La Junta de Personal de Funcionarios de Servicios Centrales de la Junta de Castilla y León solicitó a SOMACYL copia de 58 expedientes de contratación de proyectos. SOMACYL solo facilitó nombres de directores y un enlace a su perfil de contratante, que no contenía los expedientes. La Comisión de Transparencia estima la reclamación, ordenando a SOMACYL entregar las copias, ya que la información es pública y el enlace no permitía el acceso.
Puntos clave de la argumentación
1
La información solicitada, relativa a expedientes administrativos de contratación para la redacción de proyectos de obras, constituye información pública según el artículo 13 de la LTAIBG.
2
Aunque se trate de contratos menores con tramitación simplificada, la Ley de Contratos del Sector Público exige la existencia de un expediente que incorpore, al menos, un informe de justificación, la aprobación del gasto y la factura correspondiente.
3
La información sometida al principio de publicidad activa, como los contratos menores, con más motivo está sujeta al ámbito de aplicación del derecho de acceso a la información pública o "publicidad pasiva".
4
El enlace facilitado por SOMACYL a la Plataforma de Contratación del Sector Público no permite obtener acceso a los expedientes de contratación solicitados, incumpliendo el derecho de acceso.
5
SOMACYL no alegó ninguna de las causas de inadmisión o límites al derecho de acceso previstos en los artículos 14, 15 y 18 de la LTAIBG.
6
El acceso a la información debe realizarse, en su caso, previa disociación de los datos de carácter personal que pudieran aparecer en los documentos, conforme al artículo 15.4 de la LTAIBG.
Texto completo
Resolución 170/2025, de 10 de junio, de la Comisión de Transparencia
de Castilla y León
Asunto: Expediente CT-320/2023 / Reclamación frente a la falta de acceso a una
información pública solicitada por la Junta de Personal de Funcionarios de
Servicios Centrales de la Junta de Castilla y León ante la Sociedad Pública de
Infraestructuras y Medio Ambiente de Castilla y León, SA
I. ANTECEDENTES
Primero.- Con fecha 24 de julio de 2023, la Junta de Personal de Funcionarios de
Servicios Centrales de la Junta de Castilla y León presentó un total de 58 solicitudes de
información pública dirigidas a la Sociedad Pública de Infraestructuras y Medio
Ambiente de Castilla y León, SA (SOMACYL). El “solicita” de cada una de estas
peticiones se encontraba relacionado con una obra pública y se concretaba en lo
siguiente:
“Primero.- Copia del expediente administrativo de contratación de la redacción
de este proyecto.
Segundo.- Nombre y dos apellidos del director de:
… actualización del Proyecto de la EDAR de Cardeñosa (Ávila).
… asistencia técnica y recálculo EDAR Navasfrías (Salamanca).
… elaboración y redacción del Proyecto de «Conexión de abastecimiento a
Cooperativa Cobadu (Zamora)».
… elaboración y redacción del Proyecto de «Conexión de abastecimiento a planta
Freigel en Valcabado (Zamora)».
… elaboración y redacción del Proyecto de abastecimiento desde Zamora a
Polígono Industrial Los Llanos (Zamora).
… elaboración y redacción del Proyecto de construcción «Ampliación de Planta
Depuradora de aguas Residuales de Ágreda-Ólvega».
… elaboración y redacción del proyecto de depuración de las localidades de
Aspariegos y Cañizo (Zamora).
… elaboración y redacción del proyecto de depuración de las localidades de
Mayalde y Santa Clara de Avedillo (Zamora).
… elaboración y redacción del proyecto de sellado de las fases 1 y 2 del vertedero
de San Román de la Vega (León).
… estudio y análisis de la red de abastecimiento de Cabezón de Pisuerga y la
redacción del proyecto constructivo de mejora de red e instalaciones de
contadores.
… estudio y análisis de la red de abastecimiento de Santovenia de Pisuerga y la
redacción del proyecto constructivo de mejora de red e instalaciones de
contadores.
… redacción proyecto de abastecimiento desde Arcenillas a Casaseca de las
Chanas (Zamora).
