Estimada parcialmente 04/02/2026 · 610 días en resolverse

Reclamación por denegación presunta de información pública sobre presupuestos, facturas y programa de gestión de colonias felinas del Ayuntamiento de Tudela de Duero

D.ª XXX solicitó al Ayuntamiento de Tudela de Duero información sobre presupuestos y facturas de 2023-2024 para la Ley de Bienestar Animal y fiestas, remanente de tesorería y el Programa de Gestión de Colonias Felinas. La reclamante alegó denegación presunta y respuesta defectuosa. La Comisión de Transparencia estima parcialmente la reclamación, ordenando al Ayuntamiento facilitar la información pendiente no publicada o correctamente entregada.

Puntos clave de la argumentación

1 El artículo 12 de la Ley 19/2013 (LTAIBG) reconoce el derecho de acceso a la información pública, siendo la Comisión de Transparencia de Castilla y León competente para resolver reclamaciones contra denegaciones de entidades locales.
2 La información solicitada, que incluye presupuestos, facturas, remanente de tesorería y el programa de gestión de colonias felinas, se clasifica como información pública según el artículo 13 de la LTAIBG.
3 La respuesta inicial del Ayuntamiento no constituyó una resolución en sentido estricto al omitir la indicación de recursos, y el enlace proporcionado para acceder a la información presupuestaria resultó defectuoso, no satisfaciendo el derecho de acceso.
4 Aunque el Programa de Gestión de Colonias Felinas estaba en elaboración al momento de la respuesta municipal (causa de inadmisión del art. 18.1.a LTAIBG), ya ha sido aprobado y publicado, por lo que no requiere una nueva remisión.
5 El Ayuntamiento debe facilitar el acceso a la información pendiente, incluyendo presupuestos de fiestas, facturas de la Ley 7/2023 y festejos, y el remanente de tesorería, en el formato de copia en papel solicitado por la reclamante.

Texto completo

Resoluci uevo 34/2026, de 4 de febrero, de la Comisi uevon de Transparencia de Castilla y Le uevon

Asunto: Expediente CT-312/2024 / Reclamaci uevon frente a la denegaci uevon presunta de una solicitud de informaci uevon p uevoblica presentada por D. uevo XXX ante el Ayuntamiento de Tudela de Duero (Valladolid)

I. ANTECEDENTES

Primero.- Con fecha 4 de junio de 2024, D uevoa. XXX present uevo en el Ayuntamiento de Boecillo una solicitud de informaci uevon p uevoblica dirigida al Ayuntamiento de Tudela de Duero (Valladolid). El iexpediente de esta petici uevon se concret uevo en los siguientes t uevorminos:

