Estimada 10/06/2025 · 655 días en resolverse

Reclamación frente a la falta de acceso a información pública sobre expedientes de contratación de proyectos de obra solicitada a SOMACYL, estimada por la Comisión de Transparencia

La Junta de Personal de Funcionarios de Servicios Centrales de la Junta de Castilla y León solicitó a SOMACYL copia de 58 expedientes de contratación de proyectos. SOMACYL solo facilitó nombres de directores y un enlace a su perfil de contratante, que no contenía los expedientes. La Comisión de Transparencia estima la reclamación, ordenando a SOMACYL entregar las copias, ya que la información es pública y el enlace no permitía el acceso.

Puntos clave de la argumentación

1 La información solicitada, relativa a expedientes administrativos de contratación para la redacción de proyectos de obras, constituye información pública según el artículo 13 de la LTAIBG.
2 Aunque se trate de contratos menores con tramitación simplificada, la Ley de Contratos del Sector Público exige la existencia de un expediente que incorpore, al menos, un informe de justificación, la aprobación del gasto y la factura correspondiente.
3 La información sometida al principio de publicidad activa, como los contratos menores, con más motivo está sujeta al ámbito de aplicación del derecho de acceso a la información pública o "publicidad pasiva".
4 El enlace facilitado por SOMACYL a la Plataforma de Contratación del Sector Público no permite obtener acceso a los expedientes de contratación solicitados, incumpliendo el derecho de acceso.
5 SOMACYL no alegó ninguna de las causas de inadmisión o límites al derecho de acceso previstos en los artículos 14, 15 y 18 de la LTAIBG.
6 El acceso a la información debe realizarse, en su caso, previa disociación de los datos de carácter personal que pudieran aparecer en los documentos, conforme al artículo 15.4 de la LTAIBG.

Texto completo

Resolución 170/2025, de 10 de junio, de la Comisión de Transparencia de Castilla y León Asunto: Expediente CT-320/2023 / Reclamación frente a la falta de acceso a una información pública solicitada por la Junta de Personal de Funcionarios de Servicios Centrales de la Junta de Castilla y León ante la Sociedad Pública de Infraestructuras y Medio Ambiente de Castilla y León, SA I. ANTECEDENTES Primero.- Con fecha 24 de julio de 2023, la Junta de Personal de Funcionarios de Servicios Centrales de la Junta de Castilla y León presentó un total de 58 solicitudes de información pública dirigidas a la Sociedad Pública de Infraestructuras y Medio Ambiente de Castilla y León, SA (SOMACYL). El “solicita” de cada una de estas peticiones se encontraba relacionado con una obra pública y se concretaba en lo siguiente: “Primero.- Copia del expediente administrativo de contratación de la redacción de este proyecto. Segundo.- Nombre y dos apellidos del director de: … actualización del Proyecto de la EDAR de Cardeñosa (Ávila). … asistencia técnica y recálculo EDAR Navasfrías (Salamanca). … elaboración y redacción del Proyecto de «Conexión de abastecimiento a Cooperativa Cobadu (Zamora)». … elaboración y redacción del Proyecto de «Conexión de abastecimiento a planta Freigel en Valcabado (Zamora)». … elaboración y redacción del Proyecto de abastecimiento desde Zamora a Polígono Industrial Los Llanos (Zamora). … elaboración y redacción del Proyecto de construcción «Ampliación de Planta Depuradora de aguas Residuales de Ágreda-Ólvega». … elaboración y redacción del proyecto de depuración de las localidades de Aspariegos y Cañizo (Zamora). … elaboración y redacción del proyecto de depuración de las localidades de Mayalde y Santa Clara de Avedillo (Zamora). … elaboración y redacción del proyecto de sellado de las fases 1 y 2 del vertedero de San Román de la Vega (León). … estudio y análisis de la red de abastecimiento de Cabezón de Pisuerga y la redacción del proyecto constructivo de mejora de red e instalaciones de contadores. … estudio y análisis de la