Desistimiento 04/08/2022 · 129 días en resolverse

Reclamación por falta de respuesta del Servicio Canario de la Salud sobre listas de empleo y discapacidad, declarada desistida

Se solicitó al Servicio Canario de la Salud información sobre listas de empleo supletorias y personas con discapacidad. El interesado presentó posteriormente un desistimiento al haber recibido la respuesta solicitada. El Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública de Canarias declara el desistimiento y el archivo de la reclamación.

Puntos clave de la argumentación

1 El desistimiento se fundamenta en el artículo 91 de la Ley 39/2015, que permite a cualquier interesado desistir de su solicitud administrativa.
2 La resolución se dicta en virtud de las atribuciones conferidas al Comisionado por el artículo 63 de la Ley canaria 12/2014 de transparencia.

Texto completo

R2022000109 Resolución declaratoria de desistimiento de reclamación relativa a solicitud de información al Servicio Canario de la Salud sobre listas de empleo supletorias y personas con discapacidad. Palabras clave: Gobierno de Canarias. Consejería de Sanidad. Servicio Canario de la Salud. Información en materia de empleo público. Sentido: Desistimiento. Visto el expediente administrativo tramitado en el Servicio de Reclamaciones y Asuntos Generales, relativo a reclamación presentada contra el Servicio Canario de la Salud, y teniendo en cuenta los siguientes, ANTECEDENTES Primero.- Con fecha 28 de marzo de 2022 y registro de entrada 2022-000295, se recibió en el Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública, reclamación de XXXXXXXXXX XXXXXXXXXXXXXXXXXXX, al amparo de lo dispuesto en los artículos 52 y siguientes de la Ley canaria 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública (en adelante, LTAIP), contra la falta de respuesta a solicitud de información formulada a la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Canario de la Salud el 11 de febrero de 2022 y relativa a listas de empleo supletorias y personas con discapacidad. Segundo.- El 30 de marzo de 2022 el ahora reclamante presentó su desistimiento manifestando haber recibido respuesta a su solicitud de información. En base a tales antecedentes, procede tener en cuenta los siguientes, FUNDAMENTOS JURÍDICOS De conformidad con lo dispuesto en el artículo 91 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, “todo interesado podrá desistir de su solicitud o, cuando ello no esté prohibido por el ordenamiento jurídico, renunciar a sus derechos.” Por lo expuesto y en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 63 de la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública, RESUELVO 1.- Declarar por desistido a XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX contra la falta de respuesta a solicitud de información formulada a la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Canario de la Salud el 11 de febrero de 2022 y relativa a listas de empleo supletorias y personas con discapacidad. 2. Declarar el archivo de dicha reclamación.