iexpediente . Al amparo del art uevoculo 105 b) de la Constituci uevon Espa uevoola, as uevo como del art uevoculo 12 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la informaci uevon y buen gobierno, solicito a este Ayuntamiento que me facilite copia en papel de la siguiente informaci uevon: - Presupuesto econ uevomico (partida presupuestaria) del a uevoo 2023 y 2024 destinado al cumplimiento de la Ley 7/2023 de 28 de marzo de protecci uevon de los derechos y bienestar animal del a uevoo 2023, ley de obligado cumplimiento. - Presupuesto econ uevomico (partida presupuestaria) del a uevoo 2023 y 2024 destinado a fiestas populares, festejos taurinos o actividades deportivas y culturales, actividades que no son obligatorias por ley. - Facturas pagadas durante el a uevoo 2023 y 2024 destinadas a sufragar los gastos ocasionados por el cumplimiento de la Ley 7/2023. - Facturas pagadas durante el a uevoo 2023 y 2024 destinadas a sufragar los gastos ocasionados por las fiestas populares, festejos taurinos o actividades deportivas y culturales. - Remanente de tesorer uevoa generado de la liquidaci uevon del presupuesto del a uevoo 2022 y 2023. - Programa de Gesti uevon de Colonias Felinas, el no tenerlo o no aplicarlo no es motivo para justificar el incumplimiento de dicha Ley. (...) Tercero. Que este Ayuntamiento cumpla con las obligaciones establecidas en la Ley 7/2023, en materia de colonias felinas (...), ya que el hecho de que un Ayuntamiento carezca de los recursos suficientes sea peque uevoo u otros Ayuntamientos no cumplan, no justifica el incumplimiento de la Ley: 1 iexpediente. Esterilizaci uevon quir uevorgica de todos los gatos comunitarios, teniendo constancia de que en este municipio hay muchos gatos comunitarios sin esterilizar y la ley exige que est uevon esterilizados todos (art. 38.2). 2 iexpediente. Alimentar a los gatos comunitarios, ya que la gesti uevon de los mismos corresponde a las entidades locales y dentro de esa gesti uevon est uevo la de alimentar a los gatos comunitarios (art. 39.1) 3 iexpediente. Atenci uevon sanitaria de los gatos comunitarios, como desparasitaci uevon, vacunaci uevon (art uevoculo 39.1 c), estos gatos no est uevon recibiendo esta atenci uevon sanitaria ni est uevon desparasitados, el tener a los gatos en estas condiciones, con pulgas, garrapatas, par uevositos intestinales, genera problemas de salud que constituye un caso de maltrato animal, al igual que la falta de alimentaci uevon. 4 iexpediente. Establecer mecanismos normativos y de vigilancia para llevar a cabo el control y la sanci uevon a los responsables de gatos que no los tengan debidamente identificados y esterilizados y, por tanto, que no pongan las medidas necesarias para evitar la reproducci uevon de sus animales con los gatos comunitarios (art uevoculo 39.1.i). 5 iexpediente. Implementar campa uevoas de formaci uevon e informaci uevon a la poblaci uevon de los programas de gesti uevon de colonias felinas que se implanten en el t uevormino municipal y gestionar los conflictos vecinales que puedan surgir (art uevoculo 39.1). (...)

Segundo.- Con fecha 6 de julio de 2024, tuvo entrada en la Comisi uevon de Transparencia de Castilla y Le uevon una reclamaci uevon presentada por D. uevoa. XXX, frente a la denegaci uevon presunta de la solicitud de informaci uevon p uevoblica indicada en el expositivo anterior.

Tercero.- Una vez recibida esta reclamaci uevon nos dirigimos al Ayuntamiento de Tudela de Duero poniendo de manifiesto su recepci uevon y solicitando que nos informase sobre la presunta ausencia de respuesta que hab uevoa dado lugar a la citada impugnaci uevon.

En la contestaci uevon a nuestra solicitud de informe se pone de manifiesto que el 9 de octubre de 2024 el Ayuntamiento hab uevoa dado respuesta a la solicitud de informaci uevon a trav uevos de un escrito dirigido a la interesada del siguiente tenor:

“En relaci uevon con su actuaci uevon solicitud de acceso a informaci uevon p uevoblica con fecha de entrada del 05/06/2024, n uevo 2913, le comunico que los datos solicitados relativos al ejercicio 2023 y 2024 se encuentran publicados y puede acceder a ellos a trav uevos del portal de transparencia del Ayuntamiento de Tudela de Duero: bae7bca9b5ee/ En cuanto al resto de informaci uevon solicitada del ejercicio del a uevoo 2024 se encuentra en curso de elaboraci uevon o de publicaci uevon general. Desde la Administraci uevon Local estamos trabajando desde el primer momento en aras de encontrar el mejor encaje en el ordenamiento jur uevodico ante este nuevo escenario que se presenta para las Administraciones locales, adquiriendo nuevas responsabilidades en este sentido. El Ayuntamiento est uevo realizando los deberes, no a la velocidad que algunas personas quieren, pero es un reto, el Ayuntamiento ten uevoa una partida en los a uevoos anteriores de 3000 euros, este a uevoo a ra uevoz de la entrada en vigor de la nueva ley, se ha incrementado a 10000 euros, para poder empezar. Hemos participado en charlas y conferencias. Por lo que estamos igual de preocupados que los 800 Ayuntamientos, Cabildos y Diputaciones que hemos participado para intentar crear los reglamentos necesarios para organizar el funcionamiento de los CES y elaborar un programa de gesti uevon y control de colonias felinas urbanas. Desde el Ayuntamiento e Tudela de Duero estamos en contacto con la Diputaci uevon Provincial de Valladolid para recabar su apoyo en su competencia de asistencia y cooperaci uevon econ uevomica y t uevocnica que le atribuye la Ley. Esperamos en breve disponer de las herramientas jur uevodicas para atender a las nuevas responsabilidades otorgadas a las Administraciones Locales por la Ley 7/2023 de 28 de marzo. En estos momentos desde la concejal uevoa de medio ambiente se est uevo trabajando con un borrador de programa de gesti uevon uevotica de las colonias felinas del Ayuntamiento de Tudela de Duero para proceder a su aprobaci uevon, si bien estamos identificando con precisi uevon el mapa de colonias y el censo poblacional”.