red de abastecimiento de Santovenia de Pisuerga y la redacción del proyecto constructivo de mejora de red e instalaciones de contadores. … redacción proyecto de abastecimiento desde Arcenillas a Casaseca de las Chanas (Zamora). … redacción proyecto de construcción de emisario y EDAR de Barbadillo (Salamanca). … redacción proyecto de construcción de emisario y EDAR de San Pedro Bercianos (León). … redacción del Proyecto de EDAR de Cibanal y Moraleja de Sayago (Zamora). … redacción del Proyecto de EDARs de Villalobos, Pobladura de Aliste y Valdescorriel (Zamora). … redacción proyecto de depuración de todos los núcleos de población del municipio de Cubo de la Solana (Almarail, Ituero, Lubira, Rabanera del Campo y Cubo de la Solana). … redacción proyecto de EDAR Fuentetoba (Soria). … elaboración y redacción del Proyecto de Ampliación de la Red de Abastecimiento de Agua Potable de Herrera de Duero. … elaboración y redacción del Proyecto de Impulsión de las Aguas Residuales de Herrera de Duero hasta la EDAR de Tudela de Duero. … redacción del proyecto técnico de ejecución mejoras en ciclo integral del agua en Orbaneja de Riopico (Burgos). … redacción de los Proyectos de las EDAR de Hoyo de la Guija y el Herradón (Ávila). … redacción del Proyecto de EDAR Las Ventas de Albares y Albares de la Ribera (León). … redacción de los Proyectos Emisario y EDR de Navadijos, Navatalgordo, Villanueva de Ávila (Ávila). … redacción del Proyecto Emisario y EDAR de Navahondilla (Segovia). … redacción de los Proyectos Emisario y EDAR de Niharra y Velayos (Segovia). … redacción del Proyecto Emisario y EDAR de Priaranza del Bierzo (León). … redacción de los Proyectos Emisario y EDAR de Becedas y San Martín de la Vega del Alberche (Segovia). … redacción del Proyecto Emisario y EDAR de Wamba (Valladolid). … redacción del Proyecto para mejoras de eficiencia de la red de abastecimiento de Magaz de Pisuerga (Palencia). … redacción del proyecto de Red Separativa Industrial y Ampliación y Mejora de la EDAR de Riego de la Vega (León). … redacción del Proyecto de Emisario y EDAR de Bercianos del Páramo (León). … redacción del Proyecto de Emisario y EDAR de Bolaños de Campos (Valladolid). … redacción del Proyecto de Emisario y EDAR de Castrocontrigo (León). … redacción del Proyecto de Emisario y EDAR de Castromonte (Valladolid). … redacción del Proyecto de Emisario y EDAR de Congosto (León). … redacción proyecto construcción nuevo depósito en Santo Tomé de Zabarcos (Ávila). … redacción de los Proyectos de Emisario y EDAR de Gallegos y La Mata (Segovia). … redacción de los Proyectos de Emisario y EDAR de Aldealengua de Santa María, Corral de Ayllón y Valle Tabladillo (Segovia). … redacción de los Proyectos de Emisario y EDAR de Adrada de Pirón, Brieva, y Santo Domingo de Pirón (Segovia). … redacción del proyecto de Emisario y EDAR de Villavivencio de los Caballeros (Valladolid). … redacción del Proyectos de Emisario y EDAR de Villamartín de la Abadía (León). … redacción del Proyecto de Emisario y EDAR de Villafranca del Duero … redacción del Proyecto de Emisario y EDAR de Villademor de la Vega (León). … redacción del Proyecto de Emisario y EDAR de Villa de las Torres. … redacción del Proyecto de Emisario y EDAR de Valverde del Majano (Segovia). … redacción del Proyecto de Emisario y EDAR de Valcabado del Páramo (León). … redacción del Proyecto de Emisario y EDAR de Tiedra (Valladolid). … redacción del Proyecto de Emisario y EDAR de Santa María de la Isla (León). … redacción del Proyecto de Emisario y EDAR de San Román de Hornija … redacción del Proyecto de Emisario y EDAR de San Miguel de las Dueñas … redacción del Proyecto de Emisario y EDAR de Rábano (Valladolid). … redacción del Proyecto de Emisario y EDAR de Olivares de Duero (Valladolid). … redacción del Proyecto de Emisario y EDAR de Mota del Marqués (Valladolid). … redacción de los Proyectos de Emisario y EDAR de Juarros de Voltoya y Montejo de Arévalo (Segovia). … redacción