Desistimiento 20/09/2024 · 186 días en resolverse

Reclamación por falta de respuesta del Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana sobre licencia de obra en Cercados de Espino declarada desistida

Se solicitó información sobre una licencia de obra al Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana. Tras presentar reclamación por falta de respuesta, la interesada presentó su desistimiento. El Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública de Canarias declara el desistimiento y el archivo del expediente.

Puntos clave de la argumentación

1 El desistimiento de la solicitud se fundamenta en el artículo 91 de la Ley 39/2015, que permite al interesado desistir de su solicitud siempre que no esté prohibido por el ordenamiento jurídico.

Texto completo

R2024000182 Resolución declaratoria de desistimiento de reclamación relativa a solicitud de información al Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana. Palabras clave: Ayuntamientos. Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana. Sentido: Desistimiento. Visto el expediente administrativo tramitado en el Servicio de Reclamaciones y Asuntos Generales, relativo a reclamación presentada contra el Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana, y teniendo en cuenta los siguientes, ANTECEDENTES Primero.- Con fecha 18 de marzo de 2024, se recibió en el registro del Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública, reclamación de xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, al amparo de lo dispuesto en los artículos 52 y siguientes de la Ley canaria 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y acceso a la información pública (en adelante, LTAIP), contra la falta de respuesta a la solicitud de información formulada al Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana relativa a licencia de obra de una propiedad en Cercados de Espino. Segundo.- El 5 de mayo de 2024 la ahora reclamante presentó su desistimiento. En base a tales antecedentes, procede tener en cuenta los siguientes, FUNDAMENTOS JURÍDICOS De conformidad con lo dispuesto en el artículo 91 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, “todo interesado podrá desistir de su solicitud o, cuando ello no esté prohibido por el ordenamiento jurídico, renunciar a sus derechos.” Por lo expuesto y en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 63 de la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública, RESUELVO 1.- Declarar por desistida a xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx de su reclamación contra la falta de respuesta a la solicitud de información formulada al Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana relativa a licencia de obra de una propiedad en Cercados de Espino. Teléfono: +34 922473300 – www.transparenciacanarias.org 1 2. Declarar el archivo de dicha reclamación.