Se present贸 una denuncia ante el Consejo Regional de Transparencia y Buen Gobierno de Castilla-La Mancha contra el Ayuntamiento de Almoguera por incumplimiento de la publicidad activa (actas, presupuestos, contratos, etc.). El organismo estima la denuncia al comprobar que la informaci贸n est谩 desactualizada desde 2021 y requiere la subsanaci贸n en 6 meses.
Puntos clave de la argumentaci贸n
1
La publicidad activa obliga a los sujetos obligados a publicar informaci贸n de relevancia de forma peri贸dica, veraz, objetiva y actualizada.
2
Se ha constatado que el Portal de Transparencia del Ayuntamiento de Almoguera contiene informaci贸n incompleta y desactualizada desde el a帽o 2021.
3
El Consejo Regional de Transparencia y Buen Gobierno de Castilla-La Mancha es el 贸rgano competente para supervisar el cumplimiento de la publicidad activa seg煤n su Reglamento de Organizaci贸n y Funcionamiento.
Texto completo
C,;-inA/0 Rr,glonal de Transparenr..a
y BL.lefl Gobierno,
RESOLUCI脫N 118/2024
S/REF: 1255781Q REF Interna RE048
Fecha: La de la firma
Reclamante:
Direcci贸n: Administraci贸n/Organismo: Ayuntamiento de Almoguera
Informaci贸n solicitada: Denucnia
Resoluci贸n: Estimar
ASUNTO: DENUCCIA
隆 1. ANTECEDENTES DE HECHO
Con fecha 28 de diciembre se presenta, en la sede electr贸nica del Consejo
Regional de Transparencia y buen gobierno de Castilla- La Mancha escrito de
de denuncia por incumplimiento de publicidad activa,
al no publicar las actas de los plenos, en materia presupuestaria, urban铆sticas,
agenda del alcalde, en materia de contratos, solicitando que se inste a la
incoaci贸n de expediente sancionador por incumplimiento de las obligaciones de
publicidad activa.
. Con fecha 28 de diciembre se presenta, en la sede electr贸nica del Consejo
Regional de Transparencia y buen gobierno de Castilla- La Mancha escrito de
de denuncia por incumplimiento de publicidad activa,
al no publicar las actas de los plenos, en materia presupuestaria, urban铆sticas,
agenda del alcalde, en materia de contratos.
2.- Se comprueba por parte de esta funcionaria el Portal de Transparencia del
Ayuntamiento, y efectivamente se observa que hay contenido, pero este no es
completo ni actualizado, la mayor铆a es del 2021.
Se comprueba igualmente la p谩gina web
C,;-inA/0 Rr,glonal de Transparenr..a
y BL.lefl Gobierno,
3.- Con fecha 28 de diciembre se da traslado al Ayuntamiento para que presente
las alegaciones al respecto que considere necesarias en el plazo de 1O d铆as, no
habi茅ndose recibido contestaci贸n alguna al respecto.
4.- Con fecha 8 de enero tras expirar la notificaci贸n anterior, se remite
nuevamente escrito al Ayuntamiento, no recibiendo contestaci贸n alguna.
5.- Nuevamente se remite requerimiento, con fecha 16 de abril.
11. FUNDAMENTOS JUR脥DICOS
1.- Visto el art铆culo 11.2 del Reglamento de Organizaci贸n y Funcionamiento del
Consejo Regional de Transparencia y Buen Gobierno de Castilla-La Mancha, el
presidente es el competente para supervisar el cumplimiento en materia de
publicidad activa previsto en la Ley.
2.- La denuncia que se presenta contra el Ayuntamiento de Almoguera se basa
en art铆culo 48, incumplimiento de la obligaci贸n de actualizar la informaci贸n
susceptible de publicidad activa, relativa a lo dispuesto en los art铆culos 9, 1O, 11,
12 13, 14, 16, 17, 18, 19, de la Ley 4/2016, de 15 de diciembre de Transparencia
y Buen Gobierno de Castilla-La Mancha.
Como establece el art铆culo 7, de la Ley 4/2016, de 15 de diciembre por la que
se aprueba la Ley de Transparencia de Castilla-La Mancha, la publicidad activa
es la obligaci贸n de las personas y entidades obligadas de hacer p煤blica en los
t茅rminos previstos en la Ley la informaci贸n p煤blica de relevancia que garantice
la transparencia de su actividad relacionada con el funcionamiento y control de
su actuaci贸n p煤blica, exigencia que garantizar谩 la informaci贸n estar谩 disponible
en sedes electr贸nicas, portales y p谩ginas web de los sujetos obligados y que
esa publicaci贸n debe realizarse de forma peri贸dica, veraz, objetiva y
actualizada.
C,;-inA/0 Rr,glonal de Transparenr..a
y BL.lefl Gobierno,
Con la denuncia interpuesta el denunciante pone de manifiesto una serie de
incumplimientos por parte del Ayuntamiento.
Tras analizar la sede electr贸nica del Ayuntamiento y su p谩gina web, se
comprueba que la informaci贸n publicada est谩 desactualizada, no habi茅ndose
actualizado la misma desde el 2021.
4.- Se desprende pues la existencia de incumplimientos defectuosos de algunas
obligaciones de publicidad activa por parte del Ayuntamiento denunciado por lo
que este Consejo Regional debe requerir la subsanaci贸n y su cumplimiento.
As铆 pues, el Ayuntamiento de Almoguera deber谩 actualizar y publicar la
informaci贸n en los t茅rminos indicados por la Ley
11. RESOLUCI脫N
Por todo lo anterior y observando el expediente remitido se puede concluir que
se debe ESTIMAR y se debe instar al Ayuntamiento para que en el plazo
m谩ximo de 6 meses actualice los datos de publicidad activa exigidos por la ley,
de indicarle que se realizar谩 un seguimiento para comprobar su cumplimiento ,
ya que de insistir en ese comportamiento y en su incumplimiento podr铆a instarse
la incoaci贸n de procedimiento sancionador contra el mismo.
De acuerdo con el art铆culo 23, n煤mero 1, de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre,
de Transparencia, Acceso a la Informaci贸n P煤blica y Buen Gobierno11, la
Reclamaci贸n prevista en el art铆culo 24 de la misma tiene la consideraci贸n de
C,;-inA/0 Rr,glonal de Transparenr..a
y BL.lefl Gobierno,
sustitutiva de los recursos administrativos, de conformidad con lo dispuesto en
el art铆culo 112.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento
Administrativo Com煤n de las Administraciones P煤blicas.