… redacción proyecto de construcción de emisario y EDAR de Barbadillo
(Salamanca).
… redacción proyecto de construcción de emisario y EDAR de San Pedro
Bercianos (León).
… redacción del Proyecto de EDAR de Cibanal y Moraleja de Sayago (Zamora).
… redacción del Proyecto de EDARs de Villalobos, Pobladura de Aliste y
Valdescorriel (Zamora).
… redacción proyecto de depuración de todos los núcleos de población del
municipio de Cubo de la Solana (Almarail, Ituero, Lubira, Rabanera del Campo y
Cubo de la Solana).
… redacción proyecto de EDAR Fuentetoba (Soria).
… elaboración y redacción del Proyecto de Ampliación de la Red de
Abastecimiento de Agua Potable de Herrera de Duero.
… elaboración y redacción del Proyecto de Impulsión de las Aguas Residuales de
Herrera de Duero hasta la EDAR de Tudela de Duero.
… redacción del proyecto técnico de ejecución mejoras en ciclo integral del agua
en Orbaneja de Riopico (Burgos).
… redacción de los Proyectos de las EDAR de Hoyo de la Guija y el Herradón
(Ávila).
… redacción del Proyecto de EDAR Las Ventas de Albares y Albares de la Ribera
(León).
… redacción de los Proyectos Emisario y EDR de Navadijos, Navatalgordo,
Villanueva de Ávila (Ávila).
… redacción del Proyecto Emisario y EDAR de Navahondilla (Segovia).
… redacción de los Proyectos Emisario y EDAR de Niharra y Velayos (Segovia).
… redacción del Proyecto Emisario y EDAR de Priaranza del Bierzo (León).
… redacción de los Proyectos Emisario y EDAR de Becedas y San Martín de la
Vega del Alberche (Segovia).
… redacción del Proyecto Emisario y EDAR de Wamba (Valladolid).
… redacción del Proyecto para mejoras de eficiencia de la red de abastecimiento
de Magaz de Pisuerga (Palencia).
… redacción del proyecto de Red Separativa Industrial y Ampliación y Mejora de
la EDAR de Riego de la Vega (León).
… redacción del Proyecto de Emisario y EDAR de Bercianos del Páramo (León).
… redacción del Proyecto de Emisario y EDAR de Bolaños de Campos
(Valladolid).
… redacción del Proyecto de Emisario y EDAR de Castrocontrigo (León).
… redacción del Proyecto de Emisario y EDAR de Castromonte (Valladolid).
… redacción del Proyecto de Emisario y EDAR de Congosto (León).
… redacción proyecto construcción nuevo depósito en Santo Tomé de Zabarcos
(Ávila).
… redacción de los Proyectos de Emisario y EDAR de Gallegos y La Mata
(Segovia).
… redacción de los Proyectos de Emisario y EDAR de Aldealengua de Santa
María, Corral de Ayllón y Valle Tabladillo (Segovia).
… redacción de los Proyectos de Emisario y EDAR de Adrada de Pirón, Brieva, y
Santo Domingo de Pirón (Segovia).
… redacción del proyecto de Emisario y EDAR de Villavivencio de los Caballeros
(Valladolid).
… redacción del Proyectos de Emisario y EDAR de Villamartín de la Abadía
(León).
… redacción del Proyecto de Emisario y EDAR de Villafranca del Duero
… redacción del Proyecto de Emisario y EDAR de Villademor de la Vega (León).
… redacción del Proyecto de Emisario y EDAR de Villa de las Torres.
… redacción del Proyecto de Emisario y EDAR de Valverde del Majano (Segovia).
… redacción del Proyecto de Emisario y EDAR de Valcabado del Páramo (León).
… redacción del Proyecto de Emisario y EDAR de Tiedra (Valladolid).
… redacción del Proyecto de Emisario y EDAR de Santa María de la Isla (León).
… redacción del Proyecto de Emisario y EDAR de San Román de Hornija
… redacción del Proyecto de Emisario y EDAR de San Miguel de las Dueñas
… redacción del Proyecto de Emisario y EDAR de Rábano (Valladolid).