del Proyectos de Emisario y EDAR de Grulleros (León). … redacción del Proyecto de Emisario y EDAR de Espirdo (Segovia). … redacción del Proyecto de Emisario y EDAR de Encinas de Esgueva (Valladolid)”. Las solicitudes indicadas fueron contestadas por SOMACYL mediante una comunicación, de 9 de agosto de 2023, a través de la cual se facilitó a la entidad solicitante la identificación del director del proyecto de todos los expedientes de contratación pedidos; asimismo, se remitió a esta, para que pudiera obtener el resto de la información solicitada, al perfil del contratante de SOMACYL con la indicación de un enlace web que dirige a la Plataforma de Contratación del Sector Público. Segundo.- Con fecha 25 de agosto de 2023, tuvo entrada en la Comisión de Transparencia de Castilla y León una reclamación presentada por la Junta de Personal de Funcionarios de Servicios Centrales frente a la comunicación, de 9 de agosto de 2023, por la que se resolvieron expresamente las solicitudes de información pública indicadas en el expositivo anterior. En el escrito de reclamación se advierte lo siguiente: “En este escrito, fechado el 09 de agosto de 2023, se facilita el nombre y 2 apellidos de los directores de proyecto pero no se facilita la copia de los 58 expedientes administrativos de contratación de redacción de estos proyectos (…) En la dirección electrónica facilitada no hay un solo documento de contratación de los 58 expedientes de contratación solicitados”. Tercero.- Una vez recibida la reclamación, esta Comisión de Transparencia se dirigió a SOMACYL poniendo de manifiesto su recepción y solicitando que nos informase sobre la actuación que había dado lugar a la citada impugnación. Consta la recepción de esta petición por SOMACYL con fecha 8 de noviembre de 2023, a través de la Dirección Electrónica Habilitada Única (DEHÚ). Sin embargo, el informe solicitado no ha sido recibido en esta Comisión de Transparencia. No obstante, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 80.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se prosiguen las actuaciones y se procede a adoptar la presente Resolución. Sin perjuicio de ello, lamentamos que nos veamos obligados a resolver esta reclamación sin conocer el criterio de SOMACYL, quien, sin duda, podría aportar elementos de juicio relevantes para decidir acerca del supuesto aquí planteado. Esta falta de respuesta, además, supone un incumplimiento de la colaboración debida al Comisionado de Transparencia, en cuanto Presidente de esta Comisión, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 3/2015, de 4 de marzo, de Transparencia y Participación Ciudadana de Castilla y León. II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS Primero.- El artículo 12 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno (en adelante, LTAIBG), reconoce a todas las personas el derecho a acceder a la información pública, en los términos previstos en el artículo 105. b) de la Constitución Española, desarrollados por la propia Ley. Añade este precepto que, en el ámbito de sus respectivas competencias, será de aplicación la correspondiente normativa autonómica. El artículo 24 de la misma norma dispone que frente a toda resolución expresa o presunta en materia de acceso a la información pública podrá interponerse una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (en adelante, CTBG), con carácter potestativo y previo a su impugnación en vía contencioso-administrativa. Segundo.