Cuarto.- Con fecha 4 de marzo de 2025, se solicit uevo a D. uevoa. XXX, por parte de esta Comisi uevon de Transparencia, que a la vista de la anterior comunicaci uevon del Ayuntamiento de Tudela de Duero nos manifestase las alegaciones que estimase oportunas.

El mismo d uevoa se recibi uevo un escrito de alegaciones de la reclamante donde uevosta indica lo que se transcribe a continuaci uevon:

“Primero el ayuntamiento de Tudela de Duero me remite a un enlace que no lleva a ninguna p uevogina, da error. Segundo en el portal de transparencia del ayuntamiento de Tudela de Duero no est uevon publicadas las facturas relativas al cumplimiento de la ley 7/2023 ni las relativas a fiestas, toros y actividades culturales. Tercero el ayuntamiento de Tudela de Duero dice en su respuesta «En cuanto al resto de informaci uevon solicitada del ejercicio del a uevoo 2024 se encuentra en curso de elaboraci uevon o de publicaci uevon general». Pues dicha informaci uevon no se me ha comunicado todav uevoa. Esta informaci uevon deber uevo notificar uevo en el plazo m uevoximo de un mes desde la recepci uevon de la solicitud, plazo que podr uevo ampliarse por otro mes en el caso de que el volumen o la complejidad de la informaci uevon que se solicita as uevo lo hagan necesario y previa notificaci uevon al solicitante. Cuarto la Ley 19/2013 diferencia dos tipos de publicidad, una la activa a trav uevos de la cual las administraciones p uevoblicas deber uevon poner a disposici uevon de la ciudadan uevoa, sin solicitud previa informaci uevon econ uevomica y presupuestaria, y el otro tipo de publicidad que viene determinado en esta ley es la pasiva, se reconoce el derecho de acceso a la informaci uevon p uevoblica a cualquier persona, derecho que estoy ejerciendo y que no se est uevo atendiendo”.

II. FUNDAMENTOS JUR uevoDICOS

Primero.- El art uevoculo 12 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la informaci uevon p uevoblica y buen gobierno (en adelante, LTAIBG), reconoce a todas las personas el derecho a acceder a la informaci uevon p uevoblica, en los t uevorminos previstos en el art uevoculo 105. b) de la Constituci uevon Espa uevoola, desarrollados por la propia Ley. A uevoade este precepto que, en el uevombito de sus respectivas competencias, ser uevoa de aplicaci uevon la correspondiente normativa auton uevomica.

El art uevoculo 24 de la misma norma dispone que frente a toda resoluci uevon expresa o presunta en materia de acceso a la informaci uevon p uevoblica podr uevo interponerse una reclamaci uevon ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (en adelante, CTBG), con car uevocter potestativo y previo a su impugnaci uevon en v uevoa contencioso-administrativa.

Segundo.- La disposici uevon adicional cuarta de la misma Ley 19/2013, de 9 de diciembre, establece que la resoluci uevon de la reclamaci uevon prevista en el art uevoculo 24 citado corresponder uevoa, en los supuestos de resoluciones dictadas por las Administraciones de las Comunidades Aut uevonomas y su sector p uevoblico, y por las Entidades Locales comprendidas en su uevombito territorial, al uevorgano independiente que determinen las Comunidades Aut uevonomas. En Castilla y Le uevon ese uevorgano es esta Comisi uevon de Transparencia a quien corresponde la tramitaci uevon y resoluci uevon de aquella reclamaci uevon, ajust uevondose a lo dispuesto en materia de recursos en la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Com uevon de las Administraciones P uevoblicas (en adelante, LPAC).

