Inadmitida 20/11/2023 · 76 días en resolverse

Inadmisión de reclamación por duplicidad de solicitud de información sobre retribuciones de técnicos en encomienda de gestión al SOMACYL

La Junta de Personal de Funcionarios de Servicios Centrales solicitó a la Consejería de Economía y Hacienda información sobre la igualdad salarial entre ingenieros de montes y técnicos forestales. La Comisión de Transparencia de Castilla y León inadmitió la reclamación por falta de respuesta ya que la misma información fue solicitada previamente a otra Consejería y ya existe un procedimiento en curso (CT-280/2023).

Puntos clave de la argumentación

1 La reclamación se fundamenta en la falta de respuesta a una solicitud de información pública dirigida a la Consejería de Economía y Hacienda.
2 Se constata que la información solicitada es idéntica o parcial a una petición anterior realizada a la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio.
3 La Comisión de Transparencia determina que el acceso a dicha información ya es objeto de la reclamación CT-280/2023, actualmente en tramitación.
4 Se resuelve la inadmisión a trámite de la presente reclamación para evitar la duplicidad de procedimientos sobre el mismo objeto informativo.

Texto completo

Resolución 454/2023, de 20 de noviembre, de la Comisión de Transparencia de Castilla y León Asunto: expediente CT-329/2023 / reclamación frente a la falta de respuesta a una solicitud de información pública dirigida por la Junta de Personal de Funcionarios de Servicios Centrales de la Junta de Castilla y León a la Consejería de Economía y Hacienda I. ANTECEDENTES Primero.- Con fecha 25 de mayo de 2023, la Junta de Personal de Funcionarios de Servicios Centrales de la Junta de Castilla y León se dirigió a la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio en los siguientes términos: “En relación a la encomienda de gestión al SOMACYL para la contratación de 13 técnicos de apoyo a la gestión de las emergencias por incendios forestales, realizada el año 2022, y en escrito fechado el 10 de noviembre de 2022, esta Junta de Personal solicitó copia del informe o expediente donde se justificase que el coste de esta encomienda de gestión ascendiese a 182.434,66 euros. En escrito fechado el 17 de abril de 2023, el Director General de Patrimonio Natural y Política Forestal da respuesta a nuestro escrito. En esta contestación se nos informa que la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio paga lo mismo por el mes de trabajo de un ingeniero de montes, que por el mes de trabajo de un ingeniero técnico forestal, 4.413,03 euros. Mediante acuerdo unánime de la sesión plenaria de 04 de mayo de 2023, la Junta de Personal de Funcionarios de Servicios Centrales, SOLICITA: PRIMERO.- Conocer ¿Por qué la Consejería ha pagado lo mismo por el trabajo de un ingeniero de montes, que por el trabajo de un ingeniero técnico forestal? SEGUNDO.- La persona responsable de que la Consejería de Medio Ambiente pague lo mismo por el trabajo de un ingeniero de montes, que por el de un ingeniero técnico forestal, en la encomienda de gestión de la contratación de 13 técnicos de apoyo a la gestión de las emergencias por incendios forestales al SOMACYL en el año 2022 TERCERO.- El gasto total que ha supuesto la encomienda de gestión al SOMACYL, de la contratación de 13 técnicos de apoyo a la gestión de las emergencias por incendios forestales, realizada en el año 2022 CUARTO.- Copia de todo el expediente de gasto de la encomienda de gestión al SOMACYL, de la contratación de 13 técnicos de apoyo a la gestión de las emergencias por incendios forestales, realizada en el año 2022. Incluyendo todos los justificantes, certificados y documentación presentada por el SOMACYL. Y aportando todos los documentos acreditativos firmados por el funcionario responsable de esta encomienda de gestión, D. XXX. QUINTO.- Nombre y dos apellidos de estos 13 técnicos contratados. SEXTO.