… redacción del Proyecto de Emisario y EDAR de Olivares de Duero (Valladolid).
… redacción del Proyecto de Emisario y EDAR de Mota del Marqués (Valladolid).
… redacción de los Proyectos de Emisario y EDAR de Juarros de Voltoya y
Montejo de Arévalo (Segovia).
… redacción del Proyectos de Emisario y EDAR de Grulleros (León).
… redacción del Proyecto de Emisario y EDAR de Espirdo (Segovia).
… redacción del Proyecto de Emisario y EDAR de Encinas de Esgueva
(Valladolid)”.
Las solicitudes indicadas fueron contestadas por SOMACYL mediante una
comunicación, de 9 de agosto de 2023, a través de la cual se facilitó a la entidad
solicitante la identificación del director del proyecto de todos los expedientes de
contratación pedidos; asimismo, se remitió a esta, para que pudiera obtener el resto de la
información solicitada, al perfil del contratante de SOMACYL con la indicación de un
enlace web que dirige a la Plataforma de Contratación del Sector Público.
Segundo.- Con fecha 25 de agosto de 2023, tuvo entrada en la Comisión de
Transparencia de Castilla y León una reclamación presentada por la Junta de Personal de
Funcionarios de Servicios Centrales frente a la comunicación, de 9 de agosto de 2023,
por la que se resolvieron expresamente las solicitudes de información pública indicadas
en el expositivo anterior. En el escrito de reclamación se advierte lo siguiente:
“En este escrito, fechado el 09 de agosto de 2023, se facilita el nombre y 2
apellidos de los directores de proyecto pero no se facilita la copia de los 58
expedientes administrativos de contratación de redacción de estos proyectos (…)
En la dirección electrónica facilitada no hay un solo documento de contratación
de los 58 expedientes de contratación solicitados”.
Tercero.- Una vez recibida la reclamación, esta Comisión de Transparencia se
dirigió a SOMACYL poniendo de manifiesto su recepción y solicitando que nos
informase sobre la actuación que había dado lugar a la citada impugnación.
Consta la recepción de esta petición por SOMACYL con fecha 8 de noviembre de
2023, a través de la Dirección Electrónica Habilitada Única (DEHÚ).
Sin embargo, el informe solicitado no ha sido recibido en esta Comisión de
Transparencia. No obstante, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 80.3 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, se prosiguen las actuaciones y se procede a adoptar la
presente Resolución.
Sin perjuicio de ello, lamentamos que nos veamos obligados a resolver esta
reclamación sin conocer el criterio de SOMACYL, quien, sin duda, podría aportar
elementos de juicio relevantes para decidir acerca del supuesto aquí planteado. Esta falta
de respuesta, además, supone un incumplimiento de la colaboración debida al
Comisionado de Transparencia, en cuanto Presidente de esta Comisión, de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 3/2015, de 4 de marzo, de Transparencia y
Participación Ciudadana de Castilla y León.
II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS
Primero.- El artículo 12 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia,
acceso a la información pública y buen gobierno (en adelante, LTAIBG), reconoce a
todas las personas el derecho a acceder a la información pública, en los términos
previstos en el artículo 105. b) de la Constitución Española, desarrollados por la propia
Ley. Añade este precepto que, en el ámbito de sus respectivas competencias, será de
aplicación la correspondiente normativa autonómica.
El artículo 24 de la misma norma dispone que frente a toda resolución expresa o
presunta en materia de acceso a la información pública podrá interponerse una
reclamación ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (en adelante, CTBG),
con carácter potestativo y previo a su impugnación en vía contencioso-administrativa.