En efecto, de conformidad con lo dispuesto en los art uevoculos 8 y 12 de la Ley 3/2015, de 4 de marzo, de Transparencia y Participaci uevon Ciudadana de Castilla y Le uevon, se crea la Comisi uevon de Transparencia para el conocimiento y resoluci uevon de las reclamaciones que, con car uevocter potestativo y previo a su impugnaci uevon contencioso-administrativa, se presenten contra las resoluciones expresas o presuntas en materia de acceso a la informaci uevon p uevoblica dictadas por los organismos y entidades del sector p uevoblico auton uevomico relacionadas en el art uevoculo 2.1 de la Ley 2/2006, de 3 de mayo, de la Hacienda y del Sector P uevoblico de la Comunidad de Castilla y Le uevon; por las corporaciones de derecho p uevoblico cuyo uevombito de actuaci uevon se circunscriba exclusivamente a todo o parte del territorio de la Comunidad Aut uevonoma; por las Entidades Locales de Castilla y Le uevon y su sector p uevoblico; y por las asociaciones constituidas por las referidas entidades y organismos.

En consecuencia, esta Comisi uevon es competente para resolver la reclamaci uevon antes identificada.

Tercero.- La reclamaci uevon fue presentada por quien se encuentra legitimada para ello, puesto que su autora es la misma persona que present uevo la solicitud de informaci uevon p uevoblica que dio lugar a esta impugnaci uevon.

Cuarto.- Por lo que respecta al tiempo y forma de presentaci uevon de la reclamaci uevon, hay que tener en consideraci uevon lo dispuesto en el art uevoculo 24.2 de la LTAIBG, seg uevon el cual:

“La reclamaci uevon se interpondr uevo en el plazo de un mes a contar desde el d uevoa siguiente al de la notificaci uevon del acto impugnado o desde el d uevoa siguiente a aquel en que se produzcan los efectos del silencio administrativo”.

Por otro lado, el art uevoculo 20.1 de la LTAIBG establece lo siguiente:

“La resoluci uevon en la que se conceda o deniegue el acceso deber uevo notificarse al solicitante y a los terceros afectados que as uevo lo hayan solicitado en el plazo m uevoximo de un mes desde la recepci uevon de la solicitud por el uevorgano competente para resolver. Este plazo podr uevo ampliarse por otro mes en el caso de que el volumen o la complejidad de la informaci uevon que se solicita as uevo lo haga necesario y previa notificaci uevon al solicitante”.

En este supuesto concreto, la reclamaci uevon inicial fue registrada ante esta Comisi uevon de Transparencia el 6 de julio de 2024, despu uevos de que la solicitud de informaci uevon p uevoblica fuera realizada a trav uevos de un escrito presentado el 4 de junio de 2024; por tanto, la reclamaci uevon fue presentada dentro del plazo previsto para ello.

Quinto.- En cuanto a la cuesti uevon de fondo de la reclamaci uevon formulada, hay que partir de que el art uevoculo 13 de la LTAIBG define la informaci uevon p uevoblica como “los contenidos o documentos, cualquiera que sea su formato o soporte, que obren en poder de alguno de los sujetos incluidos en el uevombito de aplicaci uevon de este t uevotulo y que hayan sido elaborados o adquiridos en el ejercicio de sus funciones”.

En el presente caso, la informaci uevon solicitada est uevo relacionada, en primer lugar, con informaci uevon econ uevomica de la actividad propia del Ayuntamiento, tanto respecto al cumplimiento de la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protecci uevon de los derechos y bienestar animal como a los gastos ocasionados por las fiestas populares, festejos taurinos o actividades deportivas y culturales, concret uevondose la petici uevon, en ambos casos, en los presupuestos destinados a estas actividades en los ejercicios 2023 y 2024, as uevo como en las facturas pagadas por estas en tales ejercicios econ uevomicos; en segundo lugar, se realiza una petici uevon gen uevorica referida al remanente de tesorer uevoa generado de la liquidaci uevon del presupuesto de los a uevoos 2022 y 2023; finalmente, se pide el Programa de Gesti uevon de Colonias Felinas, que, conforme a lo dispuesto en el art uevoculo 39 de la citada Ley 7/2023, de 28 de marzo, corresponde a las entidades locales desarrollar. En todos los casos, informaci uevon pedida debe considerarse informaci uevon p uevoblica a los efectos de lo previsto en el art uevoculo 13 de la LTAIBG.

