La reclamante solicitó información sobre ocupaciones ilegales de vías pecuarias al Delegado Provincial en Guadalajara de la Consejería de Desarrollo Sostenible de Castilla-La Mancha. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno estima la reclamación y declara la procedencia de la solicitud.
Puntos clave de la argumentación
Texto completo
ANTECEDENTES DE HECHO
Se examinan los antecedentes de la información, actuaciones y procedimiento del expediente de resolución de fundamentos de derecho.
Considerando que es preciso resolver en el plazo de un año contados desde la fecha de inicio del procedimiento.
En virtud de lo expuesto, y de lo dispuesto en Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y demás normativa aplicable, se procede a la resolución.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.- Hechos
Se exponen los hechos que motivan el procedimiento administrativo.
Segundo.- Fundamentos de Derecho
La normativa aplicable establece los requisitos y procedimientos para la resolución de los expedientes administrativos.
RESOLUCIÓN
Por todo lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por la legislación vigente,
RESUELVO:
Primero.- Declarar la procedencia de la solicitud presentada.
Segundo.- Conceder la autorización solicitada, conforme a la normativa vigente.
Tercero.- Notificar la presente resolución a los interesados, dejándola firme en vía administrativa.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dicta, en el plazo de un mes, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, en el plazo de dos meses.