Se solicitó a la Delegación Territorial de Turismo, Cultura y Deporte en Sevilla el informe técnico y la resolución sobre la pasarela de Altadis. El solicitante reclamó ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía por la negativa a entregar el informe en formato digital. El Consejo estima la reclamación exigiendo la entrega del documento.
Puntos clave de la argumentación
1
La administración no puede condicionar el acceso a la información pública a la comparecencia física del interesado cuando el documento es susceptible de ser transmitido por medios electrónicos
2
El derecho de acceso a la información debe garantizarse en el formato solicitado siempre que la entidad disponga de los medios técnicos para ello
3
La mera exhibición presencial de un documento no satisface el derecho de acceso cuando el solicitante requiere una copia digital de la información
4
La entidad reclamada incurrió en una denegación parcial al no facilitar el informe técnico en el soporte electrónico solicitado
Texto completo
RESOLUCIÓN 291/202X DE RECLAMACIÓN EN MATERIA DE DERECHO
DE ACCESO A INFORMACIÓN PÚBLICA
Reclamación 53/2024
Persona reclamante XXXXX
Representante XXXXX
Entidad reclamada Delegación Territorial de Turismo, Cultura y Deporte en Sevilla
Artículos 34 LTPA
Normativa y abreviaturas Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía
(LTPA); Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a
la información pública y buen gobierno (LTAIBG); Reglamento Gene-
ral de Protección de Datos (RGPD).
ANTECEDENTES
Primero. Presentación de la reclamación.
Mediante escrito presentado el 15 de enero de 2024 la persona reclamante, interpone ante este
CONSEJO DE TRANSPARENCIA Y PROTECCIÓN DE DATOS DE ANDALUCÍA (en adelante Consejo)
Reclamación en materia de acceso a la información pública contra la entidad reclamada, al
amparo del artículo 24 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la
información pública y buen gobierno (en adelante LTAIBG) y el artículo 33 de la Ley 1/2014, de 24
de junio, de Transparencia Pública de Andalucía (en adelante LTPA).
Segundo. Antecedentes a la reclamación.
1. La persona reclamante presentó el 26 de julio de 2023, ante la entidad reclamada, solicitud de
acceso a información en los siguientes términos:
“-Copia digital completa, y de sus anexos si existen, del informe técnico desfavorable y la
resolución emitida por la Comisión Provincial de Patrimonio Histórico en su reunión
celebrada este miércoles 26/07/2023 sobre la ubicación de la nueva pasarela peatonal de
Altadis en Sevilla (en el tramo de la dársena situado entre los puentes de Sal Telmo y de Los
Remedios).”
2. La entidad reclamada contestó la petición el 13 de diciembre de 2023 con el siguiente contenido,
en lo que ahora interesa:
“Conceder el acceso a la información solicitada, comunicándole a la persona solicitante lo
siguiente:
1.- El acuerdo adoptado por la Comisión Provincial de Patrimonio Histórico de Sevilla, consta en
el Acta de la sesión celebrada el 26-07-2023, publicada en la página web de la Delegación
Territorial de Turismo, Cultura y Deporte, una vez que aquélla ha sido aprobada y ratificada,
pudiendo consultarse en la siguiente dirección electrónica:
https://juntadeandalucia.es/organismos/turismoculturaydeporte/consejeria/organoscolegiados.
2.- Respecto a la consulta del Informe de Ponencia Técnica relativo al asunto solicitado, el
interesado podrá comparecer en la sede de esta Delegación Territorial de Turismo, Cultura y
Deporte, sita en la calle Levíes 17, 41004 Sevilla, solicitando cita previa en la que le será
exhibido el documento.