- Copia del control horario diario de estos 13 técnicos contratados durante el periodo que duró la encomienda de gestión”. Con fecha 21 de julio de 2023, se presentó ante esta Comisión de Transparencia una reclamación en materia de derecho de acceso a la información pública frente la falta de respuesta a la solicitud señalada. La presentación de esta reclamación dio lugar a la apertura del procedimiento registrado con el CT-280/2023, en el marco del cual esta Comisión se dirigió, con fecha 13 de octubre de 2023, a la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio poniendo de manifiesto a este centro directivo su presentación y pidiendo un informe al respecto. Segundo.- Con fecha 8 de junio de 2023, XXX la Junta de Personal de Servicios Centrales de la Junta de Castilla y León se dirigió a la Consejería de Economía y Hacienda en los siguientes términos: “En escrito fechado el 25 de mayo de 2023 y en relación a la encomienda de gestión al SOMACYL para la contratación de 13 técnicos de apoyo a la gestión de las emergencias por incendios forestales realizada el año 2022, la Junta de Personal de Funcionarios de Servicios Centrales solicitó a la Intervención Delegada de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio: conocer si la Consejería ha pagado lo mismo por el trabajo de un mes de un ingeniero de montes, que por el trabajo de un mes de un ingeniero técnico forestal, en la encomienda de gestión de la contratación de 13 técnicos de apoyo a la gestión de las emergencias por incendios forestales al SOMACYL en el año 2022. En escrito firmado el 30 de mayo de 2023, el Interventor General da respuesta a nuestro escrito. Sin embargo, el Interventor General en su escrito no da contestación a nuestra solicitud de información. Por ello, en escrito fechado el 31 de mayo de 2023, solicitamos al Interventor General de la Junta de Castilla y León que nos respondiese a la siguiente pregunta: conocer si la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio ha pagado lo mismo por el trabajo de un mes de un ingeniero de montes, que por el trabajo de un mes de un ingeniero técnico forestal, en la encomienda de gestión de la contratación de 13 técnicos de apoyo a la gestión de las emergencias por incendios forestales al SOMACYL en el año 2022. ¿Sí o no? En escrito firmado el 05 de junio de 2023, el Interventor General da respuesta a nuestro escrito. Acción que agradecemos. Sin embargo, en este escrito no se da contestación a nuestra segunda solicitud de información. Ya que por dos veces, la Intervención General de la Junta de Castilla y León no ha sido capaz de dar respuesta a nuestra solicitud de información, nos dirigimos a usted como máximo responsable de la Intervención General de la Junta de Castilla y León. Es por ello, y mediante acuerdo unánime de la sesión plenaria de 04 de mayo de 2023, la Junta de Personal de Funcionarios de Servicios Centrales, LE SOLICITA: PRIMERO.- Conocer si la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio ha pagado lo mismo por el trabajo de un mes de un ingeniero de montes, que por el trabajo de un mes de un ingeniero técnico forestal, en la encomienda de gestión de la contratación de 13 técnicos de apoyo a la gestión de las emergencias por incendios forestales al SOMACYL en el año 2022. ¿Sí o no? SEGUNDO.- En caso de respuesta afirmativa del punto primero, conocer el motivo que ha llevado a pagar lo mismo por un trabajo realizado por un titulado universitario superior, que por el trabajo realizado por un titulado universitario medio. O lo que sería en el ámbito de la administración, lo mismo por un A1 que por un A2”. Tercero.- Con fecha 5 de septiembre de 2023, XXX la Junta de Personal de Servicios Centrales de la Junta de Castilla y León presentó ante esta Comisión de Transparencia una reclamación frente a la desestimación presunta de la solicitud de información referida en el expositivo anterior. II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS Primero.- El artículo 12 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno (en adelante, LTAIBG), reconoce a todas las personas el derecho a acceder a la información pública, en los términos previstos en el artículo 105. b) de la Constitución Española, desarrollados por la propia Ley. Añade este precepto que, en el ámbito de sus respectivas competencias, será de aplicación la correspondiente normativa autonómica. El artículo 24 de la misma norma dispone que frente a toda resolución expresa o presunta en materia de acceso a la información pública podrá interponerse una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, con carácter potestativo y previo a su impugnación en vía contencioso-administrativa. Segundo.