Desistimiento 21/07/2022 · 15 días en resolverse

Reclamación por falta de respuesta del Ayuntamiento de Garachico sobre actas y decretos municipales finalizada por desistimiento

Una concejala solicitó al Ayuntamiento de Garachico las actas de plenos, juntas de gobierno y decretos desde enero de 2022. Tras la falta de respuesta, presentó reclamación ante el Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública, quien resolvió declarar el desistimiento del procedimiento ya que la interesada manifestó haber recibido la información.

Puntos clave de la argumentación

1 El artículo 91 de la Ley 39/2015 permite que cualquier interesado desista de su solicitud o renuncie a sus derechos siempre que no esté prohibido por el ordenamiento jurídico.
2 La resolución se fundamenta en la voluntad expresa de la reclamante de desistir del procedimiento al haber obtenido la información solicitada.

Texto completo

R2022000260 Resolución declaratoria de desistimiento de reclamación relativa a solicitud de información al Ayuntamiento de Garachico. Palabras clave: Ayuntamientos. Ayuntamiento de Garachico. Sentido: Desistimiento. Visto el expediente administrativo tramitado en el Servicio de Reclamaciones y Asuntos Generales, relativo a reclamación presentada contra el Ayuntamiento de Garachico, y teniendo en cuenta los siguientes, ANTECEDENTES Primero.- Con registro de entrada número 2022-002411, de 6 de julio de 2022, se recibió en el registro del Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública, reclamación de XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, como concejala del Ayuntamiento de Garachico y en calidad no acreditada de portavoz del Grupo Municipal PP, al amparo de lo dispuesto en los artículos 52 y siguientes de la Ley canaria 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública (en adelante, LTAIP), contra la falta de respuesta a la solicitud formulada al Ayuntamiento de Garachico el 6 de junio de 2022, reiterada el 26 de junio de 2022 y relativa a todas las actas de plenos, juntas de gobierno y decretos desde enero de 2022. Segundo.- El 21 de julio de 2022 el ahora reclamante presentó su desistimiento manifestando que le ha sido entregada la información solicitada. En base a tales antecedentes, procede tener en cuenta los siguientes, FUNDAMENTOS JURÍDICOS De conformidad con lo dispuesto en el artículo 91 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, “todo interesado podrá desistir de su solicitud o, cuando ello no esté prohibido por el ordenamiento jurídico, renunciar a sus derechos.” Por lo expuesto y en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 63 de la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública, Edificio del Parlamento de Canarias. C/ Teobaldo Power, 7. 38002 Santa Cruz de 1 Tenerife RESUELVO 1.- Declarar a XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXdesistida de su reclamación contra la falta de respuesta a la solicitud formulada al Ayuntamiento de Garachico el 6 de junio de 2022, reiterada el 26 de junio de 2022 y relativa a todas las actas de plenos, juntas de gobierno y decretos desde enero de 2022. 2. Declarar el archivo de dicha reclamación.