- La disposición adicional cuarta de la misma Ley 19/2013, de 9 de diciembre, establece que la resolución de la reclamación prevista en el artículo 24 citado corresponderá, en los supuestos de resoluciones dictadas por las Administraciones de las Comunidades Autónomas y su sector público, y por las Entidades Locales comprendidas en su ámbito territorial, al órgano independiente que determinen las Comunidades Autónomas. En Castilla y León ese órgano es esta Comisión de Transparencia a quien corresponde la tramitación y resolución de aquella reclamación, ajustándose a lo dispuesto en materia de recursos en la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En efecto, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8 y 12 de la Ley 3/2015, de 4 de marzo, de Transparencia y Participación Ciudadana de Castilla y León, se crea la Comisión de Transparencia para el conocimiento y resolución de las reclamaciones que, con carácter potestativo y previo a su impugnación contencioso- administrativa, se presenten contra las resoluciones expresas o presuntas en materia de acceso a la información pública dictadas por los organismos y entidades del sector público autonómico relacionadas en el artículo 2.1 de la Ley 2/2006, de 3 de mayo, de la Hacienda y del Sector Público de la Comunidad de Castilla y León; por las corporaciones de derecho público cuyo ámbito de actuación se circunscriba exclusivamente a todo o parte del territorio de la Comunidad Autónoma; por las Entidades Locales de Castilla y León y su sector público; y por las asociaciones constituidas por las referidas entidades y organismos. En consecuencia, esta Comisión es competente para resolver la reclamación antes identificada. Tercero.- La reclamación ha sido presentada por quien se encuentra legitimada para ello puesto que su autora es la misma entidad que presentó la solicitud de información pública que dio lugar a esta impugnación. Cuarto.- Por lo que respecta al tiempo y forma de presentación de la reclamación, hay que tener en consideración lo dispuesto en el artículo 24.2 de la LTAIBG, según el cual: “La reclamación se interpondrá en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación del acto impugnado o desde el día siguiente a aquel en que se produzcan los efectos del silencio administrativo”. En este supuesto concreto, la reclamación frente a la Resolución de SOMACYL, de 9 de agosto de 2023, fue registrada ante esta Comisión de Transparencia el 25 de agosto de 2023. Esta Comisión de Transparencia desconoce la fecha concreta en la que tuvo lugar la notificación de aquella Resolución a la Junta de Personal, pero a la vista de la fecha de su adopción no cabe duda de que la reclamación fue presentada dentro del plazo previsto para ello. Quinto.- En cuanto a la cuestión de fondo de la reclamación formulada, hay que partir de que el artículo 13 de la LTAIBG define la información pública como “los contenidos o documentos, cualquiera que sea su formato o soporte, que obren en poder de alguno de los sujetos incluidos en el ámbito de aplicación de este título y que hayan sido elaborados o adquiridos en el ejercicio de sus funciones”. En el caso que nos ocupa, la solicitud de información que ha dado lugar a la reclamación se refiere a expedientes administrativos relativos a la contratación de la redacción de los proyectos para una serie de obras que, en efecto, constituyen información pública en los términos señalados. En la Resolución 149/2024, de 28 de mayo (expediente CT-83/2023), en la que se analizó un caso similar al ahora presentado, ya señalamos lo siguiente: “Con relación a ello, en el informe remitido por SOMACYL a esta Comisión de Transparencia se señala que nos encontramos ante expedientes de contratación menor regulados en el artículo 118 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (LCSP). Además, se señala en el informe de SOMACYL que dichos contratos siguen una tramitación simplificada, sin que exista un expediente de licitación como tal, así como que la información solicitada puede obtenerse a través de un enlace que lleva a la Plataforma de Contratación del Sector Público y, más concretamente, según se ha podido comprobar, a los datos correspondientes al perfil del contratante SOMACYL (datos generales, actividad, dirección postal y contacto del perfil del contratante). En cuanto a la tramitación de los expedientes de contratación en el caso de contratos menores, hay que tener en cuenta que el artículo 118 de la LCSP establece lo siguiente: «1. Se consideran contratos menores los contratos de valor estimado inferior a 40.000 euros, cuando se trate de contratos de obras, o a 15.000 euros, cuando se trate de contratos de suministro o de servicios, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 229 en relación con las obras, servicios y suministros centralizados en el ámbito estatal. 