Estimada parcialmente 01/10/2021 · 374 días en resolverse

Reclamación por denegación de información sobre orden de llegada y exclusión en procesos de selección de personal interino de la Junta de Andalucía

Una persona solicitó a la Junta de Andalucía datos precisos sobre la recepción de sus correos y su posición en dos procesos de selección de interinos por COVID-19. La Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública denegó parcialmente la información alegando que uno de los procesos estaba aún en curso, remitiendo al interesado a la web oficial para los resultados.

Puntos clave de la argumentación

1 Se aplicó la causa de inadmisión del artículo 18.1.a) de la Ley 19/2013 para la información relativa al Cuerpo General de Administrativos, al considerarse que la información estaba en curso de elaboración o publicación general.
2 La Administración justificó la denegación parcial basándose en que el procedimiento de selección se encontraba aún en fase de tramitación.
3 En cumplimiento del art. 30 a) de la Ley 1/2014 de Transparencia de Andalucía, el órgano denegante especificó el tiempo previsto para la conclusión del proceso y la puesta a disposición de la información.
4 Respecto al Cuerpo Superior de Administradores Generales, se consideró que la información ya era pública al haber sido resuelto el proceso y publicado el resultado en la web del empleado público.

Texto completo

RESOLUCIÓN 659/2021, de 1 de octubre Artículos: Asunto Reclamación interpuesta por XXX contra la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, de la Consejería de la Presidencia, Administración Publica e Interior, de la Junta de Andalucía, por denegación de información pública. Reclamación 441/2020 Asunto: Reclamación interpuesta por XXX contra la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, de la Consejería de la Presidencia, Administración Publica e Interior, de la Junta de Andalucía, por denegación de información pública (Reclamación núm. 441/2020). ANTECEDENTES Primero. La persona ahora reclamante presentó, el 22 de septiembre de 2020, la siguiente solicitud de información dirigida a la Consejería de la Presidencia, Administración Publica e Interior por el que solicita: “Buenos días “En referencia al proceso "Convocatoria de selección de aspirantes a nombramiento como personal funcionario interino, asimilado al Cuerpo General de Administrativos (C1.1000), para trabajar presencialmente en el marco de la emergencia de salud pública ocasionada por el COVID-19" publicado en la Web del Empleado Público el día 15/09/2020. Solicito: “- Conocer la hora exacta de llegada de los dos correos electrónicos que envié para participar en la misma “- Número de orden de llegada con respecto al total de recibidas “- Número de orden de llegada con respecto al total de personas que solicitaron las provincias de Cádiz y Sevilla. “- Motivo de exclusión de la solicitud “Asimismo, con respecto al proceso "Convocatoria de selección de aspirantes a nombramiento como personal funcionario interino, asimilado al Cuerpo Superior de Administradores Generales, especialidad Administradores Generales (A1.1100), para trabajar presencialmente en el marco de la emergencia de salud pública ocasionada por el COVID-19" convocado el 28/07/2020 y resuelto la segunda semana de septiembre, solicito: “- Conocer la hora exacta de llegada del correo electrónico que envié para participar en la misma “- Número de orden de llegada con respecto al total de recibidas, así como posición en la bolsa creada Segundo. Con fecha 29 de septiembre de 2020 el órgano reclamado dicta resolución por la que: “(información solicitada” “Tras el análisis de la solicitud y las comprobaciones necesarias para establecer si le son aplicables las causas de inadmisión previstas en el artículo 18.1 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, y lo dispuesto en los artículos 2 a), 30 y la Disposición adicional cuarta de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía, la persona titular de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Publica, de acuerdo con todo lo anterior, en ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 3 del Decreto 289/2015, de 21 de julio, por el que se regula la organización administrativa en materia de transparencia pública en el ámbito de la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales “Resuelve: “Conceder el acceso parcial a la información solicitada por [nombre de la reclamante], en el sentido que a continuación se expone: “El concepto de información pública, a efectos de la legislación en materia de transparencia, se contemplan tanto la Ley estatal 