El reclamante solicitó a la Diputación Provincial de Guadalajara la copia de expedientes de jubilaciones anticipadas con dotación económica de los años 2018, 2019 y 2020. Ante la falta de respuesta, presentó reclamación. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno resuelve archivar el expediente.
Puntos clave de la argumentación
Texto completo
Conformidad con lo dispuesto en el artículo 112.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer Recurso Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses, ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, de conformidad con lo previsto en el artículo 9.1 c) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.