2. En los contratos menores la tramitación del expediente exigirá la emisión de un informe del órgano de contratación justificando de manera motivada la necesidad del contrato y que no se está alterando su objeto con el fin de evitar la aplicación de los umbrales descritos en el apartado anterior. 3. Asimismo se requerirá la aprobación del gasto y la incorporación al mismo de la factura correspondiente, que deberá reunir los requisitos que las normas de desarrollo de esta Ley establezcan. 4. En el contrato menor de obras, deberá añadirse, además, el presupuesto de las obras, sin perjuicio de que deba existir el correspondiente proyecto cuando sea requerido por las disposiciones vigentes. Deberá igualmente solicitarse el informe de las oficinas o unidades de supervisión a que se refiere el artículo 235 cuando el trabajo afecte a la estabilidad, seguridad o estanqueidad de la obra. 5. Lo dispuesto en el apartado 2.º de este artículo no será de aplicación en aquellos contratos cuyo pago se verifique a través del sistema de anticipos de caja fija u otro similar para realizar pagos menores, siempre y cuando el valor estimado del contrato no exceda de 5.000 euros. 6. Los contratos menores se publicarán en la forma prevista en el artículo 63.4». En consideración a lo expuesto, aunque se trate de una tramitación simplificada, para los contratos menores también se requiere la tramitación de un expediente al que se debe incorporar, al menos, un informe del órgano de contratación justificando de manera motivada la necesidad del contrato y que no se está alterando su objeto, la aprobación del gasto y la incorporación al mismo de la factura correspondiente (…). Dicho lo anterior, con relación a la publicidad activa el artículo 63.4 de la LCSP establece lo siguiente: «La publicación de la información relativa a los contratos menores deberá realizarse al menos trimestralmente. La información a publicar para este tipo de contratos será, al menos, su objeto, duración, el importe de adjudicación, incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido, y la identidad del adjudicatario, ordenándose los contratos por la identidad del adjudicatario. Quedan exceptuados de la publicación a la que se refiere el párrafo anterior, aquellos contratos cuyo valor estimado fuera inferior a cinco mil euros, siempre que el sistema de pago utilizado por los poderes adjudicadores fuera el de anticipo de caja fija u otro sistema similar para realizar pagos menores». No obstante, también resulta de aplicación lo previsto en relación con los contratos en el artículo 8 de la LTAIBG, que dispone que serán objeto de publicidad activa: «a) Todos los contratos, con indicación del objeto, duración, el importe de la licitación y de adjudicación, el procedimiento utilizado para su celebración, los instrumentos a través de los que, en su caso, se ha publicitado, el número de licitadores participantes en el procedimiento y la identidad del adjudicatario, así como las modificaciones del contrato. Igualmente serán objeto de publicación las decisiones de desistimiento y renuncia de los contratos. La publicación de la información relativa a los contratos menores podrá realizarse trimestralmente». Por todo lo anteriormente expuesto, si la información solicitada está sometida al principio de publicidad activa, con más motivo estará sometida al ámbito de aplicación del principio de acceso a la información pública o «publicidad pasiva». Dicho lo anterior, en el caso que nos concierne, SOMACYL, en el informe enviado a esta Comisión de Transparencia, se