Segundo.- La disposición adicional cuarta de la misma Ley 19/2013, de 9 de
diciembre, establece que la resolución de la reclamación prevista en el artículo 24 citado
corresponderá, en los supuestos de resoluciones dictadas por las Administraciones de las
Comunidades Autónomas y su sector público, y por las Entidades Locales comprendidas
en su ámbito territorial, al órgano independiente que determinen las Comunidades
Autónomas. En Castilla y León ese órgano es esta Comisión de Transparencia a quien
corresponde la tramitación y resolución de aquella reclamación, ajustándose a lo
dispuesto en materia de recursos en la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
En efecto, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8 y 12 de la
Ley 3/2015, de 4 de marzo, de Transparencia y Participación Ciudadana de Castilla
y León, se crea la Comisión de Transparencia para el conocimiento y resolución de las
reclamaciones que, con carácter potestativo y previo a su impugnación contencioso-
administrativa, se presenten contra las resoluciones expresas o presuntas en materia de
acceso a la información pública dictadas por los organismos y entidades del sector
público autonómico relacionadas en el artículo 2.1 de la Ley 2/2006, de 3 de mayo, de la
Hacienda y del Sector Público de la Comunidad de Castilla y León; por las corporaciones
de derecho público cuyo ámbito de actuación se circunscriba exclusivamente a todo o
parte del territorio de la Comunidad Autónoma; por las Entidades Locales de Castilla
y León y su sector público; y por las asociaciones constituidas por las referidas entidades
y organismos.
En consecuencia, esta Comisión es competente para resolver la reclamación antes
identificada.
Tercero.- La reclamación ha sido presentada por quien se encuentra legitimada
para ello puesto que su autora es la misma entidad que presentó la solicitud de
información pública que dio lugar a esta impugnación.
Cuarto.- Por lo que respecta al tiempo y forma de presentación de la reclamación,
hay que tener en consideración lo dispuesto en el artículo 24.2 de la LTAIBG, según el
cual:
“La reclamación se interpondrá en el plazo de un mes a contar desde el día
siguiente al de la notificación del acto impugnado o desde el día siguiente a aquel
en que se produzcan los efectos del silencio administrativo”.
En este supuesto concreto, la reclamación frente a la Resolución de SOMACYL,
de 9 de agosto de 2023, fue registrada ante esta Comisión de Transparencia el 25 de
agosto de 2023. Esta Comisión de Transparencia desconoce la fecha concreta en la que
tuvo lugar la notificación de aquella Resolución a la Junta de Personal, pero a la vista de
la fecha de su adopción no cabe duda de que la reclamación fue presentada dentro del
plazo previsto para ello.
Quinto.- En cuanto a la cuestión de fondo de la reclamación formulada, hay que
partir de que el artículo 13 de la LTAIBG define la información pública como “los
contenidos o documentos, cualquiera que sea su formato o soporte, que obren en poder
de alguno de los sujetos incluidos en el ámbito de aplicación de este título y que hayan
sido elaborados o adquiridos en el ejercicio de sus funciones”.
En el caso que nos ocupa, la solicitud de información que ha dado lugar a la
reclamación se refiere a expedientes administrativos relativos a la contratación de la
redacción de los proyectos para una serie de obras que, en efecto, constituyen
información pública en los términos señalados.
En la Resolución 149/2024, de 28 de mayo (expediente CT-83/2023), en la que se
analizó un caso similar al ahora presentado, ya señalamos lo siguiente:
“Con relación a ello, en el informe remitido por SOMACYL a esta Comisión de
Transparencia se señala que nos encontramos ante expedientes de contratación
menor regulados en el artículo 118 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de
Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico
español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y
2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (LCSP).
Además, se señala en el informe de SOMACYL que dichos contratos siguen una
tramitación simplificada, sin que exista un expediente de licitación como tal, así
como que la información solicitada puede obtenerse a través de un enlace que
lleva a la Plataforma de Contratación del Sector Público y, más concretamente,
según se ha podido comprobar, a los datos correspondientes al perfil del
contratante SOMACYL (datos generales, actividad, dirección postal y contacto
del perfil del contratante).
En cuanto a la tramitación de los expedientes de contratación en el caso de
contratos menores, hay que tener en cuenta que el artículo 118 de la LCSP
establece lo siguiente:
«1. Se consideran contratos menores los contratos de valor estimado inferior a
40.000 euros, cuando se trate de contratos de obras, o a 15.000 euros, cuando se
trate de contratos de suministro o de servicios, sin perjuicio de lo dispuesto en el
artículo 229 en relación con las obras, servicios y suministros centralizados en el
ámbito estatal.
