Desistimiento 25/10/2021 · 43 días en resolverse

Solicitud de estado y resolución de procedimiento sancionador por matanza de cerdos y desistimiento de la reclamación

El solicitante pidió a la Consejería de Agricultura de Castilla-La Mancha el estado y la resolución de un procedimiento sancionador derivado de una denuncia por matanza de cerdos. Tras no obtener respuesta, presentó reclamación ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, quien finalmente archiva el caso debido al desistimiento del interesado al recibir la información.

Puntos clave de la argumentación

1 El reclamante desistió de la reclamación tras haber sido facilitada la información solicitada por la administración.
2 El procedimiento se inició ante la falta de respuesta de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

Texto completo

Oficina de Reclamaciones de Administraciones Territoriales tramitado el procedimiento sancionador nº 13BA18005 y la resolución sancionadora que recayó en el mismo no es todavía firme en la vía administrativa puesto que EXISTE UN RECURSO DE ALZADA interpuesto contra la misma pendiente de resolución. Por eso, por un principio de prudencia, SE HA CONSIDERADO QUE ERA MEJOR ESPERAR A QUE LA SANCIÓN YA IMPUESTA FUERA FIRME EN LA VÍA ADMINISTRATIVA ANTES DE INICI AR UN SEGUNDO PROCEDIMIENTO SANCIONADOR por los mismos hechos, aunque cometidos en un año distinto (al tratarse, presuntamente, de infracciones muy graves, el plazo de prescripción es de tres años)». SEGUNDO: Recientemente, en respuesta (estimatoria) a mi SAIP/21/210200/000017, solicitando copia de la Resolución del mencionado Recurso de Alzada (proc. sanc. nº 13BA18005), junto con el mencionado documento por la Secretaria General de la citada Consejería se me ha notificado lo siguiente: «Estando el referido procedimiento terminado y SIENDO FIRME LA RESOLUCIÓN, SE ADJUNTA la misma». Por tanto, y teniendo en cuenta que, según entiendo, LA RESOLUCIÓN DEL RECURSO DE ALZADA FUE NO TIFICADA EN FECHA 02/12/2020, ahora, y en relación con la SAIP que presenté solicitando copia de la Resolución de la Denuncia interpuesta el 19/02/2019 vs. CRESPORO RESTAURANTES S.L., de Carrión de Calatrava (CR) por «matanza» de dos cerdos realizada el 26/01/2019 SOLICITO: Conocer el estado del procedimiento administrativo cuya apertura se impulsó mediante dicha denuncia y, en caso de haberse producido ya, COPIA DE LA RESOLUCIÓN. 1. FUNDAMENTOS DE DERECHO: Art. 105 CE; LEY 19/2013, 9 dic. (LTAIPBG), Ley 4/2016, 15 dic, de Transparencia y Buen Gobierno de Castilla-La Mancha, y concordantes.”. 2. Al no recibir respuesta, el reclamante presentó, mediante escrito de fecha 12 de septiembre de 2021, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 24 de la LTAIBG, una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno. 3. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno remitió el expediente al Director de la Oficina de Transparencia, Buen Gobierno y Participación y a la Secretaría General de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, al objeto de que por el órgano competente pudieran hacer las alegaciones que se considerasen oportunas. 4. Finalmente, con fecha 6 de octubre de 2021 el reclamante comunica el desistimiento de su reclamación, al haberse facilitado la información solicitada. Oficina de Reclamaciones de Administraciones Territoriales lo Contencioso-Administrativo de Madrid, de conformidad con lo previsto en el artículo 9.1 c) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Cont encioso-Administrativa . EL PRESIDENTE DEL CTBG Fdo: José Luis Rodríguez Álvarez