remite a la información contenida en la Plataforma de Contratación del Sector Público, facilitando un enlace que, como ya se ha señalado, lleva al perfil del contratante de SOMACYL, en el que se recogen sus datos generales, actividad, dirección postal y contacto. Pues bien, en primer lugar, ante la petición de acceso a información pública elaborada o a disposición de SOMACYL, esta sociedad debería adoptar la resolución a la que se refiere el artículo 20.1 de la LTAIBG y, en el caso de corresponder la concesión del acceso a la información, facilitar al solicitante dicho acceso. En efecto, no corresponde a esta Comisión de Transparencia dar traslado a los interesados de información o documentación remitida por las Administraciones o entidades afectadas, sino la resolución de las reclamaciones que se presenten frente a resoluciones expresas o presuntas en materia de acceso a la información pública, decidiendo si la información pedida debe ser concedida o no, pero, en el primer caso, es la Administración o entidad afectada quien debe dar cumplimiento a la decisión adoptada proporcionando la información al reclamante en la forma resuelta por esta Comisión. En segundo lugar, el artículo 22.3 de la LTATIB establece que «Si la información ya ha sido publicada, la resolución podrá limitarse a indicar al solicitante cómo puede acceder a ella». Sin embargo, en este supuesto, el enlace facilitado por SOMACYL para acceder a la información a través de la Plataforma de Contratación del Sector Público no permite obtener el acceso a los expedientes de contratación solicitados, incluso aunque se intente obtener dicha información a través de la pestaña de «Contratos menores» que existe en la parte superior de la página a la que lleva el enlace, puesto que dicha pestaña nos ofrece una herramienta de búsqueda de expedientes a partir de datos conocidos. Por ello, el enlace facilitado por el SOMACYL, aunque fuera proporcionado al reclamante, tampoco permitiría dar satisfacción a su derecho de acceso a la información pública reconocido en el artículo 12 de la LTAIBG. Por otro lado, aunque el derecho de acceso a la información pública no es un derecho ilimitado o absoluto, en el sentido de que garantice el acceso a toda la información pública en cualquier materia a cualquier persona, los posibles límites o causas de inadmisión de las peticiones de información son los previstos en los artículos 14, 15 y 18 de la LTAIBG, sin que en este supuesto se haya alegado por SOMACYL la concurrencia de cualquiera de ellos. Las únicas limitaciones son las que podrían derivarse de la existencia en la de datos personales (de personas físicas) que aparezcan en los documentos de los expedientes a cuyo contenido se pretende acceder, en cuyo caso, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15.4 de la LTAIBG, el acceso debe realizarse la previa disociación de tales datos «de modo que se impida la identificación de las personas afectadas»”. En el supuesto planteado en la presente reclamación, del mismo modo que ocurría en el caso que dio lugar a la Resolución de esta Comisión de Transparencia cuya fundamentación jurídica ha sido parcialmente transcrita, el enlace facilitado por SOMACYL a la reclamante puede permitir acceder a la información publicada sobre los contratos identificados en la petición, pero no conocer ni obtener una copia del documento o documentos que forman parte de los expedientes de contratación correspondientes. En definitiva, en este caso y con base en los mismos argumentos señalados en la Resolución 149/2024, de 28 de mayo, se concluye que la reclamación debe tener favorable acogida para la reclamante, debiendo reconocerse su derecho a obtener una copia de los expedientes de contratación a los que ya se ha hecho referencia. Sexto.