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, en su artículo 13, como en la Ley autonómica 1/2014, de 24 de junio, de transparencia pública de Andalucía que, en su artículo 2, la define del siguiente modo: “Se entiende por información pública los contenidos o documentos, cualquiera que sea su formato o soporte, que obren en poder de alguno de los sujetos incluidos en el ámbito de aplicación de este título y que hayan sido elaborados o adquiridos en el ejercicio de sus funciones”. “Por un lado, la persona interesada solicita conocer determinada información relativa a la convocatoria de selección de aspirantes a nombramiento como Personal Funcionario Interino, asimilado al Cuerpo General de Administrativos C1.1000, en el marco de la Emergencia de Salud Pública Ocasionada por el Covid-19. “Tras recibirse informe del Servicio de Planificación y Gestión de Personal Funcionario, a fecha de la firma de la presente Resolución, el procedimiento de selección en cuestión, aún esta en fase de tramitación, por lo que estamos, como la propia norma establece, ante un un procedimiento aún en curso por lo que cualquier solicitud sobre este expediente estaría sometida a la causa de inadmisión prevista en el artículo 18.1.a) de la Ley estatal 19/2013, de 9 de diciembre, que literalmente señala ““a) Que se refieran a información que esté en curso de elaboración o de publicación general” . “En este sentido, el art. 30 a) de la Ley 1/2014 de Transparencia Pública de Andalucía establece que “en el supuesto de que se inadmita la solicitud porque la información esté en curso de elaboración o publicación general, la denegación de información deberá especificar el órgano que elabora dicha información y el tiempo previsto para su conclusión y puesta a disposición”. Así pues, indicar que el proceso de selección en trámite, se llevará a cabo de acuerdo con lo establecido en la Resolución de 14 de abril de 2020, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se establecen las bases que articulan el procedimiento de emergencia para la selección del personal funcionario interino y laboral temporal necesario en el marco de la emergencia de salud pública ocasionada por el COVID-19 y concretamente con lo previsto en la Base Tercera, relativa al Procedimiento de selección del personal funcionario interino. “Finalmente se comunica que el resultado de dicha selección será objeto de publicación en la web del emplead@ público, en el plazo máximo aproximado de un mes, facilitándole el enlace donde podrá encontrar la información solicitada: https://ws045.juntadeandalucia.es/empleadopublico/ “Por otro lado, la persona interesada solicita conocer determinada información relativa a la convocatoria de selección de aspirantes a nombramiento como Personal Funcionario Interino, asimilado al Cuerpo Superior de Administradores Generales, especialidad Administradores Generales (A1.1100), en el marco de la Emergencia de Salud Pública Ocasionada por el Covid-19. “Depurada la solicitud, y teniendo en cuenta informe emitido por el Servicio de Gestión y Planificación de Personal Funcionario, hay que indicar que el procedimiento para la cobertura de puestos de trabajo asimilados a dicho Cuerpo, en el marco de la emergencia de salud pública ocasionada por el COVID-19, ha sido resuelto, resultando seleccionados y propuestos para su nombramiento como personal funcionario interino candidatos para la totalidad de puestos convocados mediante anuncio en la web del emplead@, adjudicándose los mismos a las personas a las que les correspondía según el orden de recepción de los correos, de acuerdo con lo indicado en la citada convocatoria. “El resultado de dicha selección ha sido objeto de publicación en la web del emplead@ público. Se facilita el enlace donde podrá encontrar la información solicitada:https://ws045.juntadeandalucia.es/empleadopublico/adj-A1.1100.pdf f=200929A1.1100.pdf&c=109222&v= “Respecto a los aspirantes que no han resultado adjudicatarios de ninguno de los referidos puestos, el párrafo tercero del artículo 13.6 del Decreto-Ley 6/2020, de 30 de marzo, por el que se establecen medidas administrativas extraordinarias y urgentes en el ámbito social y económico como consecuencia de la situación ocasionada por el coronavirus (COVID-19), establece que “Mientras dure la situación de emergencia sanitaria por el COVID-19, con las personas que hayan presentado solicitud de participación en el procedimiento de selección previsto en este apartado, se conformará una bolsa a la que se acudirá si vuelve a surgir la necesidad para la cobertura de puestos en la misma localidad del cuerpo, especialidad u opción, en el caso del personal funcionario”. “