Estimada parcialmente 31/03/2021 · 681 días en resolverse

Reclamación por denegación parcial de acceso a la contabilidad y contratos menores del IES La Rosaleda

Se solicitó a la Consejería de Educación y Deporte de Andalucía la contabilidad y contratos menores del IES La Rosaleda (Málaga) de los cursos 2011 al 2015. La Delegación Territorial denegó parcialmente el acceso alegando que la documentación anterior a 2014 ya no debía conservarse. El organismo de transparencia analiza si dicha denegación es ajustada a derecho.

Puntos clave de la argumentación

1 La Administración denegó el acceso a la información basándose en que el periodo de comprobación de libros de contabilidad según la Ley General Tributaria es de cuatro años.
2 Se argumentó que la documentación de los cursos 2011/2012, 2012/2013 y 2013/2014 ya no formaba parte de las funciones de vigilancia e inspección de la Delegación Territorial.
3 La resolución de la Administración utilizó el artículo 14.1 g) de la Ley 19/2013 para justificar la desestimación parcial por inexistencia de obligación de disponer de la información.

Texto completo

RESOLUCIÓN 95/2021, de 31 de marzo Artículos: 2.a) LTPA Asunto: Reclamación interpuesta por XXX contra la Delegación Territorial de Educación y Deporte en Málaga por denegación de información pública. Reclamación: 351/2019 ANTECEDENTES Primero. La persona ahora reclamante presentó, el 20 de mayo de 2019, la siguiente solicitud de información dirigida a la Consejería de Educación y Deporte: “ASUNTO: “COPIA INTEGRA -COMPLETA- DE CONTABILIDAD Y CONTRATOS MENORES “INFORMACIÓN: “DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PUBLICA SOBRE DEL IES LA ROSALEDA (Málaga). “Por la presente se solicita la DOCUMENTACIÓN del centro educativo público I.E.S. R0SALEDA (Málaga): “1. Contabilidad completa (integra) de los cursos 2011/2012, 2012/2013, 2013/2014, 2014/2015 (ORDEN de 10 de mayo de 2006, conjunta de las Consejerías de Economía y Hacienda y de Educación, por la que se dictan instrucciones para la gestión económica de los centros docentes públicos dependientes de la Consejería de Educación y se delegan competencias en los Directores y Directoras de los mismos). “2. Contratos menores de los cursos 2011/2012, 2012/2013, 2013/2014, 2014/2015”. Segundo. Con fecha 14 de junio de 2019 la entonces Delegación Territorial de Educación, Deporte, Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación en Málaga dicta Resolución con el siguiente tenor literal: “Con fecha 20/05/2019 tuvo entrada en Consejería de Educación y Deporte la siguiente solicitud de información pública: “[datos personales de la persona interesada] “Nº. de solicitud: SOL-2019/00001288-PID@ Fecha de solicitud: 20/05/2019 “Número de expediente: EXP-2019/00000700-PID@ “Información solicitada: “Por la presente se solicita la DOCUMENTACIÓN del centro educativo público I.E.S. ROSALEDA (Málaga) “1. Contabilidad completa (integra) de los cursos 2011/2012, 2012/2013, 2013/2014, 2014/2015 (ORDEN de 10 de mayo de 2006, conjunta de las Consejerías de Economía y Hacienda y de Educación, por la que se dictan instrucciones para la gestión económica de los centros docentes públicos dependientes de la Consejería de Educación y se delegan competencias en los Directores y Directoras de los mismos). “2. Contratos menores de los cursos 2011/2012, 2012/2013, 2013/2014, 2014/2015. “Tras el análisis de la solicitud y las comprobaciones necesarias para establecer si le son aplicables los límites al derecho de acceso establecidos en los artículos 14 y 15 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, y lo establecido en los artículos 25 y 26 de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía, la Delegada Territorial de Educación, Deporte, Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación en Málaga, de acuerdo con todo lo anterior, en ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 3 del Decreto 289/2015, de 21 de julio, por el que se regula la organización administrativa en materia de transparencia pública en el ámbito de la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales, “RESUELVE: “Conceder el acceso parcial a la información. “En línea, con lo establecido en la Resolución de 22 de abril de 2019, de la Delegación Territorial de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación de Granada, a petición semejante efectuada por otro interesado, manifestar que La Ley General Tributaria establece que el periodo en que se puede comprobar e investigar los libros de contabilidad y otros registros obligatorios, es de cuatro años. “Solicitada la documentación contable del IES LA ROSALEDA, referente a los cursos escolares 2011/2012, 2012/2013, 2013/2014, la misma ya no estaría comprendida dentro de la funciones administrativas de vigilancia, inspección y control que pudiera corresponder a esta Delegación Territorial sobre la contabilidad de dicho Centro y, en consecuencia, no se tiene la obligación de disponer de la misma. “Por lo cual, en base a lo establecido en el artículo 14.1 g) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, es por lo que se informa procedería desestimar la solicitud de información pública, denegando el acceso a la información pública solicitada, de acuerdo con lo expuesto anteriormente, respecto de los cursos citados. “Dicho lo anterior, y respecto al Curso 2014/2015, esta Delegación Territorial procede a dar traslado de la información remitida por los responsables de gestión económica del IES LA ROSALEDA. “