Se solicitó al CHUIMI información sobre cursos, actas, gestores y notificaciones del sistema SiNASP. El solicitante alegó que no se detallaron los casos por fechas y servicios. El Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública de Canarias declara la terminación del procedimiento al considerar que la solicitud ya ha sido contestada.
Puntos clave de la argumentación
1
El derecho de acceso se limita a información existente y en posesión del organismo, ya sea elaborada o adquirida en el ejercicio de sus funciones.
2
El Servicio Canario de la Salud es sujeto obligado por la LTAIP al ser un organismo autónomo del Gobierno de Canarias.
3
La entidad alegó que el sistema SiNASP anula la información de los notificantes a los 15 días para preservar el anonimato y no registra el servicio solicitante por ser una notificación personal.
4
El Comisionado determina la terminación del procedimiento de reclamación al haber perdido su objeto, dado que la solicitud de información fue contestada.
Texto completo
R2024000279
Resolución de terminación sobre solicitud de información al Servicio Canario de la Salud
relativa a cursos del Sistema de Notificación y Aprendizaje para la Seguridad del Paciente
(SiNASP).
Palabras clave: Gobierno de Canarias. Consejería de Sanidad. Servicio Canario de la Salud.
Complejo Hospitalario Universitario Insular Materno Infantil. CHUIMI. Información en materia
de empleo en el sector público. Formación.
Sentido: Terminación. Origen: Resolución estimatoria
Vista la reclamación tramitada en el Servicio de Reclamaciones y Asuntos Generales contra la
Consejería de Sanidad y el Servicio Canario de la Salud, y teniendo en cuenta los siguientes,
ANTECEDENTES
Primero. - Con fecha 26 de abril de 2024 se recibió en el Comisionado de Transparencia y
Acceso a la Información Pública, reclamación de xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, al
amparo de lo dispuesto en los artículos 52 y siguientes de la Ley canaria 12/2014, de 26 de
diciembre, de transparencia y acceso a la información pública (en adelante, LTAIP), contra la
Resolución número 2225/2024 de fecha 24 de abril de 2024 que le fuera notificada en la
misma fecha, del director gerente del Complejo Hospitalario Universitario Insular Materno
Infantil (en adelante, CHUIMI), que resuelve la solicitud de información de 30 de diciembre de
2022 (R.G. 2265027/2022 y RGE/754770/2022), y relativa a cursos del Sistema de Notificación
y Aprendizaje para la Seguridad del Paciente (SiNASP).
Segundo. - En concreto el ahora reclamante solicitó:
“a) Información acerca de los cursos de SiNASP realizados a profesionales sanitarios del
CHUIMI por Servicios, con mención de fechas de realización, número de asistentes y categoría,
desde 1/2020 hasta la actualidad.
b) Información de la fecha de constitución del grupo de análisis de riesgo SiNASP. Copia del
acta de constitución del mismo.
c) Información acerca de la designación de …. como gestor principal del SiNASP en el CHUIMI.
d) Información acerca del número de casos notificados al SiNASP desde el CHUIMI, por fechas y
servicios, desde 1/2020 hasta la actualidad.
e) Copia de la solicitud/orden de la Dirección Gerencia y/o Dirección Médica para que se
incluyera en la Intranet del CHUIMI la información acerca del SINAP (no como banner).
f) Que dicha información se le sea comunicada en los plazos y la forma que establece la Ley
12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública de
Edificio del Parlamento de Canarias. C/ Teobaldo Power, 7. 38002 Santa Cruz de Tenerife 1
Canarias.”
Tercero. - En la referida Resolución número 2225/2024 de fecha 24 de abril de 2024, del
director gerente del CHUIMI, se resuelve conceder el acceso a la petición del solicitante,
informándole lo siguiente:
“En cuanto a la información respecto a los años 2020-2021 a los que se refiere el solicitante en
su reclamación, son los siguientes:
a) Debido a la pandemia, durante esos años no se realizó ningún curso presencial.
b) El Complejo Hospitalario Universitario Insular Materno Infantil no dispone de acta de
constitución del grupo de análisis de riesgo SiNASP.
d) Durante 2020 se recibieron 10 notificaciones al SiNASP. Durante 2021 se recibieron 9
notificaciones al SiNASP.
e) No existe tal orden escrita.”
