Desistimiento 16/05/2024 · 50 días en resolverse

Reclamación de acceso a información sobre expedientes sancionadores en materia de conservación de la naturaleza

El interesado solicitó a la Consejería de Desarrollo Sostenible un archivo Excel con datos de denuncias sobre conservación de la naturaleza (2021-2022). Tras alegar falta de respuesta, el Consejo Regional de Transparencia y Buen Gobierno de Castilla-La Mancha archiva la reclamación debido al desistimiento expreso del solicitante.

Puntos clave de la argumentación

1 El reclamante desistió expresamente de su petición el 16 de mayo.
2 La reclamación tiene la consideración de sustitutiva de los recursos administrativos según el artículo 23.1 de la Ley 19/2013.

Texto completo

C,;-inA/0 Rr,glonal de Transparenr..a y BL.lefl Gobierno, RESOLUCIÓN 120/2024 S/REF: 1298477Q REF Interna RE01915 Fecha: La de la firma Reclamante: Dirección: Administración/Organismo: Consejería de Desarrollo sostenible Resolución: Estimar ASUNTO: RECLAMACIÓN DE ACCESO A LA INFORMACIÓN ¡ 1. ANTECEDENTES DE HECHO Con fecha 27 de marzo se presenta, en la sede electrónica del Consejo Regional de Transparencia y buen gobierno de Castilla- La Mancha escrito de , con registro de entrada nº 191, de reclamación de acceso contra petición realizada la Consejería de Desarrollo sostenible. En él solicita: "EXPONE: 1-Que con fecha 3 de Noviembre se remitió, dirigida a la Consejería de Desarrollo Sostenible la petición de la siguiente información en relación con el ejercicio de la potestad sancionadora en materia de conservación de la naturaleza (infracciones a la Ley 9/1999): Un archivo Excel con los datos de las denuncias recibidas en la Consejería de Desarrollo Sostenible desde 01/01/2021 hasta 31112/2022, por hechos sucedidos en las provincias de Cuenca y Albacete, con indicación de los siguientes datos: - Fecha de entrada - Municipio - Denunciante: Agentes Medioambientales, Guardia Civil, particulares, asociaciones, otros - En su caso, fecha de iniciación del expediente sancionador - Estado del expediente: no iniciado, en trámite, sobreseído, finalizado - Tipificación de la infracción (en su caso) - Fecha de la resolución que pone fin al C,;-inA/0 Rr,glonal de Transparenr..a y BL.lefl Gobierno, procedimiento (en su caso) - Importe de la sanción (en su caso) Se remite dicho escrito como adjunto 1 2- Que como contestación a nuestro escrito, y considerando la materia que solicitábamos objeto de información pública , se nos remitió un escrito en el que se ampliaba el plazo a dos meses, adjuntamos dicho escrito con el número 2 3- Que siendo con fecha 6 de Febrero y considerando que había pasado sobradamente el plazo citado, Se dirigió un segundo escrito reclamando tales datos , adjuntamos dicho escrito con el número 3 4- Que a fecha de 27 de marzo seguimos sin obtener la documentación solicitada SOLICITA: Nos sea remitida la documentación recibida 1. Con fecha 8 de abril se remite requerimiento a la Consejería para que alegue y manifieste lo que considere, contestando al mismo con fecha 8 de mayo, en el que ponen de manifiesto que se ha estimado la petición realizada y se ha dado traslado de la misma. Con fecha 16 de mayo desisten de su petición. 11. RESOLUCIÓN Por todo lo anterior y observando el expediente remitido se puede concluir que se debe ARCHIVAR la reclamación por desistimiento expreso del reclamante . De acuerdo con el artículo 23, número 1, de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno11, la Reclamación prevista en el artículo 24 de la misma tiene la consideración de C,;-inA/0 Rr,glonal de Transparenr..a y BL.lefl Gobierno, sustitutiva de los recursos administrativos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 112.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.