- El artículo 22.1 de la LTAIBG establece que: “El acceso a la información se realizará preferentemente por vía electrónica, salvo cuando no sea posible o el solicitante haya señalado expresamente otro medio. Cuando no pueda darse el acceso en el momento de la notificación de la resolución deberá otorgarse, en cualquier caso, en un plazo no superior a diez días”. Asimismo, el artículo 22.4 de la misma Ley dispone que: “El acceso a la información será gratuito. No obstante, la expedición de copias o la transposición de la información a un formato diferente al original podrá dar lugar a la exigencia de exacciones en los términos previstos en la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos, o, en su caso, conforme a la normativa autonómica o local que resulte aplicable”. En consecuencia, el precepto señalado establece como preferente el acceso a la información por vía electrónica, salvo que el solicitante señale expresamente otro medio, y prevé, de forma específica, la posibilidad de que tal acceso se produzca a través de la expedición de copias, sin perjuicio de que la misma se realice, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15.4 de la LTAIBG, previa disociación de los datos de carácter personal que, en su caso, aparezcan en los documentos, y pueda dar lugar a la exigencia de exacciones en los términos previstos en la normativa aplicable. En el presente caso, las peticiones presentadas contienen tanto una dirección postal como un correo electrónico, por lo que, para atender dichas solicitudes y considerando comunicaciones anteriores realizadas por vía electrónica a la Junta de Personal solicitante, la información solicitada puede ser proporcionada por este cauce. En atención a los antecedentes y fundamentos jurídicos expuestos, la Comisión de Transparencia de Castilla y León, por unanimidad de sus miembros, RESUELVE Primero.- Estimar la reclamación frente a la falta de acceso a una información pública solicitada por la Junta de Personal de Funcionarios de Servicios Centrales de la Junta de Castilla y León a la Sociedad Pública de Infraestructuras y Medio Ambiente de Castilla y León, SA (SOMACYL). Segundo.- Para dar cumplimiento a esta Resolución, se debe facilitar a la reclamante copia de los siguientes expedientes de contratación: 1.- Actualización del Proyecto de la EDAR de Cardeñosa (Ávila). 2.- Asistencia técnica y recálculo EDAR Navasfrías (Salamanca). 3.-Elaboración y redacción del Proyecto de “Conexión de abastecimiento a Cooperativa Cobadu (Zamora)”. 4.- Elaboración y redacción del Proyecto de “Conexión de abastecimiento a planta Freigel en Valcabado (Zamora). 5.- Elaboración y redacción del Proyecto de abastecimiento desde Zamora a Polígono Industrial Los Llanos (Zamora). 6.- Elaboración y redacción del Proyecto de construcción “Ampliación de Planta Depuradora de aguas Residuales de Ágreda-Ólvega”. 7.- Elaboración y redacción del proyecto de depuración de las localidades de Aspariegos y Cañizo (Zamora). 8.- Elaboración y redacción del proyecto de depuración de las localidades de Mayalde y Santa Clara de Avedillo (Zamora). 9.- Elaboración y redacción del proyecto de sellado de las fases 1 y 2 del vertedero de San Román de la Vega (León).10.- Estudio y análisis de la red de abastecimiento de Cabezón de Pisuerga y la redacción del proyecto constructivo de mejora de red e instalaciones de contadores. 11.- Estudio y análisis de la red de abastecimiento de Santovenia de Pisuerga y la redacción del proyecto constructivo de mejora de red e instalaciones de contadores. 12.- Redacción proyecto de abastecimiento desde Arcenillas a Casaseca de las Chanas (Zamora). 13.- Redacción proyecto de construcción de emisario y EDAR de Barbadillo (Salamanca). 14.- Redacción proyecto de construcción de emisario y EDAR de San Pedro Bercianos (León). 15.- Redacción del Proyecto de EDAR de Cibanal y Moraleja de Sayago (Zamora)”. 16.- Redacción del Proyecto de EDARs de Villalobos, Pobladura de Aliste y Valdescorriel (Zamora). 17. Redacción proyecto de depuración de todos los núcleos de población del municipio de Cubo de la Solana (Almarail, Ituero, Lubira, Rabanera del Campo y Cubo de la Solana). 