Cuarto. - Por Resolución número 568/2023, de 7 de febrero de 2023, el director gerente del
CHUIMI, informó al ahora reclamante sobre la misma petición de información, entregándosele
la siguiente información:
“… a) Información acerca de los cursos de SiNASP realizados a profesionales sanitarios del
CHUIMI por Servicios, con mención de fechas de realización, número de asistentes y categoría,
desde 1/2020 hasta la actualidad:
CHARLAS SINASP CHUIMI 2022
1. Digestivo 25/03/2022
2. Laboratorio 02/06/2022
3. UMIP 03/06/2022
4. Cardiología 06/06/2022
5. Radiología 07/06/2022
6. Pediatría 09/06/2022
7. Supervisores Materno 10/06/2022
8. M. Interna 13/06/2022
9. Neumología 14/06/2022
10. Dermatología 15/6/2022
11. Nefrología 23/06/2022
12. Supervisoras Servicios Centrales 23/6/2022
13. C. Cardiaca 27/06/2022
14. Supervisores Insular 27/06/2022
15. Neonatología 28/6/2022
16. Inmunología 28/06/2022 14h
17. Psiquiatría 29/6/2022?
Edificio del Parlamento de Canarias. C/ Teobaldo Power, 7. 38002 Santa Cruz de Tenerife 2
18. Anatomía Patológica 30/06/2022
19. Nueva Enfermería 30/06/2022
20. Reumatología 1/7/2022
21. Endocrinología 4/7/2022
22. Ginecología 05/07/2022
23. Cirugía Pediátrica 06/07/2022
24. Neurofisiología 07/07/2022
25. Rehabilitación 8/7/2022 WEBEX
26. Paliativos 11/07/2022
27. Urgencias Insular 12/07/2022
28. Hospitalización a Domicilio 06/07/2022 13,30h 12/07/2022 14h
29. M. Nuclear 13/07/2022
30. UMI Adultos 13/07/2022
31. C. Torácica 13/07/2022 12,30h
32. Psiquiatría Infanto-Juvenil 14/07/2022 (Militar)
33. Alergología 15/07/2022
34. Riesgos Laborales 18/07/2022
35. Urgencias Pediátricas 19/07/2022
36. Hematología 20/07/2022
37. Neurología 22/07/2022
38. Oncología 25/07/2022
39. U. Dolor 26/07/2022
40. Oftalmología 27/07/2022
41. Cirugía General 28/07/2022
42. Física Médica 28/07/2022
43. Trauma 02/08/2022
44. CMF 03/08/2022
45. Urología 05/08/2022
46. Microbiología 05/10/2022
47. Admisión 06/10/2022
48. Infecciosas 07/10/2022
49. SESIÓN HOSPITALARIA18/10/2022
50. ORL 26/10/2022
51. CCEE y PPFF 28/10/2022
52. H. de Día 28/10/2022
53. C. Plástica 03/11/2022
54. Enfermería Urgencias 3/11/2022
55. Enfermería Esterilización 8/11/2022
56. Enfermería Urgencias 8/11/2022
57. Enfermería Quirófano 9/11/2022
58. Enfermería Urgencias 9/11/2022
Edificio del Parlamento de Canarias. C/ Teobaldo Power, 7. 38002 Santa Cruz de Tenerife 3
59. Enfermería UCI 10/11/2022
60. Enfermería Urgencias 10/11/2022
61. Enfermería CCEE y PPFF 11/11/2022
62. Enfermería Urgencias 11/11/2022
63. Enfermería 14/11/2022
64. Enfermería Rea-Despertar 15/11/2022
65. Enfermería 15/11/2022
66. Enfermería Hemodinámica 16/11/2022
67. Enfermería 17/11/2022
68. Urgencias 18/11/2022
69. Enfermería 18/11/2022
70. Enfermería Rea-Despertar 21/11/2022
71. Enfermería 21/11/2022
72. Urgencias 22/11/2022
73. Anestesia 23/11/2022
74. Enfermería Urgencias 23/11/2022
75. Enfermería 23/11/2022
76. Enfermería Urgencias 24/11/2022
77. Enfermería Diálisis 24/11/2022
78. Enfermería Urgencias 25/11/2022
79. Enfermería UMI 28/11/2022
80. Enfermería UMI 28/11/2022
81. Enfermería 28/11/2022
82. Enfermería UMI 29/11/2022
83. Enfermería Urgencias 29/11/2022
84. Enfermería UMI 30/11/2022
85. Enfermería Urgencias 30/11/2022
86. Enfermería UMI 1/12/2022
87. Enfermería UMI 2/12/2022
88. Enfermería Urgencias 2/12/2022
89. Enfermería Urgencias 7/12/2022
90. Enfermería Urgencias 9/12/2022
91. Enfermería Quirófano Materno 14/12/2022
92. Enfermería UMI 14/12/2022
93. Enfermería UMI 15/12/2022
94. Enfermería UMI 16/12/2022
b) Información de la fecha de constitución del grupo de análisis de riesgo SiNASP. Copia del
acta de constitución del mismo. Dicho grupo se constituyó en el año 2018.