2. En los contratos menores la tramitación del expediente exigirá la emisión de un
informe del órgano de contratación justificando de manera motivada la necesidad
del contrato y que no se está alterando su objeto con el fin de evitar la aplicación
de los umbrales descritos en el apartado anterior.
3. Asimismo se requerirá la aprobación del gasto y la incorporación al mismo de
la factura correspondiente, que deberá reunir los requisitos que las normas de
desarrollo de esta Ley establezcan.
4. En el contrato menor de obras, deberá añadirse, además, el presupuesto de las
obras, sin perjuicio de que deba existir el correspondiente proyecto cuando sea
requerido por las disposiciones vigentes. Deberá igualmente solicitarse el informe
de las oficinas o unidades de supervisión a que se refiere el artículo 235 cuando el
trabajo afecte a la estabilidad, seguridad o estanqueidad de la obra.
5. Lo dispuesto en el apartado 2.º de este artículo no será de aplicación en
aquellos contratos cuyo pago se verifique a través del sistema de anticipos de caja
fija u otro similar para realizar pagos menores, siempre y cuando el valor
estimado del contrato no exceda de 5.000 euros.
6. Los contratos menores se publicarán en la forma prevista en el artículo 63.4».
En consideración a lo expuesto, aunque se trate de una tramitación simplificada,
para los contratos menores también se requiere la tramitación de un expediente al
que se debe incorporar, al menos, un informe del órgano de contratación
justificando de manera motivada la necesidad del contrato y que no se está
alterando su objeto, la aprobación del gasto y la incorporación al mismo de la
factura correspondiente (…).
Dicho lo anterior, con relación a la publicidad activa el artículo 63.4 de la LCSP
establece lo siguiente:
«La publicación de la información relativa a los contratos menores deberá
realizarse al menos trimestralmente. La información a publicar para este tipo de
contratos será, al menos, su objeto, duración, el importe de adjudicación, incluido
el Impuesto sobre el Valor Añadido, y la identidad del adjudicatario, ordenándose
los contratos por la identidad del adjudicatario.
Quedan exceptuados de la publicación a la que se refiere el párrafo anterior,
aquellos contratos cuyo valor estimado fuera inferior a cinco mil euros, siempre
que el sistema de pago utilizado por los poderes adjudicadores fuera el de
anticipo de caja fija u otro sistema similar para realizar pagos menores».
No obstante, también resulta de aplicación lo previsto en relación con los
contratos en el artículo 8 de la LTAIBG, que dispone que serán objeto de
publicidad activa:
«a) Todos los contratos, con indicación del objeto, duración, el importe de la
licitación y de adjudicación, el procedimiento utilizado para su celebración, los
instrumentos a través de los que, en su caso, se ha publicitado, el número de
licitadores participantes en el procedimiento y la identidad del adjudicatario, así
como las modificaciones del contrato. Igualmente serán objeto de publicación las
decisiones de desistimiento y renuncia de los contratos. La publicación de la
información relativa a los contratos menores podrá realizarse trimestralmente».
Por todo lo anteriormente expuesto, si la información solicitada está sometida al
principio de publicidad activa, con más motivo estará sometida al ámbito de
aplicación del principio de acceso a la información pública o «publicidad
pasiva».
Dicho lo anterior, en el caso que nos concierne, SOMACYL, en el informe enviado
a esta Comisión de Transparencia, se remite a la información contenida en la
Plataforma de Contratación del Sector Público, facilitando un enlace que, como
ya se ha señalado, lleva al perfil del contratante de SOMACYL, en el que se
recogen sus datos generales, actividad, dirección postal y contacto.