Pues bien, el Ayuntamiento de Tudela de Duero no discute la anterior aseveraci uevon en el escrito remitido a la reclamante con posterioridad a la formulaci uevon de la reclamaci uevon -con fecha 9 de octubre de 2024-, debiendo destacarse que este escrito no puede considerarse una resoluci uevon en sentido estricto, puesto que no responde al contenido exigido en el art uevoculo 88 de la LPAC, al menos por cuanto se omiten los recursos que proceder uevoan contra la misma, uevorgano administrativo o judicial ante el que hubieran de presentarse y plazo para interponerlos, incluyendo la reclamaci uevon ante esta Comisi uevon que est uevo prevista al efecto.

En todo caso, a trav uevos del escrito remitido por el Ayuntamiento de Tudela de Duero se trata de responder a algunos de los puntos de la solicitud de informaci uevon presentada por la reclamante, en concreto al relativo a los presupuestos econ uevomicos y a la inexistencia de un programa de gesti uevon uevotica de las colonias felinas.

En cuanto a la informaci uevon presupuestaria correspondiente a los ejercicios 2023 y 2024, el Ayuntamiento de Tudela de Duero se limita a proporcionar un enlace al portal de transparencia alojado en su sede electr uevonica, si bien, este enlace no ha podido ser utilizado ni por la reclamante ni por esta Comisi uevon de Transparencia debido a su defectuoso funcionamiento, por lo que no cabe entender satisfecho el derecho de acceso en esta cuesti uevon a trav uevos de la citada remisi uevon. No obstante, el escrito del Ayuntamiento concreta que este “ten uevoa una partida en los a uevoos anteriores de 3.000 euros, este a uevoo a raz uevon de la entrada en vigor de la nueva ley, se ha incrementado a 10.000 euros, para poder empezar”, as uevo pues, cabe entender que en el a uevoo 2023 el presupuesto para el cumplimiento de la Ley 7/2023 era de 3.000 euros y que en el 2024 fue de 10.000 euros, por lo que, respecto a este punto, se puede considerar que se ha respondido a esa solicitud de informaci uevon.

Sin embargo, se mantendr uevoa sin respuesta la concreci uevon del presupuesto que el Ayuntamiento de Tudela de Duero ha destinado a fiestas populares, festejos taurinos y a actividades deportivas y culturales en los ejercicios 2023 y 2024; la petici uevon de una copia de las facturas correspondientes a tales a uevoos relativas a los gastos realizados con motivo de estas actividades y del cumplimiento de la Ley 7/2023; y, en fin, la determinaci uevon del remanente de tesorer uevoa generado en la liquidaci uevon del presupuesto de los a uevoos 2022 y 2023.

En cuanto al Programa de Gesti uevon de Colonias Felinas, del escrito del Ayuntamiento se deduce que, en el momento en el que se produjo la respuesta municipal a la solicitud de informaci uevon referida en el expositivo primero de esta Resoluci uevon, la Entidad Local se encontraba en v uevoas de buscar una soluci uevon para afrontar las obligaciones que le corresponden en este uevombito, existiendo entonces un borrador del citado Programa de Gesti uevon. Con esta afirmaci uevon, esta Comisi uevon de Transparencia considera que, en aquel momento, se dio una respuesta adecuada a la reclamante ya que no proced uevoa entonces la remisi uevon del citado borrador, dado que el acceso a su contenido se encontraba afectado por la causa de inadmisi uevon prevista en el art uevoculo 18.1.a de la LTAIBG, precepto que determina la inadmisi uevon a tr uevomite de las solicitudes “que se refieran a informaci uevon que est uevo en curso de elaboraci uevon o de publicaci uevon general”.

Sin perjuicio de lo anterior, a trav uevos de la sede electr uevonica del Ayuntamiento de Tudela de Duero hemos conocido que la sesi uevon ordinaria del Pleno municipal celebrada el d uevoa 26 de junio de 2025 se adopt uevo el acuerdo de aprobaci uevon del Programa de Gesti uevon uevotica de las Colonias Felinas. El texto uevontegro de este Programa se public uevo en el Bolet uevon Oficial de la Provincia de Valladolid de 8 de julio de 2025 (https://bop.sede.diputaciondevalladolid.es/boletines/2025/julio/08/BOPVA-A-2025-02310.pdf).