c) Información acerca de la designación de xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx como gestor principal
Edificio del Parlamento de Canarias. C/ Teobaldo Power, 7. 38002 Santa Cruz de Tenerife 4
del SiNASP en el CHUIMI ….. es el gestor principal del SINASP desde 2022.
d) Información acerca del número de casos notificados al SiNASP desde el CHUIMI, por fechas y
servicios, desde 1/2020 hasta la actualidad. Durante 2022 se han recibido 111 notificaciones al
SINASP.
e) Copia de la solicitud/orden de la Dirección Gerencia y/o Dirección Médica para que se
incluyera en la Intranet del CHUIMI la información acerca del SINAP (no como banner). No
existe una orden por escrito “para que se incluyera en la Intranet del CHUIMI la información
acerca del SiNASP”
Cuarto. - En la presente reclamación alega que:
“Se recibe resolución del director gerente del CHUIMI 2225/2024 que no responde al punto d de
lo solicitado, esto es, número de casos notificados al SiNASP, POR FECHAS Y SERVICIOS, ya que
solo se informa por año. La información por servicios es imprescindible, por cuanto informa de
la importancia que le dan los profesionales a la seguridad del paciente e incidentes de
seguridad.”
Segundo. - En base a los artículos 54 y 64 de la LTAIP se solicitó, el 20 de mayo de 2024, el
envío de copia completa y ordenada del expediente de acceso a la información, informe al
respecto, así como cuanta información o antecedentes considerase oportunos. Como órgano
responsable del derecho de acceso el Servicio Canario de la Salud ostenta la consideración de
interesado en el procedimiento y la posibilidad de realizar las alegaciones que estimase
convenientes a la vista de la reclamación.
Tercero. - El 11 de junio de 2024, con registro de entrada número 2024-002654, se recibió en
este Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública escrito de la Secretaría
General del Servicio Canario de la Salud informando haberle dado traslado al CHUIMI por ser el
órgano competente para resolver.
Cuarto. - El 18 de junio de 2024, con registro de entrada número 2024-002682, se recibió en
este Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública escrito de alegaciones de
la entidad reclamada informando haber dado respuesta al ahora reclamante mediante
Resolución número 2225/2024 de fecha 24 de abril de 2024, a su vez informa que:
“… respecto a la reclamación realizada, donde afirma “...que no responde al punto d de lo
solicitado, esto es, número de casos notificados al SINASP, POR FECHAS Y SERVICIOS, ...”, que el
SiNASP, por su propia naturaleza, y para preservar el anonimato de los notificantes, anula toda
la información relativa a los mismos a los 15 días de su presentación, pudiendo ser incluso
anónimas. Y no recoge en ningún campo el servicio solicitante, dado que se trata de una
Edificio del Parlamento de Canarias. C/ Teobaldo Power, 7. 38002 Santa Cruz de Tenerife 5
notificación personal, no de servicio.”
