesores frente a agresiones por parte de alumnos y padres; si se
han registrado en los 2 últimos años agresiones; y si como consecuencia de ello ha
habido algún profesor de baja por IT o alumnos sancionados disciplinariamente.» Este
escrito tuvo entrada en el registro de la Delegación Territorial de Cádiz con fecha 24 de
julio de 2.019, y fue derivado al Servicio de Inspección Educativa, por error, pues debió
trasladarse a la Unidad de Transparencia.
“- Con fecha 12 de septiembre de 2.019, el escrito en cuestión fue conocido por la
Unidad de Transparencia de nuestra Delegación Territorial, y elevado a la Unidad de
Transparencia de la CED (página 2 del expediente adjunto), desde donde, en la misma
fecha, y a través de la plataforma pertinente, fue asignado para su tramitación en esta
Delegación Territorial.
“- Solicitados los informes pertinentes a los servicios de Inspección Educativa,
Ordenación Educativa y Recursos Humanos, de esta Delegación Territorial (páginas 3 y
siguientes del expediente adjunto), con fecha 10 de octubre de 2.019, se dictó
resolución concediendo el acceso a la información (páginas 11 a 14 del expediente
adjunto), que fue remitida el mismo día al domicilio del solicitante, constando la
recepción el 14 de octubre de 2.019 (páginas 15 y 16 del expediente adjunto).
“Se pone de manifiesto que el solicitante de la información pública, optó por cursar su
petición de forma presencial, y no facilitó dirección de correo electrónico para recibir la
respuesta, lo que, siendo una opción obviamente legítima, pudo provocar la confusión
en la distribución del escrito desde el registro. No obstante, la información solicitada
fue facilitada al recurrente”.
FUNDAMENTOS JURÍDICOS
Primero. La competencia para la resolución de la reclamación interpuesta reside en el Director
del Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, de acuerdo con lo previsto
en el artículo 48.1.b) de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía
(en adelante, LTPA).
Segundo. Según establece el artículo 24 LTPA, todas las personas tienen derecho a acceder a la
información pública sin más limitaciones que las contempladas en la Ley. Esto supone que rige
una regla general de acceso a la información pública, que sólo puede ser modulada o limitada
si se aplican, motivadamente y de forma restrictiva, alguno de los supuestos legales que
permitan dicha limitación.
Del examen de la documentación aportada al expediente consta escrito de 28 de noviembre de
2019 de la Delegación Territorial en Cádiz de la Consejería de Educación y Deporte, Igualdad,
Políticas Sociales y Conciliación en el que comunica a este Consejo que con fecha de 14 de
octubre de 2019 notificó respuesta ofreciendo la información solicitada, sin que la persona
reclamante haya puesto en nuestro conocimiento ninguna disconformidad respecto de la
respuesta proporcionada.
Considerando, pues, que el propósito de obtener la información ha sido satisfecho y que se ha
visto cumplida la finalidad de la transparencia de la información prevista en la LTPA, este
Consejo no puede por menos que declarar la terminación del procedimiento de la reclamación
por desaparición sobrevenida de su objeto.
RESOLUCIÓN
Único. Declarar la terminación del procedimiento derivado de la reclamación presentada por
XXX contra la Delegación Territorial en Cádiz de la Consejería de Educación y Deporte, Igualdad,
Políticas Sociales y Conciliación por denegación de información pública.