Pues bien, en primer lugar, ante la petición de acceso a información pública
elaborada o a disposición de SOMACYL, esta sociedad debería adoptar la
resolución a la que se refiere el artículo 20.1 de la LTAIBG y, en el caso de
corresponder la concesión del acceso a la información, facilitar al solicitante
dicho acceso. En efecto, no corresponde a esta Comisión de Transparencia dar
traslado a los interesados de información o documentación remitida por las
Administraciones o entidades afectadas, sino la resolución de las reclamaciones
que se presenten frente a resoluciones expresas o presuntas en materia de acceso
a la información pública, decidiendo si la información pedida debe ser concedida
o no, pero, en el primer caso, es la Administración o entidad afectada quien debe
dar cumplimiento a la decisión adoptada proporcionando la información al
reclamante en la forma resuelta por esta Comisión.
En segundo lugar, el artículo 22.3 de la LTATIB establece que «Si la información
ya ha sido publicada, la resolución podrá limitarse a indicar al solicitante cómo
puede acceder a ella». Sin embargo, en este supuesto, el enlace facilitado por
SOMACYL para acceder a la información a través de la Plataforma de
Contratación del Sector Público no permite obtener el acceso a los expedientes de
contratación solicitados, incluso aunque se intente obtener dicha información a
través de la pestaña de «Contratos menores» que existe en la parte superior de la
página a la que lleva el enlace, puesto que dicha pestaña nos ofrece una
herramienta de búsqueda de expedientes a partir de datos conocidos. Por ello, el
enlace facilitado por el SOMACYL, aunque fuera proporcionado al reclamante,
tampoco permitiría dar satisfacción a su derecho de acceso a la información
pública reconocido en el artículo 12 de la LTAIBG.
Por otro lado, aunque el derecho de acceso a la información pública no es un
derecho ilimitado o absoluto, en el sentido de que garantice el acceso a toda la
información pública en cualquier materia a cualquier persona, los posibles
límites o causas de inadmisión de las peticiones de información son los previstos
en los artículos 14, 15 y 18 de la LTAIBG, sin que en este supuesto se haya
alegado por SOMACYL la concurrencia de cualquiera de ellos.
Las únicas limitaciones son las que podrían derivarse de la existencia en la de
datos personales (de personas físicas) que aparezcan en los documentos de los
expedientes a cuyo contenido se pretende acceder, en cuyo caso, de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 15.4 de la LTAIBG, el acceso debe realizarse la
previa disociación de tales datos «de modo que se impida la identificación de las
personas afectadas»”.
En el supuesto planteado en la presente reclamación, del mismo modo que ocurría
en el caso que dio lugar a la Resolución de esta Comisión de Transparencia cuya
fundamentación jurídica ha sido parcialmente transcrita, el enlace facilitado por
SOMACYL a la reclamante puede permitir acceder a la información publicada sobre los
contratos identificados en la petición, pero no conocer ni obtener una copia del
documento o documentos que forman parte de los expedientes de contratación
correspondientes.
En definitiva, en este caso y con base en los mismos argumentos señalados en la
Resolución 149/2024, de 28 de mayo, se concluye que la reclamación debe tener
favorable acogida para la reclamante, debiendo reconocerse su derecho a obtener una
copia de los expedientes de contratación a los que ya se ha hecho referencia.
Sexto.- El artículo 22.1 de la LTAIBG establece que:
“El acceso a la información se realizará preferentemente por vía electrónica,
salvo cuando no sea posible o el solicitante haya señalado expresamente otro
medio. Cuando no pueda darse el acceso en el momento de la notificación de la
resolución deberá otorgarse, en cualquier caso, en un plazo no superior a diez
días”.
Asimismo, el artículo 22.4 de la misma Ley dispone que:
“El acceso a la información será gratuito. No obstante, la expedición de copias o
la transposición de la información a un formato diferente al original podrá dar
lugar a la exigencia de exacciones en los términos previstos en la Ley 8/1989, de
13 de abril, de Tasas y Precios Públicos, o, en su caso, conforme a la normativa
autonómica o local que resulte aplicable”.
En consecuencia, el precepto señalado establece como preferente el acceso a la
información por vía electrónica, salvo que el solicitante señale expresamente otro medio,
y prevé, de forma específica, la posibilidad de que tal acceso se produzca a través de la
expedición de copias, sin perjuicio de que la misma se realice, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 15.4 de la LTAIBG, previa disociación de los datos de carácter
personal que, en su caso, aparezcan en los documentos, y pueda dar lugar a la exigencia
de exacciones en los términos previstos en la normativa aplicable.