- La disposición adicional cuarta de la misma Ley establece que la resolución de la reclamación prevista en el artículo 24 citado corresponderá, en los supuestos de resoluciones dictadas por las Administraciones de las Comunidades Autónomas y su sector público, y por las Entidades Locales comprendidas en su ámbito territorial, al órgano independiente que determinen las Comunidades Autónomas. En Castilla y León ese órgano es esta Comisión de Transparencia a quien corresponde la tramitación y resolución de aquella reclamación, ajustándose a lo dispuesto en materia de recursos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En efecto, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8 y 12 de la Ley 3/2015, de 4 de marzo, de Transparencia y Participación Ciudadana de Castilla y León, se crea la Comisión de Transparencia para el conocimiento y resolución de las reclamaciones que, con carácter potestativo y previo a su impugnación contencioso- administrativa, se presenten contra las resoluciones expresas o presuntas en materia de acceso a la información pública dictadas por los organismos y entidades del sector público autonómico relacionadas en el artículo 2.1 de la Ley 2/2006, de 3 de mayo, de la Hacienda y del Sector Público de la Comunidad de Castilla y León; por las corporaciones de derecho público cuyo ámbito de actuación se circunscriba exclusivamente a todo o parte del territorio de la Comunidad Autónoma; por las Entidades Locales de Castilla y León y su sector público; y por las asociaciones constituidas por las referidas entidades y organismos. Tercero.- De la lectura de los antecedentes de esta Resolución se desprende que la solicitud de información cuya ausencia de respuesta motiva esta reclamación reproduce parcialmente otra petición anterior dirigida a la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio. Incluso se puede afirmar que de esta última solicitud de información se desprende que la organización reclamante ya ha accedido a la información pedida ahora a la Consejería de Economía y Hacienda respecto a la identidad entre las retribuciones percibidas por un ingeniero de montes y por un ingeniero técnico forestal por los servicios prestados por estos en el marco de la encomienda de gestión apoyo a la gestión de las emergencias por incendios forestales. Como se señala en el antecedente primero, la ausencia de resolución expresa de la solicitud dirigida a la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio ya ha sido objeto de la presentación de una reclamación ante esta Comisión de Transparencia. Esta reclamación, tramitada con el número CT-280/2023, fue admitida a trámite con fecha 13 de octubre de 2023 y, en esa misma fecha, se dirigió una petición de informe a la Consejería citada. Esta petición no ha sido respondida hasta la fecha. En consecuencia, procede la inadmisión a trámite de la reclamación presentada cuyo objeto es la falta de respuesta de la solicitud de información dirigida con fecha 8 de junio de 2023 a la Consejería de Economía y Hacienda, debido a que la información pedida con esa fecha ya había sido solicitada con anterioridad a la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio y que el acceso a esta ya es objeto de la reclamación CT-280/2023 que está siendo tramitada en la actualidad por esta Comisión de Transparencia. En atención a los antecedentes y fundamentos jurídicos expuestos, la Comisión de Transparencia de Castilla y León, por unanimidad de sus miembros, RESUELVE Primero.- Inadmitir a trámite la reclamación frente a la falta de respuesta a una solicitud de información pública dirigida por la Junta de Personal de Funcionarios de Servicios Centrales de la Junta de Castilla y León a la Consejería de Economía y Hacienda. Segundo.- Notificar esta Resolución a la Junta de Personal de Servicios Centrales de la Junta de Castilla y León, como autora de la reclamación. Tercera.- Una vez realizada la notificación señalada, publicar la presente Resolución en la página web de esta Comisión, previa disociación de los datos de carácter personal que contuviera.