A tales antecedentes son de aplicación los siguientes,
FUNDAMENTOS JURÍDICOS
I.- El Servicio Canario de la Salud es un organismo autónomo del Gobierno de Canarias,
encargado de la ejecución de la política sanitaria y de la gestión de las prestaciones y centros,
servicios y establecimientos de la Comunidad Autónoma de Canarias encargados de las
actividades de salud pública y asistencia sanitaria. Como tal organismo autónomo queda
afectado por la LTAIP, que en su artículo 2.1.b) contempla este tipo de organismos como
sujetos obligados a la normativa de transparencia y acceso a la información pública. En efecto,
el citado artículo 2.1.b) indica que las disposiciones de la LTAIP serán aplicables a “los
organismos autónomos, entidades empresariales y demás entidades de Derecho Público
vinculadas o dependiente de dicha Administración pública de la Comunidad Autónoma de
Canarias”.
El artículo 63 de la misma Ley regula las funciones del comisionado o comisionada de
Transparencia y Acceso a la Información Pública e indica que ejercerá la resolución de las
reclamaciones que se interpongan contra los actos expresos o presuntos resolutorios de las
solicitudes de acceso a la información de las entidades y organismos relacionados en el artículo
2.1 de esta ley, así como de los cabildos insulares, ayuntamientos y entidades dependientes y
vinculadas de los mismos.
II.- La LTAIP reconoce en su artículo 35 que todas las personas tienen derecho a acceder a la
información pública en los términos previstos en esta Ley y en el resto del ordenamiento
jurídico. Conforme al artículo 5.b) de la referida LTAIP, se entiende por información pública
“los contenidos o documentos, cualquiera que sea su formato o soporte, que obren en poder de
alguno de los sujetos incluidos en el ámbito de aplicación de esta Ley y que hayan sido
elaborados o adquiridos en el ejercicio de sus funciones”. Es claro que la Ley define el objeto de
una solicitud de acceso a la información como el acceso a una información existente y en
posesión del organismo que recibe la solicitud, ya sea porque él mismo la ha elaborado o bien
porque la ha obtenido en ejercicio de las funciones que tiene encomendadas.
III.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 51 de la LTAIP, contra la resolución, expresa
o presunta de la solicitud de acceso podrá interponerse reclamación ante el Comisionado de
Transparencia y Acceso a la Información Pública con carácter potestativo y previo a su
impugnación en vía contencioso-administrativa. Los plazos para las respuestas a solicitudes de
acceso y posibles reclamaciones ante el Comisionado de Transparencia se concretan en los
artículos 46 y 53 de la LTAIP, que fijan un plazo máximo de un mes para resolver sobre la
solicitud, ampliable otro mes cuando el volumen o la complejidad de la información solicitada
lo justifiquen, y de otro mes para interponer la reclamación, contándose desde el día siguiente
al de la
Edificio del Parlamento de Canarias. C/ Teobaldo Power, 7. 38002 Santa Cruz de Tenerife 6
notificación del acto impugnado o desde el día siguiente a aquel en que se produzcan los
efectos del silencio administrativo. La reclamación se recibió en el Comisionado de
Transparencia y Acceso a la Información Pública con fecha 26 de abril de 2024. Toda vez que la
resolución contra la que se reclama es de fecha 24 de abril de 2024, se ha interpuesto la
reclamación en plazo.
IV.- Estudiada la documentación presentada por la entidad reclamada en el trámite de
audiencia del procedimiento de reclamación en la que, por escrito de 18 de junio de 2024, el
Servicio Canario de la Salud, informa que se dio respuesta a la reclamante, esta comisionada
no puede más que declarar la terminación del procedimiento de reclamación al haber sido
contestada la solicitud de información.
Por todo lo anteriormente expuesto y en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo
63 de la Ley canaria 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la
información pública,
RESUELVO
Declarar la terminación del procedimiento de reclamación interpuesta el 26 de abril de 2024,
por xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, contra la Resolución número 2225/2024 de 24 de
abril de 2024, del director gerente del Complejo Hospitalario Universitario Insular Materno
Infantil, que resuelve la solicitud de información de 30 de diciembre de 2022, relativa a cursos
del Sistema de Notificación y Aprendizaje para la Seguridad del Paciente (SiNASP), por haber
perdido su objeto al haber sido contestada la solicitud de acceso a la información requerida.