En el presente caso, las peticiones presentadas contienen tanto una dirección
postal como un correo electrónico, por lo que, para atender dichas solicitudes y
considerando comunicaciones anteriores realizadas por vía electrónica a la Junta de
Personal solicitante, la información solicitada puede ser proporcionada por este cauce.
En atención a los antecedentes y fundamentos jurídicos expuestos, la Comisión de
Transparencia de Castilla y León, por unanimidad de sus miembros,
RESUELVE
Primero.- Estimar la reclamación frente a la falta de acceso a una información
pública solicitada por la Junta de Personal de Funcionarios de Servicios Centrales de la
Junta de Castilla y León a la Sociedad Pública de Infraestructuras y Medio Ambiente de
Castilla y León, SA (SOMACYL).
Segundo.- Para dar cumplimiento a esta Resolución, se debe facilitar a la
reclamante copia de los siguientes expedientes de contratación:
1.- Actualización del Proyecto de la EDAR de Cardeñosa (Ávila). 2.- Asistencia
técnica y recálculo EDAR Navasfrías (Salamanca). 3.-Elaboración y redacción del
Proyecto de “Conexión de abastecimiento a Cooperativa Cobadu (Zamora)”. 4.-
Elaboración y redacción del Proyecto de “Conexión de abastecimiento a planta Freigel en
Valcabado (Zamora). 5.- Elaboración y redacción del Proyecto de abastecimiento desde
Zamora a Polígono Industrial Los Llanos (Zamora). 6.- Elaboración y redacción del
Proyecto de construcción “Ampliación de Planta Depuradora de aguas Residuales de
Ágreda-Ólvega”. 7.- Elaboración y redacción del proyecto de depuración de las
localidades de Aspariegos y Cañizo (Zamora). 8.- Elaboración y redacción del proyecto
de depuración de las localidades de Mayalde y Santa Clara de Avedillo (Zamora). 9.-
Elaboración y redacción del proyecto de sellado de las fases 1 y 2 del vertedero de San
Román de la Vega (León).10.- Estudio y análisis de la red de abastecimiento de Cabezón
de Pisuerga y la redacción del proyecto constructivo de mejora de red e instalaciones de
contadores. 11.- Estudio y análisis de la red de abastecimiento de Santovenia de Pisuerga
y la redacción del proyecto constructivo de mejora de red e instalaciones de contadores.
12.- Redacción proyecto de abastecimiento desde Arcenillas a Casaseca de las Chanas
(Zamora). 13.- Redacción proyecto de construcción de emisario y EDAR de Barbadillo
(Salamanca). 14.- Redacción proyecto de construcción de emisario y EDAR de San Pedro
Bercianos (León). 15.- Redacción del Proyecto de EDAR de Cibanal y Moraleja de
Sayago (Zamora)”. 16.- Redacción del Proyecto de EDARs de Villalobos, Pobladura de
Aliste y Valdescorriel (Zamora). 17. Redacción proyecto de depuración de todos los
núcleos de población del municipio de Cubo de la Solana (Almarail, Ituero, Lubira,
Rabanera del Campo y Cubo de la Solana). 18.- Redacción proyecto de EDAR
Fuentetoba (Soria). 19.- Elaboración y redacción del Proyecto de Ampliación de la Red
de Abastecimiento de Agua Potable de Herrera de Duero. 20.- Elaboración y redacción
del Proyecto de Impulsión de las Aguas Residuales de Herrera de Duero hasta la EDAR
de Tudela de Duero. 21.- Redacción del proyecto técnico de ejecución mejoras en ciclo
integral del agua en Orbaneja de Riopico (Burgos). 22.- Redacción de los Proyectos de
las EDAR de Hoyo de la Guija y el Herradón (Ávila). 23. Redacción del Proyecto de
