El interesado solicitó al Comisionado de Transparencia de Canarias el acceso a evaluaciones de riesgos laborales del Complejo Hospitalario Universitario Insular Materno Infantil ante la falta de respuesta. Tras manifestar haber recibido la información, el Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública declara el desistimiento y el archivo del expediente.
Puntos clave de la argumentación
1
El desistimiento se fundamenta en el artículo 91 de la Ley 39/2015, que permite a cualquier interesado desistir de su solicitud siempre que no esté prohibido por el ordenamiento jurídico.
2
La resolución se dicta en virtud de las atribuciones conferidas al Comisionado por el artículo 63 de la Ley canaria 12/2014 de transparencia y de acceso a la información pública.
Texto completo
R2022000111
Resolución declaratoria de desistimiento de reclamación relativa a solicitud de información
al Servicio Canario de la Salud sobre listas de empleo supletorias y personas con
discapacidad.
Palabras clave: Gobierno de Canarias. Consejería de Sanidad. Servicio Canario de la Salud.
Complejo Hospitalario Universitario Insular Materno Infantil. Información en materia de
prevención de riesgos laborales.
Sentido: Desistimiento.
Visto el expediente administrativo tramitado en el Servicio de Reclamaciones y Asuntos
Generales, relativo a reclamación presentada contra el Servicio Canario de la Salud, y teniendo
en cuenta los siguientes,
ANTECEDENTES
Primero.- Con fecha 28 de marzo de 2022 y registro de entrada 2022-000298, se recibió en el
Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública, reclamación de XXXXXXXX
XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, al amparo de lo dispuesto en los artículos 52 y siguientes de la Ley
canaria 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública (en
adelante, LTAIP), contra la falta de respuesta a solicitud de información formulada al Complejo
Hospitalario Universitario Insular Materno Infantil el 10 de febrero de 2022 y relativa a
evaluaciones de riesgos laborales.
Segundo.- El 30 de marzo de 2022 el ahora reclamante presentó su desistimiento
manifestando haber recibido respuesta a su solicitud de información.
En base a tales antecedentes, procede tener en cuenta los siguientes,
FUNDAMENTOS JURÍDICOS
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 91 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, “todo interesado podrá
desistir de su solicitud o, cuando ello no esté prohibido por el ordenamiento jurídico, renunciar
a sus derechos.”
Por lo expuesto y en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 63 de la Ley 12/2014,
de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública,
RESUELVO
1.- Declarar por desistido a XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX contra la falta de respuesta
a solicitud de información formulada al Complejo Hospitalario Universitario Insular Materno
Infantil el 10 de febrero de 2022 y relativa a evaluaciones de riesgos laborales.
2. Declarar el archivo de dicha reclamación.