Por todo ello, para dar cumplida satisfacci uevon al derecho de acceso a la informaci uevon p uevoblica solicitada por la reclamante, el Ayuntamiento de Tudela de Duero debe adoptar una resoluci uevon en virtud de la cual se d uevo respuesta a los puntos que, conforme se ha indicado en este fundamento, no han sido respondidos a uevon por el mismo.

Sexto.- El art uevoculo 22.1 de la LTAIBG establece que:

“El acceso a la informaci uevon se realizar uevo preferentemente por v uevoa electr uevonica, salvo cuando no sea posible o el solicitante haya se uevoalado expresamente otro medio. Cuando no pueda darse el acceso en el momento de la notificaci uevon de la resoluci uevon deber uevo otorgarse, en cualquier caso, en un plazo no superior a diez d uevoas”.

As uevomismo, el art uevoculo 22.4 de la misma Ley dispone que:

“El acceso a la informaci uevon ser uevoa gratuito. No obstante, la expedici uevon de copias o la transposici uevon de la informaci uevon a un formato diferente al original podr uevo dar lugar a la exigencia de exacciones en los t uevorminos previstos en la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios P uevoblicos, o, en su caso, conforme a la normativa auton uevomica o local que resulte aplicable”.

En consecuencia, el precepto se uevoalado establece como preferente el acceso a la informaci uevon por v uevoa electr uevonica, salvo que el solicitante se uevoale expresamente otro medio, y prev uevo, de forma espec uevofica, la posibilidad de que tal acceso se produzca a trav uevos de la expedici uevon de copias, sin perjuicio de que la misma se realice, de conformidad con lo dispuesto en el art uevoculo 15.4 de la LTAIBG, previa disociaci uevon de los datos de car uevocter personal que, en su caso, aparezcan en los documentos, y pueda dar lugar a la exigencia de exacciones en los t uevorminos previstos en la normativa aplicable.

En el caso que aqu uevo nos ocupa, en la solicitud de acceso a la informaci uevon p uevoblica se indica, a efectos de notificaciones, una direcci uevon postal y se ped uevoa “una copia en papel”, por lo que, para atender dicha solicitud, habr uevoa de utilizarse esta v uevoa de comunicaci uevon.

En atenci uevon a los antecedentes y fundamentos jur uevodicos expuestos, la Comisi uevon de Transparencia de Castilla y Le uevon, por unanimidad de sus miembros,

RESUELVE

Primero.- Estimar parcialmente la reclamaci uevon frente a la denegaci uevon presunta inicial de una solicitud de informaci uevon p uevoblica presentada por D. uevoa. XXX ante el Ayuntamiento de Tudela de Duero (Valladolid).

Segundo.- Para dar cumplimiento a esta Resoluci uevon, el Ayuntamiento de Tudela de Duero debe facilitar ahora a la reclamante, en los t uevorminos se uevoalados en el fundamento jur uevodico sexto, el acceso a la siguiente informaci uevon:

  • Presupuesto destinado a fiestas populares, festejos taurinos y a actividades deportivas y culturales en los ejercicios 2023 y 2024.
  • Copia de las facturas relacionadas con los gastos realizados en los ejercicios 2023 y 2024 con motivo del cumplimiento de la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protecci uevon de los derechos y bienestar animal, y de la celebraci uevon de fiestas populares, festejos taurinos y actividades deportivas y culturales.
  • Determinaci uevon del remanente de tesorer uevoa generado en la liquidaci uevon del presupuesto de los a uevoos 2022 y 2023.

Tercero.- Notificar esta Resoluci uevon a D. uevoa. XXX, como autora de la reclamaci uevon, y al Ayuntamiento de Tudela de Duero.

Cuarta.- Una vez realizadas las notificaciones se uevoaladas, publicar la presente Resoluci uevon en la p uevogina web de esta Comisi uevon, previa disociaci uevon de los datos de car uevocter personal que contuviera.