EDAR Las Ventas de Albares y Albares de la Ribera (León). 24.- Redacción de los
Proyectos Emisario y EDR de Navadijos, Navatalgordo, Villanueva de Ávila (Ávila). 25.-
Redacción del Proyecto Emisario y EDAR de Navahondilla (Segovia). 26.- Redacción de
los Proyectos Emisario y EDAR de Niharra y Velayos (Segovia). 27.- Redacción del
Proyecto Emisario y EDAR de Priaranza del Bierzo (León). 28.- Redacción de los
Proyectos Emisario y EDAR de Becedas y San Martín de la Vega del Alberche
(Segovia)”. 29.- Redacción del Proyecto Emisario y EDAR de Wamba (Valladolid). 30.-
Redacción del Proyecto para mejoras de eficiencia de la red de abastecimiento de Magaz
de Pisuerga (Palencia)”. 31.- Redacción del proyecto de Red Separativa Industrial y
Ampliación y Mejora de la EDAR de Riego de la Vega (León). 32.- Redacción del
Proyecto de Emisario y EDAR de Bercianos del Páramo (León). 33.- Redacción del
Proyecto de Emisario y EDAR de Bolaños de Campos (Valladolid). 34.- Redacción del
Proyecto de Emisario y EDAR de Castrocontrigo (León). 35.- Redacción del Proyecto de
Emisario y EDAR de Castromonte (Valladolid). 36.- Redacción del Proyecto de Emisario
y EDAR de Congosto (León). 37.- Redacción proyecto construcción nuevo depósito en
Santo Tomé de Zabarcos (Ávila). 38.- Redacción de los Proyectos de Emisario y EDAR
de Gallegos y La Mata (Segovia). 39.- Redacción de los Proyectos de Emisario y EDAR
de Aldealengua de Santa María, Corral de Ayllon y Valle Tabladillo (Segovia). 40.-
Redacción de los Proyectos de Emisario y EDAR de Adrada de Pirón, Brieva, y Santo
Domingo de Pirón (Segovia). 41.- Redacción del proyecto de Emisario y EDAR de
Villavivencio de los Caballeros (Valladolid). 42.- Redacción del Proyectos de Emisario y
EDAR de Villamartín de la Abadía (León). 43.- Redacción del Proyecto de Emisario y
EDAR de Villafranca del Duero (Valladolid). 44.- Redacción del Proyecto de Emisario y
EDAR de Villademor de la Vega (León). 45.- Redacción del Proyecto de Emisario y
EDAR de Villa de las Torres. 46.- Redacción del Proyecto de Emisario y EDAR de
Valverde del Majano (Segovia). 47.- Redacción del Proyecto de Emisario y EDAR de
Valcabado del Páramo (León). 48.- Redacción del Proyecto de Emisario y EDAR de
Tiedra (Valladolid)”. 49.- Redacción del Proyecto de Emisario y EDAR de Santa María
de la Isla (León). 50.- Redacción del Proyecto de Emisario y EDAR de San Román de
Hornija (Valladolid). 51.- Redacción del Proyecto de Emisario y EDAR de San Miguel de
las Dueñas (León). 52.- Redacción del Proyecto de Emisario y EDAR de Rábano
(Valladolid). 53.- Redacción del Proyecto de Emisario y EDAR de Olivares de Duero
(Valladolid). 54.- Redacción del Proyecto de Emisario y EDAR de Mota del Marqués
(Valladolid). 55.- Redacción de los Proyectos de Emisario y EDAR de Juarros de Voltoya
y Montejo de Arévalo (Segovia). 56.- Redacción del Proyectos de Emisario y EDAR de
Grulleros (León). 57.- Redacción del Proyecto de Emisario y EDAR de Espirdo
(Segovia). 58.- Redacción del Proyecto de Emisario y EDAR de Encinas de Esgueva
(Valladolid)”.
Tercero.- Notificar esta Resolución a la Junta de Personal de Funcionarios de
Servicios Centrales, como autora de la reclamación, y a SOMACYL.
Cuarta.- Una vez realizadas las notificaciones señaladas, publicar la presente
Resolución en la página web de esta Comisión, previa disociación de los datos de
carácter personal que contuviera.