18.- Redacción proyecto de EDAR Fuentetoba (Soria). 19.- Elaboración y redacción del Proyecto de Ampliación de la Red de Abastecimiento de Agua Potable de Herrera de Duero. 20.- Elaboración y redacción del Proyecto de Impulsión de las Aguas Residuales de Herrera de Duero hasta la EDAR de Tudela de Duero. 21.- Redacción del proyecto técnico de ejecución mejoras en ciclo integral del agua en Orbaneja de Riopico (Burgos). 22.- Redacción de los Proyectos de las EDAR de Hoyo de la Guija y el Herradón (Ávila). 23. Redacción del Proyecto de EDAR Las Ventas de Albares y Albares de la Ribera (León). 24.- Redacción de los Proyectos Emisario y EDR de Navadijos, Navatalgordo, Villanueva de Ávila (Ávila). 25.- Redacción del Proyecto Emisario y EDAR de Navahondilla (Segovia). 26.- Redacción de los Proyectos Emisario y EDAR de Niharra y Velayos (Segovia). 27.- Redacción del Proyecto Emisario y EDAR de Priaranza del Bierzo (León). 28.- Redacción de los Proyectos Emisario y EDAR de Becedas y San Martín de la Vega del Alberche (Segovia)”. 29.- Redacción del Proyecto Emisario y EDAR de Wamba (Valladolid). 30.- Redacción del Proyecto para mejoras de eficiencia de la red de abastecimiento de Magaz de Pisuerga (Palencia)”. 31.- Redacción del proyecto de Red Separativa Industrial y Ampliación y Mejora de la EDAR de Riego de la Vega (León). 32.- Redacción del Proyecto de Emisario y EDAR de Bercianos del Páramo (León). 33.- Redacción del Proyecto de Emisario y EDAR de Bolaños de Campos (Valladolid). 34.- Redacción del Proyecto de Emisario y EDAR de Castrocontrigo (León). 35.- Redacción del Proyecto de Emisario y EDAR de Castromonte (Valladolid). 36.- Redacción del Proyecto de Emisario y EDAR de Congosto (León). 37.- Redacción proyecto construcción nuevo depósito en Santo Tomé de Zabarcos (Ávila). 38.- Redacción de los Proyectos de Emisario y EDAR de Gallegos y La Mata (Segovia). 39.- Redacción de los Proyectos de Emisario y EDAR de Aldealengua de Santa María, Corral de Ayllon y Valle Tabladillo (Segovia). 40.- Redacción de los Proyectos de Emisario y EDAR de Adrada de Pirón, Brieva, y Santo Domingo de Pirón (Segovia). 41.- Redacción del proyecto de Emisario y EDAR de Villavivencio de los Caballeros (Valladolid). 42.- Redacción del Proyectos de Emisario y EDAR de Villamartín de la Abadía (León). 43.- Redacción del Proyecto de Emisario y EDAR de Villafranca del Duero (Valladolid). 44.- Redacción del Proyecto de Emisario y EDAR de Villademor de la Vega (León). 45.- Redacción del Proyecto de Emisario y EDAR de Villa de las Torres. 46.- Redacción del Proyecto de Emisario y EDAR de Valverde del Majano (Segovia). 47.- Redacción del Proyecto de Emisario y EDAR de Valcabado del Páramo (León). 48.- Redacción del Proyecto de Emisario y EDAR de Tiedra (Valladolid)”. 49.- Redacción del Proyecto de Emisario y EDAR de Santa María de la Isla (León). 50.- Redacción del Proyecto de Emisario y EDAR de San Román de Hornija (Valladolid). 51.- Redacción del Proyecto de Emisario y EDAR de San Miguel de las Dueñas (León). 52.- Redacción del Proyecto de Emisario y EDAR de Rábano (Valladolid). 53.- Redacción del Proyecto de Emisario y EDAR de Olivares de Duero (Valladolid). 54.- Redacción del Proyecto de Emisario y EDAR de Mota del Marqués (Valladolid). 55.- Redacción de los Proyectos de Emisario y EDAR de Juarros de Voltoya y Montejo de Arévalo (Segovia). 56.- Redacción del Proyectos de Emisario y EDAR de Grulleros (León). 57.- Redacción del Proyecto de Emisario y EDAR de Espirdo (Segovia). 58.- Redacción del Proyecto de Emisario y EDAR de Encinas de Esgueva (Valladolid)”. Tercero.- Notificar esta Resolución a la Junta de Personal de Funcionarios de Servicios Centrales, como autora de la reclamación, y a SOMACYL. Cuarta.- Una vez realizadas las notificaciones señaladas, publicar la presente Resolución en la página web de esta Comisión, previa disociación de los datos de carácter personal que contuviera.