Estimada 23/07/2021 · 490 días en resolverse

Acceso a documentación contractual entre el IES Sierra Almenara y la Agencia de Viajes Travelgrlo

Se solicitó a la Consejería de Educación y Deporte de Andalucía la documentación firmada entre el IES Sierra Almenara y una agencia de viajes para un viaje escolar. El Delegado Territorial de Educación y Deporte en Cádiz resolvió conceder el acceso a la información adjuntando el documento solicitado.

Puntos clave de la argumentación

1 La administración procedió a analizar la solicitud bajo los límites al derecho de acceso establecidos en los artículos 14 y 15 de la Ley 19/2013 y los artículos 25 y 26 de la Ley 1/2014 de Transparencia Pública de Andalucía.
2 El Delegado Territorial ejerció sus competencias basándose en el artículo 3 del Decreto 289/2015 para regular la organización administrativa en materia de transparencia de la Junta de Andalucía.
3 Se determinó que no concurren causas que limiten el acceso a la documentación contractual solicitada entre el centro educativo y la agencia de viajes.

Texto completo

RESOLUCIÓN 515/2021, de 23 de julio Artículos: 2 y 24 LTPA Asunto Reclamación interpuesta por XXX, contra la Delegación Territorial de Educación y Deporte en Cádiz, por denegación de información publica Reclamación 225/2020 ANTECEDENTES Primero. La persona ahora reclamante presentó, el 20 de marzo de 2020, la siguiente solicitud de información dirigida a la Consejería de Educación y Deporte por el que solicita: “Copia de cuanta documentación exista firmada entre el IES Sierra Almenara de San Roque y la Agencia de Viajes Travelgrlo [sic] de La [sic] Línea respecto al viaje programado para los días 23 al 28 de marzo de 2020 para 50 alumnos de 4 curso de este Instituto.” Segundo. Con fecha 26 de junio de 2020 el órgano reclamado dicta resolución por la que: “Con fecha 20/03/2020 tuvo entrada en Consejería de Educación y Deporte la siguiente solicitud de información pública: “Nombre: [nombre de la persona reclamante] “DNI/NIE/Pasaporte: [numero de identificación de la persona reclamante] Correo electrónico: [correo electrónico de la persona reclamante] “Nº. de solicitud: SOL-2020/00001045-PID@ Fecha de solicitud: 20/03/2020 “Número de expediente: EXP-2020/00000548-PID@ “Información solicitada: “Copia de cuanta documentación exista firmada entre el IES Sierra Almenara de San Roque y la Agencia de Viajes Travelgrlo [sic] de La [sic] Línea respecto al viaje programado para los días 23 al 28 de marzo de 2020 para 50 alumnos de 4 curso de este Instituto. “Tras el análisis de la solicitud y las comprobaciones necesarias para establecer si le son aplicables los límites al derecho de acceso establecidos en los artículos 14 y 15 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, y lo establecido en los artículos 25 y 26 de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía, el Delegado Territorial de la Consejería de Educación y Deporte de la Junta de Andalucía en Cádiz, de acuerdo con todo lo anterior, en ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 3 del Decreto 289/2015, de 21 de julio, por el que se regula la organización administrativa en materia de transparencia pública en el ámbito de la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales, “Resuelve: “* Conceder el acceso a la información. “Para lo cual se adjunta documento solicitado “