El interesado solicitó documentos al Ayuntamiento de Santa Olalla. Tras interponer una reclamación ante el Consejo Regional de Transparencia y Buen Gobierno de Castilla-La Mancha, se le requirió para subsanar la falta de firma en el registro. Al no realizar la subsanación, el Consejo resuelve archivar la reclamación por desistimiento.
Puntos clave de la argumentación
Texto completo
ANTECEDENTES DE HECHO
RESOLUCIÓN 242/2024
Con fecha 9 de octubre se presenta, en la sede electrónica del Consejo Regional de Transparencia y buen gobierno de Castilla-La Mancha, escrito con registro de entrada nº 555.
En él solicita al Ayuntamiento de Santa Olalla una serie de documentos que no le han sido concedidos.
- Con fecha 14 de octubre se remite requerimiento para que subsane la falta de la firma del registro.
- Con fecha actual no ha sido subsanado, por lo que se entiende desistido de su petición.
RESOLUCIÓN
Por todo lo anterior y observando el expediente remitido se puede concluir que se debe ARCHIVAR la reclamación presentada por no haber sido subsanada por el reclamante en tiempo y forma.