Inadmitida 09/07/2024 · 24 días en resolverse

Inadmisión de reclamación por haber sido resuelta previamente y cumplimiento de la administración

El interesado presentó una reclamación contra el Ayuntamiento de Azuqueca de Henares. El Consejo Regional de Transparencia y Buen Gobierno de Castilla-La Mancha decide inadmitirla debido a que el asunto ya había sido objeto de resolución previa y la administración ya había cumplido con la entrega de la información.

Puntos clave de la argumentación

1 La reclamación presentada es idéntica en términos y documentación a una ya resuelta anteriormente mediante resolución 75/2024.
2 Se constata que el Ayuntamiento de Azuqueca de Henares ya dio cumplimiento a la solicitud tras la remisión de un escrito de cumplimiento.

Texto completo

ANTECEDENTES DE HECHO

RESOLUCIÓN 154/2024

ASUNTO: RECLAMACIÓN

Con fecha 15 de junio se recibe escrito de reclamación ya planteada con anterioridad con fecha 29 de enero, en los mismos términos y con la misma documentación.

Reclamación que fue resuelta con fecha 10 de abril mediante resolución 75/2024, y con fecha 12 de junio y resolución 123/2024 se resuelve que se entiende cumplida por el Ayuntamiento de Azuqueca de Henares tras la remisión de escrito de cumplimiento.

RESOLUCIÓN

Visto lo anterior y teniendo en cuenta que esa reclamación ya ha sido resuelta y notificada, se debe INADMITIR la misma por ya haber sido resuelta.

Castilla-La Mancha.